Jornada laboral ordinaria
La jornada laboral ordinaria hace referencia la jornada de trabajo pactada en el contrato de trabajo, bien sea la jornada máxima legal u otra pactada por las partes.
La jornada máxima legal no siempre es la jornada laboral ordinaria, pues esta puede ser inferior a la jornada máxima.
El trabajador y la empresa pueden pactar libremente la jornada de trabajo, siempre que no se supere la jornada máxima legal.
Recordemos que la jornada máxima legal es de 8 horas al día y 48 horas a la semana, con excepción de la jornada de 6 horas, válida sólo para algunas labores muy específicas.
Así, si una empresa pacta con sus empleados una jornada de trabajo de 4 horas [medio tiempo], esa será la jornada laboral ordinaria para todos los efectos.
En efecto, dice el artículo 158 del código sustantivo del trabajo:
Jornada ordinaria. La jornada ordinaria de trabajo es la que convengan las partes, o a falta de convenio, la máxima legal.
Esta aclaración resulta muy importante a la hora de reconocer conceptos como las horas extras, toda vez que se entiende como hora extra todo aquel que se excede de la jornada ordinaria, según el artículo 159 del código sustantivo del trabajo:
Trabajo suplementario. Trabajo suplementario o de horas extras es el que excede de la jornada ordinaria, y en todo caso el que excede de la máxima legal.
Así las cosas, si se ha pactado una jornada de medio tiempo, las horas que se trabajen después de ese medio tiempo, son horas extras y como tal se debe pagar el recargo respectivo.
En nuestro medio, cuando un trabajador es contratado por medio tiempo, supongamos para que labore desde las 8 de la mañana hasta las 12 del medio día, y en ocasiones tiene que ir a trabajar en las horas de la tarde, no se le reconoce el recargo extra diurno, sino que las horas trabajadas en la tarde, se le pagan común y corriente, sin el recargo del 25%, práctica que no es correcta.


Muy buenos días, por favor necesito saber de manera urgente si es legal que trabaje 2 turnos, conozco que el horario laboral legal son de 6 horas diarias, pero en realidad estoy interesada en cubrir los dos turnos. antes de plantearlo a mi jefe quisiera saber si esta permitido.
Gracias
Buenas tardes…!! me contrataron con una jornada laboral de 6 horas diarias…. mi pregunta es me pueden obligar a trabajar 8 horas por que voy a librar ahora 2 veces a la semana..?? o en lo contrario y es lo que entiendo ..yo estoy en mi derecho de quedar con mis 6 horas de trabajo he igual recibir mi beneficio de estar libre 2 veces a la semana..!! le agradeceria su colaboracion a mi inquietud ..!! MIl Gracias..!!
hola mi jornada diaria es de 06:00 a.m a 10:00 p.m de portera, trabajo de lunes a domingo y el descanso me lo dan a la siguiente semana solo los dias miercoles,me pagan el salario minimo y cuando hay festivos me lo pagan, tambien me dan vivienda a cambio de trabajar pero sin embargo todos los meses me descuentan $20.000 de vivienda,se que las codiciones de trabajo las acepte asi, pero puedo quejarme o hacer algo. gracias por la colaboracion
yurani
te recomiendo analizar que ganas mas? si exigirle a la empresa o aumentar tu salario….que te conviene mas? y lo pregunto teniendo en cuenta tu situacion de estabilidad aunque un poco sobreexplotada.
buenas tardes,
Por favor es legal ; que los turnos los programen por un mes
de 10pm a 6am trasnocho de 6am a 2pm y de 2pm a10pm
trabajo cuidando niños internados.
Nos dan un dia de descanso y cuando he salido de trasnocho me dicen que ese dia es mi descanso y al dia siguiente debe entrar a las 6 am a 2pm
es legal
gracias,
mary
mas que legal lo que estan haciendo es sobreexigirle a ud, le recomendaria renunciar pero la necesidad puede mas.
ese horario se puede hacer pero seria mas sano si se reparte entre mas personas para evitar que ud tenga que ir practicamente todo el dia, tenga en cuenta su horario y las horas extras que deben pagarle.
hola soy trabajador en una empresa de cacahuate desde sus inicios hace ya 70 años se a trabajado una jornada laboral de 7 de la mañana a 5 de la tarde llevo ya 7 años y hay mucha gente ke tiene mucho tiempo en la empresa desde ke entre ese fue el horario y ahora kieren hacernos trabajar 3 horas mas como me pueden ayudar
Estimado, trabajo 48 semanales, cuando aun mi contrato dice 45, jamás me han pagado las tres horas por semana que supongo me deben o no?, llevo trabajando 10 meses y jamas e visto ese dinero, que debo hacer?, estoy en lo cierto?
señores:trabajo en una fabrica,y soy el encargado,mi horario es de 6 am a 6 pm y debo volver alas 10 pm a cerrar la fabrica o de lo contrario esperar ,trabajo de domingo a domingo ,no tengo descanso ningun dia, si me incapacito me obligan a venir abrir y a cerrar,mi salario es de $1.200.000 y no me pagan dominicales ni festivos ni extras. y pido un dia de descanso o un permiso para alguna vuelta personaly es un lio.llevo 4 meses asi desafortunadamente tengo hijos, y no he podido conseguir nada mas.a que tengo derecho en caso de renunciar¿ pago de extras etec,no me han hecho contrato escrito,solo verbal
trabajo 45 horas semanales, incluyendo sabados,
en turnos de 8,30 a 13,00 – 15,00 a 1830 con 2 hras de colación
en feriados hacemos un solo turno de 09,00 a 14,00 y no nos pagan colacion (nos dan vales por un monto de 2100).
cuanto es el tiempo que debo trabajar para obtener el beneficio si trabajo 7.5 horas diarias
se me dice que debo trabajar 6 horas, eso es asi
si no es asi, que articulo debo leer para respaldar mi queja y hacer cumplir mi derecho, atenta a sus comentarios
Hola, tengo duda, con respecto a cuantas horas debo trabajar para tener derecho a colación, tengo un horario de 45 horas semanales incluyendo el sabado, si trabajo medio dia tengo derecho a colación (nos dan Vales)
Trabajo desde las 8,30 a 13,00 y de 15,00 a 1830,
me corresponde vale de colación por media jornada
o en caso de dias festivos por 5 horas trabajadas?
atenta a sus comentarios,
alguien sabe como se cancela si una persona labora de domingo a sabado de 10pm a 6am. , por favor sobre todo de domingo a lunes y de sabado a domingo con un salario de $ 567.000.
Quedo atenta a sus comentarios
Gracias
en mi contrato estipula un horario de trabajo de cierre de oficina de 14:00 a 15:00 que es mi horario de colacion pero hace poco tiempo la empresa estipulo modificar los horarios de colacion y tener la oficina abierta en horario continuado donde se realizaran turnos con los colegas el tema es que si la oficina esta llena volveran a modificar los horarios de colacion pudiendo ser entre las 16:00 horas si asi es conveniente yo tambien trabajo los sabados y mio horario por contrato es de 10: a 12:30 y la oficina se cerraba a las 12:00 desde este tiempo tambien estipularon horarios y tengo que ingresar a las 13:00 hasta las 13:30 es legal que se haga eso con los trabajadores sin firmar ninguna modificacion de contrato… y seguir firmando el libro como antes.. aunk no sean esa la hora que estoy saliendo y sin que yo como trabajadora este de acuerdo me pueden despedir por yo decir que no quiero realizar eso solicitado… asi tambien los fines de mes nos hacen trabajar hasta las 8 de la tarde o mas y nos hacen firmar el libro hasta las 19:00 horas sin devolucion de horarios … puedo perder yo algo con esto que es lo ilegal agradeceria ver mi tema gracias
hola en donde trabajo nos checan horarios de entrada y salida, salida y entrada de comida son 120 minutos y 5 minutos de tolerancia pero si llegas 1 segundo despues de los 5 minutos de tolerancia en el horario de comida ya es falta y por lo tanto no nos pagan el dia nisiquiera las horas que ya trabajastes y nuestro horario es de 11 horas.
esto es legal? ayudaaa.. a quien debemos de recurrir…gracias
Hola Buenas tardes una consulta si un trabajador no cumple con su horario de trabajo llegando trade o faltando un dia pero hace horas extras como se debe pagar se completan las 48 horas y se deducen de las extras o se pagan las ordinarias y se pagan las extras completas ejemplo trabajo 40 horas e hizo 10 horas extras se toma 40+8 y se pagan 2 extras o se pagan 40 ordinarias y las 10 extras no importando que haya incumplido con el horario de trabajo
Cordial saludo.
Quisiera saber si dentro del horario laboral se estipula ó se tiene en cuenta un tiempo mínimo de pausas activas ó para una actividad adicional, como tomar medias-nueves?
¿El empleado está sujeto a laborar 8 horas sin tener la posibilidad de disfrutar un tiempo de dispersión asi no afecte sus labores y metas asignadas?
Agradezco su respuesta.
Quiero que por favor me aclaren lo siguiente.
Si el horario laboral diario máximo legal es de 8 horas y 48 horas semanales, quiere decir que el día sábado hay que trabajarlo en jornada completa??.
Es cierto que si yo no cumplo con un día de trabaja a la semana, me descuentan ese día y el dominical????
Gracias.
Mira a la semana se debe laborar las 48 horas bien sea cumplidas de L-V o de L-S. en consecuencia a mi juicio Si, el sabado deberian laborar las 8 horas, siempre y cuando de L-V se hayan cumplido 40Hras.
Respecto a tu segunda inquietud, es sierta. segun el art 173 del C.S.T
http://www.gerencie.com/liquidacion-de-los-dias-de-descuento-al-trabajador-que-falta-un-dia-al-trabajo.html
saludos xddd
trabajamos en una empresa de seguridad de en una universidad con un horario de 12 horas diarias hace un año y tres meses debegando un salario 760mil pesos haora nos quieren bajar a 8 horas y nos bajaran el sueldo estos no se si lo pueden hacer ya que anterior mente con otra empresa que estabamos trabajamos en la misma universidad ganabamos 860 mil pesos no se que hacer ni de mandar o si ellos tienen razón que debemos hacer yo mis otros compañéros agradezco su colavoración
Tengo derecho a no pagar las 8 horas del día lunes cuando es FESTIVO MI horario es de martes a sábado y cumplo las 48 horas Y MI Jefe me obliga a pagarlas porque el Lunes no se trabaja .Por favor una pronta respuesta gracias.
BUENOS DIAS; PARA EL CASO DE LOS TURNOS 10 POR 5 CON UNA INTENSIDAD HORARIA DE 12 HORAS DIARIAS COMO Y 5 DIAS DE JORNADA DIURNA, 5 DIAS DE JORNADA NOCTURNA Y CINCO DIAS DE DESCANZO COMO SERIA PARA CALCULAR LAS HORAS EXTRAS? GRACIAS
señores: Tengo esta inquietud estoy trabajando en un club de Tenis en mantenimiento :el GERENTE NO DEJA TRABAJAR LOS lunes , el resto de días se trabajan 10 horas para completar las 48 horas semanales.Para recuperar las horas del Lunes.Cuando el LUNES ES FESTIVO se debe pagar esas horas o tenemos el derecho de descansarlo.O DEBEMOS pagarlo como el nos dice según un nuevo articulo.e igual pasa con un día FESTIVO de MARTES a SÁBADO QUE NO se puede pasar a LUNES…
Gracias por su información oportuna o perderé mi trabajo por no pagar las horas del lunes festivo 19 de marzo 2012
Me colaboran, trabajo de martes a domingo y descanso el lunes pero el domingo no me lo pagan doble según mi jefe: porque para eso descanso el lunes, según mi jefe, el día lunes vendría siendo las veces del Domingo; ya que en el pueblo el día del mercado es el domingo, estará bien ante la ley esto o deben pagarme doble el domingo. agradezco ante mano me ayuden