Límite de las rentas de trabajo exentas para el año gravable 2009
A muchas personas naturales les ha llegado el momento de presentar su declaración de renta y bueno es recordar algunos conceptos a declarar, como es el caso de las rentas de trabajo exentas, las cuales están sometidas a un límite que es bueno tener claro.
En este año se está presentando la declaración de renta correspondiente al año gravable 2009, así que tendremos en cuenta el límite existente para el 2009.
El artículo 206 del estatuto tributario contiene las diferentes rentas de trabajo exentas, pero hoy nos limitaremos a tratar las contenidas en el numeral 10 de dicho artículo, el cual contempla que el 25% del valor total de los pagos laborales es exento, limitada mensualmente esa exención a 240 Uvt.
Quiere decir esto que el 25% de mis ingresos laborales son exentos hasta la suma mensual de 240 Uvt.
Llevando esos Uvt a pesos, tenemos que el Uvt para el 2009 estaba en $23.763, luego 23.763x240 nos da 5.703.120, que redondeados nos queda en 5.703.00 mensuales como límite máximo de renta exenta.
Ahora, como la declaración de renta es anual, multiplicamos ese valor por 12 y nos da que la renta de trabajo exenta que podemos declarar por el 2009 no puede exceder de $68.436.000.
Por ejemplo, una persona con un salario mensual de 30.000.000, si aplicamos el 25% nos daría una renta exenta de 7.500.000, pero sólo se puede tomar lo máximo que permite la ley que es 5.703.000 mensuales.
Por último, aclarar que la renta exenta no se puede aplicar sobre la totalidad de los ingresos laborales como lo dice la norma, toda vez que primero hay que depurar esa base sustrayendo los ingresos no constitutivos de renta y otras rentas exentas.
Por ejemplo, supongamos que el trabajador que devenga mensualmente un ingreso total de 30.000.000, tiene ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional por 5.000.000. Para determinar el 25% exento de los 30.000.000 restamos los 5.000.000 y a lo que quede le aplicamos el 25%:
Total ingresos laborales mensuales: 30.000.000
Menos Ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional: 5.000.000
Total: 25.000.000
25% renta exenta: 6.250.000.
Límite máximo renta exenta: 5.703.000
Renta exenta a declarar 5.703.000
Los valores anteriores se multiplican por 12 si es que han sido constantes durante todo el año, de lo contrario se deben sumar los 12 meses según el valor de cada uno y determinar el límite anualizado.


buenas tardes, cual seria la renta exenta mensual en el año 2010, de una persona, que devenga 3.600 mas una prima por estudio de 150.000 mas viaticos ocasionales promediados en 200.000 a 300.000, igualmente en junio y dic, le pagan una prima extralegal de 1 mes de salario, gracias por su ayuda,