Las consecuencias del despido injusto son diferentes a las consecuencias del despido ilegal

Las consecuencias del despido injustificado son diferentes a las consecuencias del despido ilegal, por cuanto las primeras suponen el pago de una indemnización y las segundas el reintegro del trabajador.

Un contrato de trabajo puede ser terminado en cualquier momento de forma unilateral por cualquiera de las partes, haya o no una justa causa para ello.

Por supuesto que el empleador tienen la libertad para despedir a cualquier trabajador que no quiera tener en su empresa, y si no hay una justa causa para el despido, puede aún así despedirlo, pero en tal situación se tratará de un despido injustificado, y la consecuencia de ello será el pago de la indemnización contemplada por el artículo 64 del código sustantivo del trabajo.

Pero si bien el empleador tiene libertad para despedir a un trabajador así sea sin justa causa, hay casos específicos en que la ley se lo prohíbe, y cuando el empleador despide a un trabajador que la ley ha protegido especialmente, estamos ante un despido ilegal.

Ese el caso de los trabajadores que sufren alguna discapacidad, de las mujeres en estado de embarazo o con fuero maternal, o el caso de los trabajadores con fuero sindical.

La ley prohíbe despedir estos trabajadores aún cuando exista una justa causa, a no ser que se medie autorización del inspector de trabajo o quien haga sus veces.

Cuando un trabajador ha sido despedido ilegalmente, la consecuencia de ello es la obligación del empleador de reintegrarlo y pagar todos los salarios y demás conceptos dejados de percibir por el trabajador como consecuencia del despido, conceptos como las prestaciones sociales y la seguridad social. Adicionalmente, habrá que pagar las indemnización del caso que contemple la ley para situaciones específicas, indemnización que es diferente a la contemplada por el artículo 64 del código sustantivo del trabajo, que repetimos, aplica sólo en casos de despido injustificado.

En resumen tenemos:

  • Despido injusto: Pago indemnización y no reintegro
  • Despido ilegal: Reintegro y pago indemnización específica
15 / 02 / 2011

Opinar o comentar

36 Opiniones en “Las consecuencias del despido injusto son diferentes a las consecuencias del despido ilegal”
  1. montse dice:

    Hola, llevo desde el 2006 en mi empresa, hace un año me certificaron una minusvalia del 39%. En mi empresa estan despidiendo a compañeros desde hace meses, me comentaron que tal vez la proxima fuese yo. ¿es legal? en ese caso que despido ha de ser ¿procedente, improdente?
    Gracias.

  2. Adriana dice:

    Fui despedida de mi trabajo: Cometí el error de no verificar una reunión y solicite 14 almuerzos, elabore la orden de servicio y aprobé el pago de la misma teniendo en cuenta que mi jefe estaba de vacaciones. A su regreso le conté de los almuerzos y la orden lo que no hice fue contarle que no hubo reunión y los almuerzos los envié a una fundación. Me llamaron a descargos y expuse lo sucedido, lamentablemente me despidieron juro que no actué de mala fe y no me beneficie de manera personal de los mismos. Trabajaba allí desde septiembre del año 2000. y me despiden con justa causa. esto es verdad?

  3. sara dice:

    mi caso es el siguiente, tengo un empleado que sufrio un accidente fuera del horario de trabajo, y lleva como 9 meses incapacitado, se le ha pagado deacuerdo a la ley por porcentaje sus quincenas y se ha pagado la seguridad industrial, no lo queremos de regreso en la empresa, pero mas por recorte de personal, y porque su puesto no es necesario en el momento, como puedo hacer para prescindir de sus servicios? esperar a que regrese ? pues ya me confirmo que regresa a trabajar el 1 de septiembre, como si fuera mi obligacion. Necesito su asesoria legal, pues la verdad tampoco estoy a gusto con el trabajo que hizo. Su contrato es a termino indefinido.

  4. Jairo dice:

    hola, mi caso es le siguiente entre a trabajar en un almacen de tecnologia, mi contrato fue realizado el 01/03/2012 y me despidieron bervalmente sin justa acusa pero y me convecieron en medio de mi tristeza de hacerles carta de renuncia el 18/05/2012, dure 15 el sin trabajo lo que restaba del mes, el 01/06/2012 me llamaron y me volvieron a contratar y renovamos el contrato, y todo volvio a se igual , el 13/08/2012 asisti a cita medica el doctor me mando unos examenes muy importantes pues piensa que puedo tener tuberculosis y todabia no me los han realizado me los asignaron para el 30/08/2012 y el 14/08/2012 me despiden y tratan de convencerme de hacerles carta de renuncia y esta vez me nege y les dije que si me despedian me dieran justa causa y no la tienen ,creo que me estan despidiendo por mi salud ,que debo hacer eso es legal nesecito que me ayuden con esta cituacion gracias

    • legaljuridica@hotmail.com dice:

      Jairo buenas tardes, en primer lugar acercate inmediatamente al Ministerior de Proteccion Social,y expon tu caso. Tengo una pregunta tu les manifestaste a tu jefe que al aprecer tenais esa enfermedad, o radicaste algun documento en al emrpesa dodne refierwan dicha enfermedad? escribe el acorreo para ayudarte

      • Jairo dice:

        el mismo dia despues de que llegue de la cita medica, me preguntaron como me fue y yo le conte a la jefe de personal y al jefe dueño del local que el doctor tenia sospechas de tener tuberculosis y que me habia mandado examenes y simpllemente al otro dia me despidieron,ya me dieron resultados de los examenes y si tengo tuberculosis estoy en tratamiento pero no eh podido hacer nada para demandarlos, espero me colaboren señores legaljuridica

  5. Marisa dice:

    Hola
    Mi caso llevaba 8 años trabajando y me han usado de comodín
    Siempre echo todo lo que me ha pedido
    Tengo una minusvalia de 65% me ha echado con 20 días por año trabajado, la causa del despido porque han bajado las ventas.

  6. jairo cardozo rojas dice:

    apreciadas personas, mi consulta es la siguiente:hace seis meses fui despedido sin justa causa,trabajaba como vigilante residente durante tres años en una empresa ferretera,por un reclamo que hice de horas extras por que trabajaba día y noche,me asignaron como auxiliar de bodega en donde se labora las horas correspondientes a la ley,como tenia un problema de salud en la rodilla,opte por ir al medico laboral,en donde se le sugirió a la empresa mantenerme en un trabajo en donde no se atentara con mi seguridad física.El gerente opto por despedirme por esa razón argumentada por el medico. Mi pregunta es:hizo lo correcto el gerente de la empresa al despedirme sin justa causa?,o se puede describir como un despido ilegal a causa de mi problema en la rodilla,y en donde existe una certificación medico laboral de mi problema que fue omitida por la empresa? muchas gracias. Para mi es de mucha importancia la opinión de ustes,y estaré pendiente de su valiosa respuesta.Muchas gracias

  7. Ingrid dice:

    Buenas tardes, Yo trabajo desde Febrero de este año en una compañia, me hicieron contrato por 6 meses, mi contrato vence el 31 de julio y bueno mi jefa no se lleva bien conmigo y por eso quiere que me vaya, lo que quiero saber es, me pasaria algo si yo me voy antes de el termino del contrato o tengo que darles el tiempo para que contraten a otra personas, muchas gracias.

  8. JOHANNA dice:

    Tene tres años para reclamar ante las justicia laboral ordinaria. Pero si su despido se causo en estado de embarazo le recomiendo interponer de manera inmediata accion de tutela, para ordenar el reintegro como consecuencia de la estabilidad laboral reforzada que tienen las mujeres en estado de embarazo.

  9. PAOLA dice:

    Hola quisiera preguntar cuanto tiempo tengo para demandar a la empresa en la que trabajaba, en la me forzaron a renunciar cuando estaba embarazada,

  10. LEIDY dice:

    hola….me podrian ayudar….mi esposo lo despidieron cuando estaba sidentado…entonces que clase de despido es…injustificado o ilegal

  11. Victor Forero dice:

    Cuanto tiempo tiene un empleado despues de ser despedido para demandar al patrono si cree que no hubo causa justa para tal despido?

    • Johanna dice:

      3 anos. Pero este periodo se suspende y a su vez se duplica en el evento de que antes de estos 3 anos se adelante audiencia de conciliacion asi sea fallida ante el Ministerio de Trabajo. Asi mismo puede suspendersen los terminos de prescripcion mediante reclamacion escrita que realice el trabajador y le envie al empleador antes de los 3 anos de la terminacion del contrato de trabajo.

  12. juan carlos dice:

    buenos dias, me pueden ayudar en mi caso trabaje en una C.T.A. del grupo Saludcoop que servia de intermediaria, en febrero de 2011 cuando el gobierno estaba investigando las c.t.a. ilegales Saludcoop comenzo a contratar directamente al personal que antes estaban por medio de cooperativas de trabajo pero el nuevo contrato tenia dos clausulas que desmejoraban la condicion economica y antiguedad del trabajador, yo les hice la observacion, a finales de febrero elaboraron otro contrato ya corregido sin estas clausulas, les llego a todos mis compañeros menos a mi alegando que no habia donde reubicarme y me pasaron la carta de retiro forzoso, siendo mentiras por que seguian existiendo los puestos y cargos, y no fue saludcoop la q me paso la carta si no la cooperativa intermediaria o subordinada ¿puedo demandar por reintegro laboral? ya que la actuacion de saludcoop y la c.t.a. era ilegal por ser intermediaria o subordinada de este y es Saludcoop quien me debe responder. gracias me puede contestar correo juanito15790@hotmail.com

  13. barbara dice:

    Hola,queria preguntar sobre una minima discapacidad q tiene mi marido.les cuento,el fue despedido el dia 16/11/12, x palabra xq no tubo preaviso.el dia 15 trabajo normal estubo con sus encargados y no les dijeron nada,era un dia normal.al otro dia no lo dejaron entrar y ay empezo la discordia.dias anteriores desde el dia 28/11 tubo vacaciones eso se lo pagaron.pero posteriormente tubo un accidente laboral donde quedo con problemas en la muñeca,23 dias,del 1al 23 estubo x art.e aqui mi pregunta! Le van a pagar el 23/12/2011 lo q le corresponde x despido sin justa causa,pero ademas tiene la discapacidad, nose de cuanto se califica su invalidez.pero se le debe hacer juicio ala empresa? El problema es q ya esta x cobrar la indemnizacion,q se debe hacer?

  14. franco neyra dice:

    buenas tardes quisiera saber si alguien me puede ayudar vengo trabajando por 6 anos en una compania y durante ese lapso ellos me han descansado en tres oportunidades lo cual en la penultima vez decidi irme atrabajar a otra compania despues de estar yo trabajando en laotra compania me vuelven allamar la primera compania para regresar porque querian seguir contando con mis servicios, asi que decidi regresar explicandoles que que yo estoy trabajando bien yque no quisiera que me vuelvan a descansar,y medijeron que no y me prometieron trabajo estable yaque tengo una familia que mantener ,entonces empece a volver a trabajar otra vez con ellos durante 6 meses y durante este tiempo ellos fueron mas exigentes con el trabajo al extremo de hacerme trabajar solo sin un ayudante en situaciones de trabajo que si se requiere de un ayudante en condiciones de riesgo para mi salud a mas de 10 horas diarias,portal motivo les pedi un descanso de una semana de vacaciones el cual ellos accedieron, y al regresar yo de estas me dicen que ya no tengo mas trabajo sin notificarme nada con anticipacion todo sorpresivamente a mi regreso de las vacaciones , por favor quisiera sber que puedo hacer si procede un reclamo por despido injustificado les agradesco por anticipado sus respuesta.

  15. Querubín Losada G. dice:

    Buenos dias: conocedor del cúmulo de conocimientos y la gran disposición de absolver inquietudes de sus lectores, respetuosamente solicito se sirvan absolverme esta inquietud: Al ordenarse la liquidación definitiva de una empresa estatal el decreto que la determina consagra una Bonificación por la pérdida del empleo y la paga con la liquidación definitiva del contrato; mi pregunta es:¿se debe tener en cuenta la Bonificación recibida como ingresos obtenidos durante el último año de servicios para la liquidación de prestaciones sociales y en especial la pensión legal de jubilación?

    Agradezco la colaboración y una pronta respuesta y les deseo éxitos en sus actividades.

  16. SONRISAS dice:

    Buenas tardes, el caso de la empleada domestica que labora 8 horas en el horario de 7am a 3 pm de lunes a sabado con un salario de $360.000 con contrato verbal, sin amonestacion por escrito sino verbal y se tomo la decision de despido, laboró durante un año, se liquida con el SMLV con todas las prestaciones, debo indemnizarla o no?. Muchas gracias por sus aportes

  17. YANE dice:

    buenas tardes….
    es posible que en un supuesto contrato de servicios, te hagan firmar una clausula de conficencialidad donde se estipula que por tres años no puedes trabajar en una empresa del mismo servicio, otra, que si tu te retiras de la empresa antes de la fecha de finalizacion del contrato el cual es renovable cada tres meses,debes pagar una suma de dinero por no continuar vinculada a la empresa. que las capacitaciones las pueden programar en cualquier dia y horario y es obligatoria la asistencia– les agradezco su orientacion es urgente….

    • legaljuridica@hotmail.com dice:

      TOCA REVISAR PUNTUALMENTE EL CASO, PERO CLARO ES QUE FIRMESE LO QUE SE FIRME, NO SE PUEDE RENUNCIAR A LOS DERECHOS Y MUCHO MENOS ARGUMENTOS CONTRARIOS A LA LEY.

  18. david fernando villegas dice:

    yo tambien fui despedido por mas de 180 dias de incapacidad total llevo 270 dias incapacitado por fabor orientenmen q no se q hacer ya q me tienen como una pelota de un lado para otro q si y qno

    • Johanna dice:

      Su despido es ilegal. Asi que puede solicitar reintegro mediante una accion de tutela o demandar laboralmente ya sea para pedir reintegro o indemnizacion. Ha de tenerse claro que unicamente se puede despedir a una persona que se encuentre enferma si hay autorizacion previa por parte del Ministerio de Trabajo, si no es ilegal.

    • legaljuridica@hotmail.com dice:

      escribeme y te colaboro

  19. Néstor Duque Valencia dice:

    Señores: que liquidación debe de recibir una persona que labora como conductor de un camion durante dos años, si tenemos en cuenta que trabaja a porcentaje y sus ingresos promedio mensual es de $800.000.00.Ademas el patron lleva mas de 6 meses sin cancelarle su liquidación y no le cancelo seguridad social en el timepo que laboro.

  20. Andrea dice:

    Es contradictorio
    ¿si se dice que cuando hay incapacidad por enfermedad superior a 180 días que no es profesional es motivo para terminar un contrato?
    ¿Si despues se dice que una persona con discapacidad protegida al ser despedido se incurre en un despido ilegal?

    les agradezco me aclaren estos dos puntos. Es o no permitido despedir una persona en esas condiciones.

    • legaljuridica@hotmail.com dice:

      priman los derecho constitucionales, fundamentales, sobre la legislacion . Asi las cosas si la persona esta enferma no se puede despedir, llamese ilegal o inconstitucional. Procede la tutela

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