Interés moratorio tributario para el cuarto trimestre del 2010 fue fijado en 21,32%
El interés moratorio para efectos tributarios vigente para el cuarto trimestre del 2010 fue fijado en 21,32%.
Así se desprende de la resolución 1920 de 2010 expedida por la Superintendencia financiera de Colombia.
Dicha resolución en su artículo primero dispuso:
Certificar en un 14.21% efectivo anual el interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario y en un 24.59% efectivo anual el interés bancario corriente para la modalidad de microcrédito.
Las anteriores tasas regirán para el periodo comprendido entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2010.
Considerando que el interés base para calcular el interés moratorio tributario, que es igual a la tasa de usura, es el interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, que fue fijado en 14,21%, se tiene que al ser incrementado en un 50% da como resultado el 21,32%.
El interés moratorio tributario con respecto al trimestre anterior, ha disminuido casi un punto porcentual, más exactamente 0,88.


Pregunta:¿Cual es la diferencia entre interes de usura y el interes del microcredito? que entidades pueden ofrecer microcreditos y cual es la reglamentacion de este. Gracias