Jornada laboral por turnos
La jornada laboral se puede pactar por turnos de manera que las actividades de la empresa puedan ser desarrolladas durante las 24 horas del día y los 7 días de la semana.
Para programar las jornadas respectivas hay dos posibilidades.
- Programar jornadas de 8 horas diarias que se supone es la jornada laboral máxima y asignar un turno diario a cada empleado.
- Asignar jornadas de 6 horas por turno y asignar un turno diario a cada trabajador.
En el primer caso, al trabajador que le toque el turno de noche, hay que pagarle el respectivo recargo nocturno. Si el turno le toca un domingo o un día festivo, igual hay que pagarle el respectivo recargo.
En el segundo caso, si los turnos semanales no superan las 36 horas, no hay lugar al pago de recargos cuando el turno haya que cumplirlo en jornada nocturna, dominical o festiva.
Esto gracias a lo dispuesto por el literal c del artículo 161 del código sustantivo del trabajo:
El empleador y el trabajador pueden acordar temporal o indefinidamente la organización de turnos de trabajo sucesivos, que permitan operar a la empresa o secciones de la misma sin solución de continuidad durante todos los días de la semana, siempre y cuando el respectivo turno no exceda de seis (6) horas al día y treinta y seis (36) a la semana;
En este caso no habrá a lugar a recargo nocturno ni al previsto para el trabajo dominical o festivo, pero el trabajador devengará el salario correspondiente a la jornada ordinaria de trabajo, respetando siempre el mínimo legal o convencional y tendrá derecho a un día de descanso remunerado.
Sin duda es mejor la segunda opción, puesto que por dos horas menos de jornada, se simplifica mucho más pago y cálculo de la nómina.
En este caso, por razones de igualdad, se recomienda que los trabajadores sean rotados dentro de los diferentes turnos, puesto que puede parecer injusto asignarle a un mismo trabajador todos sus turnos en horas de la madrugada, por ejemplo. Hacerlo podría dar pie a que el trabajador alegue algún tipo de discriminación, toda vez que a pesar de tener un horario más incomodo, ganará lo mismo que aquel que cumple un horario más cómodo.


mi consulta es la siguientes yo trabajos de noche pero el contrato de horario dice de mañana lunes y viernes 8 mañana hasta las 6 de la tarde
pero yo entro a las 8 de la noche hasta las 8 de la mañana para completar las ocho horas es de 12 a 8 mañana pero que pasa con las 4 horas que andan dando vueltas son horas extras trabajo dia por medio sabado domingo 8 de la manaña hasta las 8 de la tarde gracias
Buenos dias mi consulta es la sigiente,como se debe reportar el tiempo del siguiente horario.Lunes de 6am A 6pm,Martes de 6pm Al Miercoles 6am,Miercoles de 6pm Al Jueves 6am,descansamos Jueves y Viernes,Sabado de 6am A 6pm y Domingo de 6am A 6pm. La siguiente semana Lunes de 6pm Al Martes 6am,descansamos Martes y Miercoles,Jueves de 6am A 6pm,Viernes de 6am A 6 pm,Sabado de 6pm Al Domingo 6am,Domingo de 6pm Al Lunes 6am.
Gracias
Buen día, cada mes cambio mis días de descanso, un mes descanso VIERNES Y SÁBADO y al siguiente DOMINGO Y LUNES, para cambiar al próximo nuevamente a VIERNES Y SÁBADO Y ASÍ SUCESIVAMENTE. La jornada de trabajo es de 12 hrs. diarias, mi equipo y yo somos empleados de confianza y no recibimos pago extra y tampoco prima Dominical, mi duda es… ¿ES CORRECTA LA JORNADA DE TRABAJO QUE ESTAMOS LABORANDO? ¿ES NECESARIO PEDIR UN AJUSTE EN EL ROL DE TURNOS? Saludos!
tengo un trabajador nocturno que labora el viernes y descansa el sabado que es festivo, pero inisiste en que tiene derecho al pago del festivo del día sábado y mi comentario es que si su jornada inició a las 23:00 del viernes y terminó a las 6:00 del sabado, entonces no le corresponde el pago del festivo doble, habrá alguna jurisprudencia al respecto
Me gustaria.saber si despues d llevar casi 3 años trabajando en un turno fijo d mañana,m pueden cambiar al turno de tarde
me gustaria saber si llevando casi 3 años trabajando en el turno d mañana,me pueden cambiar al turno d tarde
Quisiera saber si me pueden obligar a trabajar los fines de semana mas de 8 horas soy parcial me distribuyen las horas y cumplir con las 36 pero no me agrada mucho trabajar sabados y domingos de 10 horas que puedo hacer
Soy personal de confianza (ingeniero de procesos) y trabajo de jueves a domingo de 6:00 P. M. a 6:00 A. M. (12 horas diarias), me deben pagar tiempo extra y prima dominical?
buenos dias trabajo en una empresa de bordados, y de un momento a otro me informaron que se iva a trabajar dos turnos, de 6am a 2pm y de 2pm a 10pm, de lunes a sabado. yo vengo trabajando en el turno de la tarde y quiero saber si mi pago es el mismo o me deben pagar mas gracias.
Mi pregunta es la siuiente. Trabajo en una fabrica de ventanas y despues de una importante reestructuracion en la empresa con despidos ,nos ponen a dos compañeros y a mi a hacer tres turnos de noche,cada uno va SOLO a la fabrica toda la semana(de lunes a viernes). Mi puesto de trabajo es en una maquina tronzadora de aluminio,pero ademas,debemos realizar el trabajo de un compañero despedido,que es vigilar la fabrica y limpiarla. Mi pregunta es si es legal que este SOLA en la fabrica. Que pasa si tengo un accidente laboral? Espero impaciete su respuesta
trabajo en un hotel y mi horario es obligado 12 horas diarias diurnas y nocturnas por que solo hay dos personas de turno,cuanto en realidad por ley tengo que trabajar ademas siendo manejo de confianza, trabajo festivos domingos con el mismo salario, y segun devengo salario integral con un minimo es legal muchas gracias
Apreciados srs, quiero saber si es legal el humilla a la trabajador dentro de la empresa con palabras soeses amenaza de despido solicitar carta de renuncia indiferencia y mala atmosfera y obligar a trabajar despues de cumplir el turno de trabajo de 12 horas gracias
como liquidar las horas extras de un empleado que trabaja de lunes a domingo, pero descansa el dia sabado?? es aconsejable realizar un cruce de tiempo pendiente para ese dia?