Licencia de maternidad ahora es de 14 semanas
La licencia de maternidad en Colombia ahora es de 14 semanas, de las cuales por lo menos una se debe disfrutar antes de la fecha probable del parto.
Con la aprobación y sanción presidencial de la ley 1468 del 30 de junio de 2011, se introducen importantes cambios en la licencia de maternidad.
Adicional al incremento de la licencia en dos semanas, se precisa y se enfatiza en que este debe iniciarse antes de la fecha probable de parto.
Así, para el empleador es obligación otorgar la licencia dos semanas antes de la fecha probable de parto, y luego el parto la empleada disfrutará de 12 semanas más para un total de 14 semanas.
Para la empleada es obligatorio que inicie la licencia por lo menos una semana antes de la fecha probable de parto, y en tal caso, después del parto disfrutará de 13 semanas para un total de 14 semanas.
Quiere decir esto último que el empleador debe conceder la licencia dos semanas antes de la fecha probable del parto y la empleada puede decir no tomarla dos semanas antes sino una semana antes.
Cuando se trate de parto múltiple la licencia de maternidad será de 16 semanas. No dice la ley nada respecto a lo que se debe entender por parte múltiple, pero entendemos que se refiere a cuando la madre de a luz a más de un bebé.


Buenas Noches
Soy docente en un colegio privado y me encuentro a pocos días de mi parto, y mi licencia termina a mediados de julio, al regresar de las vacaciones de mitad de año y me gustaría saber si pierdo los días de mis vacaciones o que puedo hacer… Gracias
Sandra..
esta ud en licencia actualmente?..
si me gradue en septiembre del 2012
si mi licencia inicio el 8 de abril una semana antes del parto
hay dos opciones compensar cierta cantidad de días legales o acumulación de días de vacaciones, entiendo q ud esta gozando vacaciones y q en 1 semana empieza la licencia de 98 días,…es correcto?…la invito a dejarme sus dudas en mi mail.
quisiera saber si la licencia de maternidad puede ser sumadas amis que mi licencia se cruza con mis vacaciones
es decir 14 semanas mas mis 15diasdevaciones sera que se puede?’????
pueden pasar varias cosas.
1. ACUMULACIÓN: El artículo 190 del CST permite a las partes convenir la acumulación de vacaciones, exigiendo un disfrute de mínimo 6 días y acumular el resto por 2 años.
2. COMPENSACIÓN: El empleador puede optar por pagar la mitad del periodo de vacaciones (7,5 días) con autorización del Ministerio de Protección Social, en caso de perjuicio para la economía o la industria.
Pero hay que hacer unas precisiones si se trata de si se trata de vacaciones:
A) Individuales.
B) Colectivas.
A) Las vacaciones individuales son los 15 días hábiles de trabajo al que todo trabajador tiene derecho por cada año de trabajo y que el empleador da con 15 días de anticipación.
B) Las colectivas son aquellas que unilateralmente decide el empleador por periodos de baja actividad y que pueden superiores a las legales. Es decir puede tomarse ese periodo de 14 semanas + 15 días hábiles de vacaciones.
Si el empleador acogió un periodo de vacaciones colectivas pueden pasar varias cosas:
1. La licencia termina antes de comenzar las vacaciones colectivas. Podrá disfrutar las colectivas.
2. Termina durante las vacaciones colectivas, tiene derecho a continuar en ellas y como mínimo 15 días hábiles.
3. Termina después de las vacaciones colectivas: tendrá disfrute como mínimo a 15 días de vacaciones.
¿Por qué el mínimo de 15 días y no el máximo de las vacaciones colectivas? Porque la causa de las vacaciones colectivas es la falta de actividades. En todo caso, si por cualquier otro motivo como pactos, convenciones colectivas, etc., el periodo de vacaciones colectivas es mayor de 15 días, la situación variará.
hola buen dia! Mi mujer fue mama termino la licencia el 5 de enero , el 20 aprox cobre el sueldo del anses , pero el 3 de enero renuncio. Mando el telegarma ella tiene un año en ese trabajo, con un sueldo de 4000 cuanto le corresponderia cobrar la liquidacion? Y quien lo debe pagar la empresa o el anses? Aguardo respuestas por favor!gracias !
esto es colombia amigo.
Buenas tardes
tuve mi bebe el 28 de agosto y mi padre fallecio el 29 de septiembre mi pregunta es tengo derecho a los cinco dias de duelo o esta licencia se perderia???
Si. Ninguna incapacidad medica o calamidad familiar es acumulable ni retroactiva.
hola hace poco tuve a mi hija, la licencia tengo entendido que es 14 semanas pero la eps solo me dio 12 semanas encima no me estan pagando el sudsidio de transporte porque no me estoy transportando que hay de verdad en esto ¿que puedo hacer ayudame?
Es que si no tomas las 2 semanas antes del parto las pierde. No es acumulable la ley es clara se hizo con el objetivo de que se prepararan para el parto y no tenerlo en la “calle ” o algo Asi. Y una licencia si, solo se paga el salario, el subsidio de transporte y otro subsidio de alimentacicon otorgado por la empresa no se paga por que este subsidio es para que se te facilite su labor y como no estas laborando.
recuerde que el subsidio de transporte no se le da a todo el mundo, por regla general se paga a quienes devengan mas de dos salarios minimos.
Cordial saludo, estoy embarazada y soy docente del magisterio colombiano, la fecha del parto está para el 27 de octubre mi pregunta es: ¿los dias de vacaciones de Diciembre que son a partir del 5 se cuentan como licencia de maternidad o son aparte? no me refiero a la parte monetaria sino a que si la licencia se proroga despues de vacaciones.
las vacaciones no tienen nada que ver con la licencia, son aparte-
Cuando son vacaciones colectivas, y estas esta durante tu licencia, estas se pierden. Si concuerdan pero si tu licenica termina en diciembre y tus vacaciones en enero. Solo puedes disfrutar de vacaciones lo que te falte.
Revisa ese tema en la pagina del ministerio porque parece que no se pierden sino que se toman despues
Buen día:
Quisiera saber como liquidan la licencia de maternidad para independientes, mi salario es superior al salario mínimo, yo cotizo lo que dice la ley (el IBC del 40% de la totalidad de todos mis contratos) aproximadamente 300.000 pesos mensuales son mis parafiscales ($128.600 de salud).
Ahora la EPS dice que me reconoce solo el mínimo.
Porque si yo no cotizo sobre el mínimo ellos me reconocen solo esto?
Si es así puedo yo cotizar sobre el mínimo así gane mas?
Agradezco su respuesta.
No, es que si tu solo cotizaste sobre el minimo te pagaran el minimo. Pero si tu cotizaste con un sueldo variable, este si se mira. Revisa tus aportes.
hola yo trabajo en una empresa y soy cotizante yo quisiera saber si me pagan una plata por el porto
Si el embarazo ofrece una limitación de alguna proporcion para cumplir plenamente con la labor de cuidadora de adultos mayores con alto grado de discapacidad fisica y mental, hasta donde van las obligaciones del
empleador y de la cuidadora contratada especificamente para cuidarlos y atenderlos ?
si si los debe cotizar
HOLA
soy sandra
Mi pregunta es como calculo el tiempo que debo estar fuera de la empresa con licencia de maternidad,solo se cuantan los dias habiles en mi caso que los descansos son remunerados porque trabajamos todos los domingos. bueno en si quiero saber como calculo el tiempo exacto de licencia materna.
gracias
Mi pregunta es:
las 14 semanas deben ser pagadas? porque en mi caso a mi hermana le concedieron la excusa medica por las 14 semana pero la entidad a la cual ella cotiza solo le pago 12, al hacerle el requerimiento me contestan y me dicen que le reconocen otra mas, y su sustento es que no cogio semana preparto segun lo que les entendo que pagaban las postparto.
gracias
Es que las dos semanas, son antes del parto, ella debio salir del trabajo, diciendo una carta que la FPP era tal dia y como tal y haciendo alucion a esto, sale y tiene el bb. PEro en el caso de que no las tomo y tubo el bb el medico solo puede certificar 12 no 14 por que eso es lo que medicamente se puede dar. En conclusion para que la empresa le pague las 14 semanas ante la EPS, se lleva la incapacida medica y la carta de solicitud de su hermana dos semanas antes. Sin esa carta la EPS solo le pagara las 12. ya que las otras dos las pierde.
buenas Tardes me encontraba incapacitada desde el 25 de agosto de 2011 hasta el 25 de septiembre de 2011 que era la semana probable de parto pero se me adelanto el parto el 6 septiembre de 2011, que sucede ahi con los dias de mi incapacidad que me faltaban y tampoco tome los dias antes de la licencia, sera que puedo tomar esa semanas al finalizar mi licencia de maternidad. Gracias
Ninguna incapacidad es acumulable.
hola,deseo saber si las madres que tuvimos bebes antes de la aprobación de la ley de las 14 semanas tenemos derecho a ella, en mi caso la licencia se me vence el 19 de julio.
No la ley no puede aplicarse con retroactividad que es su conveniencia
Buenas noches, hoy leyendo la ley de maternidad me surge una duda: tuve mi hija el 21 de Junio un parto que se adelanto dos meses exactos, fue un embarazo de alto riesgo; la ley me alcanza a cubrir? conozco el caso de una madre que lo tuvo hace 45 dias y su empleador ya le confirmo que si solo le pide la carta del medico tratate ….. es verdad?
Hola Liliana, mi señora esta en la misma situación, el bebe se adelanto dos meses y nació el 25 de junio. tenemos la misma inquietud.
Buen dia :
Me encuentro a una semana ha mi fecha de parto y la eps dice que la nueva ley aun no sido autorizada y que no saben nada de la licencia semana antes del parto, se aviso a RH pero tampoco dan respuesta, hoy saldria de licencia pero se me ha ido una semana en peleas tanto en la eps y en RH y aun no he logrado mi licencia por favor indicarme que debo realizar.
Es que la ley fue aprobada el 30 de junio del 2011, no es retroactiva
BUENAS NOCHES
YO QUISIERA SABER YA QUE SOY VENEFICIARIA DE MI ESPOSO EN LA EPS Y ESTOY EMBARAZADA Y ESCUCHADO QUE POR SER CASADO EL RECIBE UN PAGO POR LA LICENCIA DE MATERNIDAD ES CIERTO ?
Hola Johanna,yo te recomiendo que averigues directamente en la EPS a la cual estas afiliada, ya que tengo entendido que para que que le paguen la licencia de maternidad, por lo menos en su totalidad (100%) debes ser cotizante, saca cuentas y mira cuantos meses de embarazo te faltan a ver si te resulta mas rentable pagar los 67 mil pesos mensuales como cotizante y recibir asi el pago de la licencia que ahora es durante 14 semanas (3 meses y medio).
No, si el es cotizante solo le pagan los 8 dias habilies de licencia de paternidad.Y de la licencia de maternidad es solo para la mama.