Licencia de maternidad cuando el salario aumenta o varía
¿De cuánto debe ser la licencia de maternidad si el salario de la empleada se incrementa luego de haber transcurrido la mayor parte del tiempo de gestación?
Supongamos que una empleada tiene un salario de $1.000.000 mensuales y en el octavo mes de embarazo se le incrementa a $1.500.000. ¿La licencia se debe pagar con base a 1.000.000, a 1.500.000 o a un promedio de los dos?
No hace falta entrar a realizar un profundo análisis para dar con la respuesta a esta cuestión, ya que la norma que contempla la licencia de maternidad es clara en ese aspecto.
En efecto el artículo 236 del código sustantivo del trabajo reza:
- Toda trabajadora en estado de embarazo tiene derecho a una licencia de catorce (14) semanas en la época de parto, remunerada con el salario que devengue al entrar a disfrutar del descanso.
- (…)
Es absolutamente claro que la licencia de maternidad se pagará según el último salario devengado, el que esté vigente al momento de iniciar la licencia, no importa que ese salario se haya incrementado en el último mes, por lo que en nuestro supuesto la licencia de maternidad será de $1.500.000 mensuales.


Hola buenas noches.
me encuentro en licencia de maternidad desde el 2 de abril. el 1 de mayo la empresa para la cual laboro hizo un incremento a todos los empleados. ¿tengo derecho a este aumento? muchas gracias
hola necesito saber cual seria el valor a cancelar por mi licencia de maternidad ya que mi salario es de 3,400.000
depende del ibc gloria.
KIERO SABER CUANTO EXACTAMENTE ME PAGAN POR LA LICENCIA DE MATERNIDAD GANÁNDOME UN SALARIO MINIMO ? GRACIAS
Buenas noches, el Valor del IBC con el que cotiza al SGSS, /Divido en 30 X 98 DÍAS = Valor $ del Reconocimiento Económico de Ley por LICENCIA de MATERNIDAD.
Esto si el Parto o Gestación es de mas de 36.6 Semanas.
Atte;
Puedes llamar y con gusto le orientamos mas personalizado.
MARCOS GOMEZ VESGA.
Teléfono: 3006678022
laura
si ud gana un smlmv el ibc reportado no podra ser inferior al mismo, eso implica que la licencia se pagara en razon a 1 smlmv.
Hola mi nombre es melisa
Tengo una duda
Yo trabajo en un colegio privado y devengo menos del minimo
Si mi sueldo es inferior al salario minimo y a la eps se cotiza con el minimo como se liquidaria mi licencia???
ademas hubo dos meses que se cotizo por medio de otra empresa porque el colegio no quizo pagarlo por medio de su razon social, en caso de la eps no responder por la licencia por cualquier anomalia, quien responde?
Gracias
melisa
como ud paga aportes por el minimo, la licencia se pagara por el minimo menos las deducciones a salud y pension de ud…no me queda claro que tipo de contrato tiene, si es ops o laboral xq eso cambia la forma como debo responderle.
saludes.
mi cel es 318 294 2343
aviseme a mi mail para poder tener comunicacion, con gusto le aviso y le digo el monto segun su mensaje de cel.
Buenos dias tengo una inquietud sali a disfrutar de mi licencia de maternidas el 6 de diciembre para enero me llego mi sueldo sin tener en cuenta el aumento otorgado por mi empresa a partir de enero para el sueldo de febrero sucedio lo mismo me lo liquidan con el sueldo de diciembre, esto es legal hasta cuando se tendra en cuenta mi salario con el incremento? Gracias
paola
la liquidacion se saca desde que ud solicita el pago y la eps no la niega o ud gana x tutela su reconocimiento, si su salario fue variable debe promediarse los ultimos 12 meses y tomar su IBC reportado.
Buenos días. En mi caso actualmente soy empleada de Carrera administrativa de un Hospital del Estado, ingresé el 07 de Mayo del año pasado pero una de las provisionales pasó una tutela y la reintegraron por 2 meses ya que yo estaba en periodo de prueba y el hospital dijo que yo tenia que salir para ellos darle cumplimiento al fallo, sin embargo en segunda instancia al Hospital y a la CNSC les fallaron la tutela a favor y la provisional tuvo que salir de nuevo y a mi me reintegraron; es decir yo retorné de nuevo el día 13 de Agosto del 2012, pero al reintegrarme supe que estaba embarazada, mi duda esta que durante el periodo que me retiraron injustamente yo estaba embarazada y no sabía por lo tanto hay un lapso de más o menos 1 mes y medio que no se cotizó a EPS porque no tenía trabajo y quisiera saber quien respondería por mi licencia de maternidad si la EPS o el HOSPITAL donde laboro y bajo que condiciones…
Gina,
cuando ud solicite la licencia habran dos opciones: o la niegan o la conceden paga, si ud sigue cotizando llegará con 8 meses de cotizacion, tiempo suficiente para que la eps pague la licencia al 100%. Lo que si ha debido hacer es avisar de su estado a su empleador para evitar una posible negacion de éste.
Hola, mi duda es la siguiente, tengo la licencia de maternidad desde el 3 de enero, mi salario sigue siendo el mismo que el año pasado, tengo derecho al aumento que se hace en enero o no??
si tiene derecho tatiana.
He estado con un permiso sin goce de sueldo desde 2010, me estoy reintegrando a mi trabajo pero estoy embarazada y saldre inmediatamente con prenatal. En este caso cual seria el sueldo con el que se calcule el pre y post? Con el sueldo que tenia antes de tener el permiso? O bien solo se me dara el beneficio por el sueldo minimo ya que no cuento con remuneracion por mas de 3 anos?
paola
esta es una situacion extraña, mas que un permiso seria una incapacidad laboral x enfermedad profesional o comun y ellas tienen su regimen especial…maximo 540 dias de incapacidad permitida…luego entran las juntas de calificacion.
tendra que explicarme bn en que consiste ese permiso y cuanto tiempo duro exactamente xq de lo contrario si es asi su empleador no esta obligado a pagar una licencia si ud no estaba trabajando.
la unica forma de que se la paguen es que ud haya seguido cotizando como independiente y solicite su licencia a la eps como tal.
espero rta complementaria.
Hola el a~o pasado yo trabaje hasta que di a luz y me pagaron la maternidad de 900 dólares quede embarazada otra vez este a~o y me pagaron la maternidad de 600 dólares yo quiero saber porque si mi primer embarazo me pagaron 900 porque me quieren pagar por mi segundo embarazo menos dinero que tengo q hacer o donde tengo que ir pa que me digan porque me están pagando menos gracias..
es extraño el pago en dolares y menos que se pague por hijo, eso hasta donde se ocurre en otros paises como e.u….amiga esto aplica a colombia, especifica please
Hola, qué sucede cuando la mujer viene cotizando ininterrumpidamente durante doce o más meses como independiente, y al tercer mes de embarazo es contratada por una empresa, quien sigue cotizando lo que le corresponde. De acuerdo a la ley, pierde el derecho a la incapacidad por no haber cotizado esta empresa la totalidad del período de gestación, el pago es proporcional, es total, quién paga?.
Buenas noches, Con mucho Gusto…
La Ley es la LEY, a pesar de hasta PODER llegar a ser INJUSTA LEY.
Las EPS se soportan en NEGAR el Reconocimiento de Ley por LICENCIA de MATERNIDAD, aduciendo, que: “El afiliado no cumple la exigencia del tiempo de cotización continua y completa para acceder al Pago de la Licencia de Maternidad”.
Mas, también es cierto, que es Reiterada y Repetida la Jurisprudencia en muchas SENTENCIA de TUTELA, donde se reza sobre la PROTECCIÓN SUPRALEGAL del FUERO de MATERNIDAD y los DERECHOS de los NIÑOS.
De tal forma que por ACCIÓN de TUTELA, se invoca la Protección Provisional de los DERECHOS FUNDAMENTALES presuntamente vulnerados por la acción u omisión de la EPS al Derecho a la SALUD, VIDA DIGNA, DERECHOS de la MUJER en LACTANCIA, DERECHOS de los NIÑOS ..etc.
La Corte Constitucional a dicho, que cuando la Mujer es TRABAJADORA, CABEZA de FAMILIA y que a dejado o interrumpido su cotización por cambio de Empleo o a falta del mismo por un periodo mínimo (1 o menos de 2 meses, tendrá que ser Tutelados su DERECHO al Reconocimiento Economco de Ley por LICENCIA de MATERNIDAD.
Resumiendo acerca de este caso puntual… Es Totalmente justo y viable que se le debe PAGAR el 100% de la LIC. MAT.
No dude en llamar o consultar nuevamente, por si hay mas dudas o no le es claro.
MARCOS GOMEZ VESGA
C.C. 19.282.860 de BOGOTA.
Teléfonos: 035-3922795 o 3006678022.
licenciasdematerndad@gmail.com
Mas, si consultas por Gmail, deberás enviarme información mas completa, al menos el NOMBRE COMPLETO de la GESTANTE.
10 Diciembre de 2012
Buenos días,
Yo soy una mujer en estado de embarazo (2 meses) actualmente tengo un contrato de trabajo a termino fijo (de medio tiempo)y en el cual mi empleador hace el pago de seguridad social, pero a partir de enero del próximo año (2013) voy a iniciar otro contrato simultáneamente con otro empleador, también de medio tiempo con un mayor salario que el que tengo actualmente,el cual también realizará los pagos a seguridad social.
Mis preguntas son:
1. Si es posible cotizar dos veces a EPS y AFP y caja de compensación familiar?
2. Cuando llegue el momento de la licencia de maternidad, sobre que salario me liquidarían la licencia?
3. Por cual de las dos cajas de compensación familiar recibiría el subsidio?
Gracias por su orientación.
sandra,
no es posible cotizar dos veces a eps xq seria doble afiliacion o cotizacion al mismo tiempo, en la afp sucede algo similar lo que si puede hacer es cotizar por mas para que su pension venga mas alta.
en su caso en el pto 2 le vendra x la suma de todos los 9 meses y el promedio de salario ya que no cotiza sobre un solo salario.
3…no se puede.
hola lo del ultimo salario tambien aplica para independientes? pues yo laboro por prestacion de servicio en promedio cotizo 800.000 esto dependiendo del cumplimiento de la labor pero para el mes de enero mi contrato se modificara y aumentara de manera fija a 1.200.000,pero igual por prestación de servicio. estoy embarazada y el parto esta programado mas o menos para febrero o marzo también aplica como independiente el ultimo salario cotizado asi haya cotizado 8 meses con 800000 y el ultimo mes ya sea por 1200.000 sobre cual me pagarian la liquidacion?
Yo soy vendedora y mi sueldo es el minimo mas comision al recaudo es decir vendo en octubre recaudo en noviembre y la comisión me la pagan en diciembre.yo salgo a licencia de maternidad el 30 de noviembre quisiera saber si pierdo la comisión de las ventas que efectué en octubre y noviembre ya que me dicen que desde diciembre me empieza a pagar es la eps y ella promedia mis últimos sueldos. también quisiera saber si cuando regrese de la incapacidad me va a tocar esperar 2 meses para recibir comisiones así mis clientes hallan seguido comprando.
Yo soy vendedora y mi sueldo es el minimo mas comision al recaudo es decir vendo en octubre recaudo en noviembre y la comisión me la pagan en diciembre.yo salgo a licencia de maternidad el 30 de noviembre quisiera saber si pierdo la comisión de las ventas que efectué en octubre y noviembre ya que me dicen que desde diciembre me empieza a pagar es la eps y ella promedia mis últimos sueldos. también quisiera saber si cuando regrese de la incapacidad me va a tocar esperar 2 meses para recibir comisiones así mis clientes hallan seguido comprando.