Licencia de maternidad en el salario variable
El valor de la licencia de maternidad cuando la empleada devenga un salario variable suele causar cierta confusión pues no se tiene claro cuál es el salario base a tomar en cuenta.
En primer lugar se ha de precisar que existe un salario variable cuando el valor del mismo varía mes a mes en función a la forma de remuneración o al tipo de contrato celebrado, como puede ser el caso de la remuneración por comisiones o en el contrato de obra, labor o destajo. Destino es cuando en un mes el salario cambia porque el sueldo del trabajador fue incrementado o disminuido. Aquí no existe la figura del salario variable. Consulte: Salario variable es diferente a variación del salario.
Después de estas precisiones, entremos en materia.
Las normas que contemplan la licencia de maternidad no tuvieron en cuenta esta particularidad. El artículo 236 del código sustantivo del trabajo se limita a señalar que la licencia será igual al salario que se devengue al momento de iniciar el descanso.
Pero esta regla no se puede hace extensiva en los casos en que existe un salario variable, puesto que podría perjudicar o bien al trabajador o bien al empleador dependiendo de si el último salario es inferior o superior a lo normalmente devengado.
Es por ello que el antiguo ministerio de la protección social (Concepto 183293 30-06-2010 ) ha sostenido que ante la presencia de un salario variable, en la licencia de maternidad se aplicarán las mismas reglas aplicables a la incapacidad por enfermedad general, reglas establecidas en el artículo 228 del código sustantivo del trabajo:
Salario variable. En caso del que el trabajador no devengue salario fijo, para pagar el auxilio por enfermedad a que se refiere este Capítulo se tiene como base el promedio de lo devengado en el año de servicio anterior a la fecha en cual empezó la incapacidad, o en todo el tiempo de servicios si no alcanzare a un (1) año.
En consecuencia, cuando se tiene un salario variable la licencia de maternidad se pagará según el promedio del salario mensual devengado por la empleada.
Cuando no hay salario variable sino que el salario varía por cuenta de un incremento o disminución del mismo la licencia se paga con el último salario devengado.


hola ,, quiero que me ilustre sobre este caso, trabajo en una empresa y cobro quincenalmente pero hace mas de dos anos que la empresa no no para en la fecha correcta siempre se pasan con mas de 5 y hasta ochos dias que debo hacer porque me estoy forsando mucho y hasta dinero arredito tengo que cojer para cumplir con mis obligaciones, cuando uno vas a cobrar a la oficina los jefes le ponen cara brava a nosotros gracias .
Hola. Mi nombre es Juan Felipe y quiero como, exponerles un caso.
Mi esposa el 4 de febrero dio a luz una hermosa niña. Pero antes de esto ella trabajaba en un restaurante en el cual laboraba cuatro dias a la semana por 4 o 5 años.
Para enero del 2013 ella inicio a laboral nuevamente pero ya la dueña del restaurante le dio a trabajar solo tres dias a la semana.
Entonces el pago de la incapacidad meterna se lo deben hacer por los cuatro dias q siempre habia trabajado a la semana o solo por los tres dias que empezo a trabajar este año semanalmente?.
Por que lo que mi esposa no quiere es que su jefe le pague a ella un monto y vaya y le cobre a la empresa otro monto superior. ¿Como se puede averiguar la informacion que mandan la eps con el valor de lo que se va pagar por la incapacidad materna?
Ella esta afilia a COMFENALCO.
Muchas Gracias Por Su Asesoria