La carta de despido demuestra la terminación unilateral del contrato de trabajo más no la ocurrencia de los hechos que la motivan
La carta de despido que el empleador le notifica al trabajador al que se le termina el contrato de trabajo, únicamente demuestra la terminación unilateral del mismo más no demuestra los hechos que motivaron el despido o terminación del contrato.
Cuando una empresa decide despedir a un trabajador, en la carta de despido debe incluir los hechos que a su criterio justifican el despido, pero por sí misma la carta no prueba esos hechos, de modo que en caso de algún litigio, la empresa debe demostrar que el trabajador efectivamente incurrió en los hechos mencionados en la carta de despido.
Así lo ha recordado la sala de casación laboral de la corte suprema de justicia en sentencia del 23 de marzo de 2011, expediente 38872 con ponencia del magistrado Carlos Ernesto Molina Monsalve:
Observa la Corte, que para demostrar la segunda de las acusaciones fácticas, el único documento que al efecto menciona la censura es la carta de despido, que por si misma, solo demuestra la terminación del vínculo, pero no la ocurrencia de los hechos invocados para justificarlo, por manera que tampoco en este caso demuestra la censura, el segundo error de hecho que le atribuye a la sentencia.
(…)
Nuevamente, la argumentación se desarrolla con fundamento en la carta de despido la que como ya se dijo, solo demuestra la terminación unilateral del contrato de trabajo, pero no la ocurrencia de los hechos invocados para su justificación, que son precisamente los que le corresponde demostrar a la accionada, con fundamento en otros medios probatorios calificados.
Como se puede observar, la corte es insistente en que el contenido de la carta de despido por sí sola no prueba nada (excepto el despido), situación que obliga al empleador a utilizar los diferentes medios probatorios que la ley permite para llevar al juez el convencimiento que en efecto el despido se dio por justa causa.


buenas tardes..
TRABAJE DURANTE UN AÑO EN UNA EMPRESA AL CUAL TUVE PROBLEMAS CON EL ADMINISTRADOR Y DECIDIERON DARME LA CARTA DESPIDO APROVECHANDO QUE MI CONTRATO SE VENCÍA ESOS DÍAS ME MANDAN A VACACIONES PERO NO NO VUELVO INGRESO MAS.. EN MI CARTA DE DESPIDO NO VENIA LA RAZÓN LA CUAL ME ESTÁN HECHANDO HAY ALGÚN PROBLEMA O ESTA BIEN MI DESPIDO YA Q NUNCA ICE MERITOS PARA Q ME BOTARAN NO ROBE,NO LLEGUE NUNCA TARDE,NO LLEGUE TOMADO ECT..
buen dia.
trabajo para una empresa hace al rededor de 2 años, el contrato se firmo por termino indefinido, con un salario minimo el cual se cancelaria en dos partes quincenales de igual valor, para la fecha 290000 pesos quincenales. de un momento a otro y sin dar comunicacion previa donde se explicara las medidas , tomaron la decicion de pagar en la primer quincena del mes el 30 % del total del salario, es decir 170.000 pesos argumentando que el 70% restante se pagaba en la segunda quincena, es claro que esto afecta de gran manera el presupuesto personal. ¿ la empresa tiene derecho de hacer esto? claro yo no estoy de acuerdo, y se me ha dicho que se va a pasar un memorando por escrito donde se comunica la medida y que tengo que firmar. si no firmo ¿la empresa tiene derecho a terminar el contrato? ¿hay alguna forma de defensa para mi ?
La agresion verbal en respuesta a una incitacion a la pelea por parte del empleador es causa del no pago de indemizacion .
Es legal que despues de haber sido despedido se me cite para dar explicaciones ,utilizando un testigo solo por parte de el empleador.
Hola, gracias por este espacio.
en el año de 2010 la empresa temporal con la cual tenia firmado un contrato por termino o labor, me informa que la usuaria a la cual presto el servicio como vendedor, informo que la labor para la cual fui contratado termino, y al momento de liquidarme me desconocen el cien por ciento de las comisiones que me gane en el mes inmediatamente anterior, asegurándome que cuando empece a trabajar , ellos me dieron 2 meses garantizados de sueldo, pero en el contrato que firme dice, en la asignación salarial que esta esta compuesta por un básico , mas un auxilio de rodamiento mas comisiones, pregunto, tengo derecho a reclamar las comisiones que me gane, pero que no me pagaron ??
muy buenos dias, gracias por todos los articulos son de mucha ayuda, me gustaria terne una luz sobre ” un emplados que lleva laborando 4 años con un sueldo basico mas un porcentaje por ventas; la empresa lo traslada a otra dependencia y su sueldo es solo un basico. si esta dentro de la ley . gracias .
Para darle un concepto responsable sobre su inquietud, es indispensable que me informe sobre los siguientes punto:
1. Los 4 años que lleva laborando en el área de ventas es a la vez el tiempo que lleva trabajando en la empresa?
2. El contrato de trabajo se celebró en forma verbal o escrita?
3. En el contrato (si se hizo por escrito, se entiende) qué cargo aparece, o sea, para qué cargo fue contratado?
4. Qué razones adujo la empresa para trasladarlo?
5.Cuál era el promedio mensual de su salario, y cuál es el monto del nuevo salario?
6. El nuevo cargo es de inferior, igual o superior jerarquía al que desempeñaba antes?
7. Existe en la empresa una clasificación formal de los cargos, de tal suerte que el titular de cada uno de ellos sepa en qué nivel está posicionado su puesto de trabajo?
Una vez reciba esa información trataré de ayudarle,
Cordial saludo,
El editorial termina dicendo que “la carta de despido por sí sola no prueba nada”, incurriendo así en una contradicción, toda vez que en el mismo título del artículo se dice que la carta de despido demuestra la terminación unilateral del contrato. O sea, que sí prueba.
La carta de despido es la “prueba reina” para demostrar el despido. El trabajador debe probar el despido, y el empleador los hechos que lo motivaron.
Cordial saludo,
Gracias por la observación, señor Alonso
Saludos!