Liquidación de la nómina
Mensualmente o quincenalmente según sea el periodo de pago acorado, la empresa debe proceder a liquidar su respectiva nómina para determinar los diferentes conceptos que adeuda al trabajador y que debe descontarle o deducirle.
A continuación se expone un ejemplo sencillo de la liquidación de una nómina. Para hacer el ejercicio más ágil y comprensible, el ejemplo se trabajara con un solo empleado, el cual tenga derecho al Auxilio de transporte, a horas extras y a comisiones.
Supuesto:
Salario básico. 700.000
Comisiones. 100.000
Horas extras. 50.000
Auxilio de transporte. 63.600 (2011)
Total devengado 913.600
Liquidación.
Deducciones de nómina. (Conceptos a cargo del empleado)
Salud (4%). 850.000*0.04 = 34.000
Pensión (4%). 850.000*0.04= 34.000
Nota. Para efectos de la seguridad social no se tiene en cuenta el Auxilio de transporte.
Seguridad social a cargo del empleador.
Salud (8.5%). 850.000*0.085 = 72.250
Pensión (12%). 850.000*0.12= 102.000
A.R.P. (Según la tabla). 850.000*.00522 = 4.437
Prestaciones sociales.
Prima de servicios. 913.600*0.0833 = 75.829
Cesantías. 913.600*0.0833 = 75.829
Intereses sobre las cesantías. 75.037*0.12 = 9.099
Vacaciones. 700.000*.0417 = 29.190
Nota:
- El artículo 192 del C.S.T contempla que para el cálculo de las vacaciones no se tiene en cuenta el valor de las horas extras.
- Para el cálculo de las Prestaciones sociales dentro de la base se debe incluir el Auxilio de transporte, excepto para las vacaciones. Solo se debe tomar el salario básico, puesto que en vacaciones no tendrá ni horas extras, comisiones ni trabajo suplementario.
- Según la sentencia de septiembre 16 de 1958, de la Corte suprema de justicia, la base para el cálculo de la prima de servicios debe ser el salario promedio, lo que significa que se deben incluir tanto las comisiones como el trabajo suplementario y las horas extras.
- Para el cálculo de las cesantías se debe tomar el salario promedio, lo que supone la inclusión de las comisiones, horas extras y trabajo suplementario.
- Para el cálculo de las vacaciones, por costumbre se provisional el 4.17% lo que corresponde exactamente a 15 días de salario, pero se debe tener en cuenta que a la hora de pagar la vacaciones se debe pagar aproximadamente 18 días de salario, toda vez que la norma habla de 15 días hábiles de descanso, lo que por lo general significan 18 días calendario. Recordemos que los domingos y festivos no son días hábiles. El sábado es día hábil solo si en la empresa se labora ese día, de lo contrario tampoco es día hábil.
Aportes parafiscales.
Cajas de compensación familiar (4%). 850.000*0.04 = 34.000.
I.C.B.F. (3%). 850.000*0.03 = 25.500.
Sena. (2%). 850.000*0.02 = 17.000.
Nota. Para el cálculo de los Aportes parafiscales se toma el valor total de la nómina. Mensual de la empresa, excluyendo el Auxilio de transporte que no es factor salarial.
Neto a pagar al empleado.
Total devengado 913.600 (-)
Salud 34.000
Pensión 34.000
Neto pagado 845.600
Descargue plantilla en Excel para hacer la nómina y consulte cómo se liquida la nómina una vez liquidada.


Hola: me gustaría saber si es cierto que cuando uno renuncia de una empresa pierde beneficios? ya que llevo trabajando desde el 2 enero de 2012 y pienso renunciar el 15 de octubre del presente año. yo no he firmado ningún tipo de contrato y al principio me dijeron que eran 2 meses de prueba y luego seria a termino indefinido. y mas o menos a cuanto equivaldría mi liquidación si renuncio.
Espero su pronta respuesta
Muchas gracias!!!!
Cordial saludo: me queda claro que el aux de transpote y las horas extras no constituyen salario para liquidar vacaciones, pero mi pregunta es: ¿los otros concepto de salario como comisiones bonificaciones etc si se debe tener en cuenta?
Gracias
Muy instructiva su página, ágil y facil de consultar, además los visitantes colaboran con las respuestas, no ha de faltar el irreverente, pero bueno.
Buenos días, tengo una duda respecto a este artículo ya que no se incluyen las comisione para el pago de vacaciones, pero he leido en esta misma página otros que dicen que sí se incluyen, y esto me genera una confusión.
Muchas gracias
el pago de primas y vacaciones se realiza con el salario promedio, es decir si se deben incluir las comisiones
Muchas gracias por su colaboración.
Que debe incremerntar mi liquidación cuando me la deben desde el 31 de mayo de 2011, esta contratación fue hecha por medio de internediación de Cooperativa de trabajo en donde estuve desde marzo 15 de 2010 hasta 31 de mayo de 2011 y hasta el momento no me la han cancelado; motivo por el cual prima y cesantias no fueron consignadas ni canceladas en el ese lapso y de las vacaciones se tomaron 4 dias???
creo que debes demandar
toda empresa esta obligada a cancelar la liquidacion apenas finaliza el contrato, el ministerio da un plazo prudencial para realizar el pago de 15 a 30 dias, luego de este tiempo es conveniente colocar la denuncia para que te cancelen la liquidacion con la respectiva multa por mora, que es de un dia de salario por cada dia de mora, para este caso seria 90 dias de salario mas lo que te corresponda de liquidacion.
Hola buenas noches estaba revisando los datos que tienen de los intereses de cesantias y no me cuadran los valores que tienen ahi, creo que tienen un error.
gracias por la atencion prestada
Si una persona x trabajo por 89 y 110 dias corridos, la pregunta es si tiene derecho a la proporcionalidad de la prima de Servicios, Prima de Navidad, prima de vacaciones y vacaciones?
cual es la norma Gracias
claro que si tienes derecho a tu prima proporcional y vacaciones te liquidan por los días q trabajaste = días q trabajaste por * salario+auxilio de transporte/360 días y el resultado es lo q te deben de pagar de tu prima proporcional .y para las vacaciones es la misma operación pero excluye el aux. de transporte osea solo el salario básico y es sobre /720 días
si
considero que los intereses sobre las cesantias no se sacaron bien se erraron al calcularlas , si no e sais me responden pr favor gracias
Si estan mal calculadas…
Las cesantias y la prima estan mal calculadas, las calcularon sobre 8.30% y el porcentaje es 8.33%
me puede orientar yo sufri un riesgo de trabajo el dia 10/01/2007, al realizar funciones propias de trabajo como polici judicial del d.f., me ingresa e director ejecutivo de administracion de la p.j. quien me ingresa a un hospital particular y me diagnsotican lesiones postraumaticas,quien no dio aviso de mi riesgo de trabajo al instituto de seguridad, quien me califica qls lesiones como postraumaticas, es el caso de que apesar que la P.G.J.D.F., no dio aviso de mi Riesgo de Trabajo al Instituto de seguridad, yo solicite la calificacion de riesgo de trabajo, y fue calificado como si de riesgo de trabajo, con lesion postraumaticas, por el instituto de seguridad social, el cual tenia 52 semans para dictaminarme, y me dictamina despues de 3 años cuatro meses notificandome, que tengo ausencia de secuels valubles, argumentando que ningun diagnosotico es postraumatico, ya que son cronicos degenerativos,, ya que me calificaca con estudios del dia 16 de julio de 2009, y no toman en cuenta las valoraciones del año 2007, ya me dictamino el perito tercero en discordia quien ratifica que las lesiones son derivads del risgo de trabajo sufrido el dia 10 de enero de 2007, que puedo hacer para que me indemnicen por el daño moral que sufri, ya que el instituo de seguridad social altero el diagnostico y oculto documentos, oficiales, entre estos una averiguacion previa, la cual fue consignada y fue sentenciada la persona que me lesiono, y la P.G.J.D.F., y e ISSSTE, trataron de desvistuar el accidente de trabajo, me puede dar el fundamento legal para solicitar la reparacion del daño,y para que no se amparen contra la sentencia del tribunal federal de concliacion y arbitraje,
Tengo que pagar a la empresa para la que trabajo un dinero en concepto de prestaciones por desempleo que cobré cuando me despidieron (me volvieron a readmitir). Mi pregunta es: pueden cobrarse la deuda descontandome la nómina integra?
Buenos dias quiero saber cuanto seria la liquidacion o,el caso es el sifuiente labere en una empresa 5 meses con un salario mnlv sali el 9 de mayo del presente año a un a la fecha no me han liquiedado y la empresa no me a dado aun solucion de ningun tipo. gracias por su colaboracion
llevaba 5 meses en mi empresa me incapacitaron por 5 dias y mi jefe me hecho durante mi incapacidad disque por abandono de trabajo y yo ganaba 650.000mil cuanto me sale de liquidacion
deje la flojera por que si eres un buen trabajador no te retiran sabes hay un dicho nunca faltes a tu trabajo para que tu jefe no se de decuenta que no sirves jajajajaj
no entiendo de donde se saca el valor de los intereses sobre cesantias; es decir de donde salen o que operacion hago para sacar 75.037 que es el valor de los intereses sobre cesantias
a mi parecer creo que los resultados de las prestaciones sociales estan herrados si alguien me puede aclarar esta duda se lo agradeceria
De manera mas diligente me dirijo a Ud a fin de solicitarle asesoría acerca del descuento en salud que la hacen a la pensión de mi madre por parte de saludcoop
por un valor de $211.600.De hecho el salario de mi madre es de $652.165 + la sustitución pensional de mi padre por un valor de 1.111.906 que da un total bruto de $1.763.330
OBJETIVOS DE LA CONSULTA
Quisiera saber si lo que paga en salud es lo legalmente exigido o si no
HECHOS
De manera mas diligente me dirijo a Ud a fin de solicitarle asesoría acerca del descuento en salud que la hacen a la pensión de mi madre por parte de saludcoop
por un valor de $211.600.
De hecho el salario de mi madre es de $652.165 + la sustitución pensional de mi padre por un valor de 1.111.906 que da un total bruto de $1.763.330
OBJETIVOS DE LA CONSULTA
Quisiera saber si lo que paga en salud es lo legalmente exigido o si no
HECHOS
De manera mas diligente me dirijo a Ud a fin de solicitarle asesoría acerca del descuento en salud que la hacen a la pensión de mi madre por parte de saludcoop
por un valor de $211.600.
De hecho el salario de mi madre es de $652.165 + la sustitución pensional de mi padre por un valor de 1.111.906 que da un total bruto de $1.763.330
OBJETIVOS DE LA CONSULTA
Quisiera saber si lo que paga en salud es lo legalmente exigido o si no
De manera mas diligente me dirijo a Ud a fin de solicitarle asesoría acerca del descuento en salud que la hacen a la pensión de mi madre por parte de saludcoop
por un valor de $211.600.
De hecho el salario de mi madre es de $652.165 + la sustitución pensional de mi padre por un valor de 1.111.906 que da un total bruto de $1.763.330
GRACIAS TODOS SUS FORMATOS SON MUY CLAROS.
Mi pregunta es la siguiente: debo liquidar prima de servicios, y sé que incluyen en ella las horas extras; mi pregunta es: si un trabajador durante los seis meses primeros ganó horas extras en dos meses solamente, ¿Cómo sacaría el promedio de esas horas extras en los seis meses para la respectiva liquidación de prima de servicios. Esa suma de los dos meses los divido por dos? o por seis. Mil gracias por su respuesta.
pues la prima es el promedio del salario, entonces pues toma el salario completo de los 6 meses y saca el promedio
Favor decirme cual es el valor de la nomina arreglada para una empresa, que funcione sin problemas. Es una empresa entre 10 y 20 empleados. Escribeme al mail.
Tengo una duda…
Cuando una persona tienen una incapacidad, ej: 18 dias de incapacidad, con lo cual el trabajador paga 15 y la EPS las otras 15.
Como se hace la liquidación de nomina, mejor dicho, cuanto le debemos descontar al trabajador por concepto de salud y pensión, y sobre que base hacemos la declaración de aportes a los diferentes fondos??
como liquido los aportes parafiscales dentro de la nomina
como los incluyo dentro de las deducciones
COMO SE AYA EL VALOR DE FONDO DE SOLIDARIDAD ¿?
el valor del fondo de solidaridad es solo el 1% del salario pero solo cuando alguien gana mas de 4 smlv