Inquietudes sobre recargo por trabajo nocturno y extra

Nos plantea un lector que un trabajador con un horario de trabajo que va desde las 2 de la tarda hasta las 10 de la noche, debió trabajar 3 horas más. Pregunta si por estas 3 horas adicionales se debe pagar recargo nocturno.

Asumimos que la jornada en comento es  la ordinaria pactada en el contrato de trabajo, de modo que en efecto, las tres horas adicionales a esa jornada se constituyen en extras. Asumimos que el trabajador laboró hasta la una de la madrugada.

Pero estas tres horas, además de ser extras por exceder la jornada laboral ordinaria, corresponden a horario nocturno, de modo que hay lugar al pago del recargo nocturno.

Recordemos que el recargo nocturno se reconoce a partir de las 10 de la noche.

Bien, estas tres horas se pagan como horas extras nocturnas.

Según el numeral 3 del artículo 168 del  código sustantivo del trabajo, las horas extras nocturnas se remuneran con un recargo del 75% sobre el valor ordinario de la hora.

En consecuencia, si la hora ordinaria vale $10.000, la hora extra nocturna se paga con un recargo de $7.500, de modo que el total de la hora será de $17.500.

02 / 02 / 2012

Opinar o comentar

37 Opiniones en “Inquietudes sobre recargo por trabajo nocturno y extra”
  1. cruzacano dice:

    buenas tardes,me gustaria saber si un trabajador cuyo horario es de 7.30 am a 6 pm y laboro horas extras hasta las 3 de la mañana le debo pagr horas estras mas recargo noturno
    gracias

  2. johanna dice:

    Buenas noches tengo una inquietud; trabajo en un hotel el cual debido a mis estudios en la universidad me pusieron a trabajar de 10 de la noche a seis y media de la mañana durante la semana de lunes a viernes, los días sábados y domingos en horario de 2 de la tarde a 10 de la noche, tengo dos preguntas 1.por los domingos trabajados tengo derecho a descanso entre semana? y estoy cumpliendo con mis horas semanales legales que en mi caso son 44 por la clase de empresa que trabajo?

  3. MILLER dice:

    Se paga a un empleado un salario de 754500, labora un domingo de las 06:00 horas hasta las 18; durante este turno se le paga un recargo del 75%, que al ser llevado a su calculo se procede sobre el mismo valor, más no sobre 1.75, como se le ha indicado,además cuando labora un festivo, se lo pagan con recargo del 1.50, qu es la suma de 0.75 + 0.75, no con el 200% como lo estipula la legislación laboral, se hace el reclamo del por que segun lo visto y enseñado por ustedes; y se informa que dentro del sueldo ya va incluido un los domingos, por tal motivo solo se paga el recargo.
    Serían tan amables de aclararme si esto es posible.

  4. Andres dice:

    Buenas noches. trabajo en un establecimiento en el cual hay turnos rotativos, cada turno es de 12 horas. en el caso de los turnos de noche, se debe sumar el recargo nocturno?.

    Gracias.

  5. luz dary ramirez dice:

    buenas noches mi inquietud es que mi esposo trabajo como conductor en una empresa de 7 am 5 pm pero en ocaciones le atocado trabajar de noche viajando donde el sugier que solo le pagan las horas con que esta con ellos pero el sea queda hasta el otro dia con ellos .ej sale als 5pm de la emplesa y lo llaman q ue tiene que trasportar valos jefes alas 9 pm el viaje dura hasta las 12pm perro tiene que esperasse hasta el dia siguiente mi pregunta es las horas que el duerme no se cancelan puesto que el regresa ala casa hasta el dia siguiente

  6. daris yaneth ardila dice:

    buenas tardes .mi pregunta es la siguiente grasias:
    un trabajador devenga $1750000 y trabaja desde el dia sabado de 10 de la noche hasta el domingo 10 de la mañana ,y el domingo de 6 de la tarde hasta el lunes alas 6 de la mañana .
    determinar cuanto se debe cancelar por concepto de horas extras

  7. Walter Acosta dice:

    Buenas tardes,

    Trabajo en turnos de 8horas, debo cumplir una jornada de 48 horas semanales, mi descanso es cualquier día de la semana, mi pregunta es: si la semana tiene un lunes festivo y cumplo 48 horas de trabajo en la semana eso quiere decir que labore horas extras?

  8. Heli dice:

    En la exposición anterior no se liquidó el recargo nocturno del 35%, solamente el recargo del 75% por ser hora adicional o extra, si se liquida debe sumarle $3.500,oo más a ese valor….

  9. ISABEL dice:

    Un empleado que viaja ocasionalmente y se demora en el viaje para realizar labores de ventas, pero que en la noche duerme de 10:00 pm a 6:00 am en la mañana, ese tiempo se le paga como hora extra? o no se le paga? Mil gracias

  10. jhon jairo arciniegas dice:

    en un trabajo nocturno que tiene un horario de 6 p.m. a 12 a.m. o mas tardar hasta la 1 a.m. y se trabaja de lunes a domingo, en este caso se tiene derecho al recargo nocturno? se tiene en cuenta el lapso de horas en que se trabaja?
    gracias.

  11. Alexander dice:

    Cordial Saludo!!

    Mi interrogante es el siguiente:

    Trabajo Turnos de Noche de 10 Pm A 6 Am de Lunes a Sabado tengo derecho alas 6 Horas de recargo Nocturno Dominical de esa Semana? y a cuanto equivale esas 6 Horas?

    La Siguiente es trabajo un domingo de 6 Am a 6 Pm, cuanto cuesta ese dia?

    y Si Trabajo de 6 Pm del dia Domingo alas 6 Am del Dia Lunes Festivo a partir de que Hora es Hora extra y a cuanto equivale ese dia ?

    y estan obligados a pagarlos a la cuenta de ahorrros o puede ser en efectivo

    Muchas Gracias por la Colaboracion

  12. Soraida dice:

    Buenas tardes
    Mi caso es que llevo 9 años trabajando en una empresa solo de noche de lunes a viernes (9pm a 6am), y los sabados de 3pm a 8pm, durante mas de 6 años me pagaban los horas con el recargo nocturno del dia Domingo, pero ahora me informa la empresa que no tengo derecho a estas horas dominicales con el recargo nocturno. Por favor me confirman si esto es verdad? en que articulo del trabajo puedo consultar esta informacion.
    Mil gracias

    • Amaury dice:

      SI solo dices que trabajas de lunes a viernes de 9pm a 6 am. deberian cancelarte de la hora de 9pm a 10pm como hora ordinari.
      A partir de las 10 pm hasta las 5 am (7 horas) deben ser canceladas como hora nocturna es decir con un 35% sobre el valor de la hora ordinaria.

      Hasta aqui has completado las 8 horas de trabajo, queda una hora de 5 am a 6 am, la cual debe ser cancelada como hora extra nocturna con un recargo del 75% sobre la hora ordinaria.

      los sábados como horas ordinarias.

      Si trabajas los domingos, las horas extras diurnas tienen un recargo del 100% del valor de la hora ordinaria.
      Y si son horas extra nocturnas dominicales tienen un recargo del 150% sobre el valor de la hora ordinaria.

  13. antony dice:

    buenos días
    Mi interrogante es el siguiente: si una persona que trabaja de noche, digamos que trabaja de vigilante de 9:00 PM hasta las 6:00 AM,¿a esta persona se le podrá hacer recargo nocturno, POR LO QUE ENTRE SUS HORAS LABORALES ENTRA EL RECARGO NOCTURNO??
    GRACIAS…

    • Bibiana dice:

      Buenas tardes, como se liquida la quincena de un trabajador que labora de 5pm a 7 am y tiene como salario basico $ 566.700 mensual mas auxilio de transporte $ 67.800 mensuales.

      Muchas gracias

      BIBIANA

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