Los descuentos de nomina al trabajador deben estar debidamente autorizados

Los descuentos de nómina que la empresa realice a sus trabajadores, deben estar debidamente autorizados.

Estos descuentos deben estar autorizados, ya sea por expresa disposición de la ley, por mandamiento de un juez competente, o por autorización escrita del trabajador.

Respecto a los descuentos de ley como los pagos a seguridad social que le corresponden al trabajador, o a los ordenados por un juez, no hay ningún problema, por lo que la empresa no sólo puede, sino que debe hacer esos descuentos.

No sucede lo mismo cuando se trata de los descuentos autorizados o solicitados por el trabajador, caso en el cual debe mediar autorización expresa y por escrito por parte del trabajador.

La empresa o el empleador no puede arriesgarse a realizar un descuento con base a una autorización verbal del trabajador, puesto que el trabajador posteriormente podrá alegar la ilegalidad de ese descuento, y la empresa no tendrá los elementos de prueba suficiente para respaldar la legalidad de los descuentos aplicados al trabajador.

Recordemos que la ley [art. 149 del código sustantivo del trabajo] prohíbe de forma expresa y contundente al empleador realizar descuentos sin la autorización suscrita por el trabajador, o sin mandamiento judicial, por lo que la empresa debe descontar sólo aquellos valores procedentes, y en caso de no estar contemplados por ley o por orden judicial, debe asegurarse de tener los documentos en los que se prueba indiscutiblemente la voluntad y autorización del trabajador.

No es nada recomendable enfrentar una reclamación judicial sin los elementos de prueba suficientes, y en estos casos, es mejor evitar depender de testigos o de la simple palabra de alguien, entre otras cosas porque la ley es clara en afirmar que el descuento de nómina sólo procede si media orden suscrita por el trabajador, es decir, una autorización por escrito.

20 / 12 / 2010

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50 Opiniones en “Los descuentos de nomina al trabajador deben estar debidamente autorizados”
  1. diana ortiz dice:

    hola
    tengo una consulta la empresa donde trabajo maneja un sistema de marcacion de entrada y salida por sistema por error al marcar la hora del almuerzo por error marque fin de jornada ,sin aviso si estaba o no seguro me dejo marcar.este sistema junto con otro son los que indican mi tiempo de trabajo para el pago, ellos me informaron tiempo previo que esto genera descuento del tiempo que faltara . para terminar mi jornada me faltaban dos horas sin contar la hora de almuerzo es legal descontar esas horas asi termine mi jornada de 8 horas.

  2. sandra dice:

    mi pregunta es tengo 15 dias de trabajo donde me contrataron como inspectora de calidad pero a mi jefe se le ocurrio que servia para supervisora y control de calidad a la vez cometieron un herror los operarios y yo por estar pendiente a mi cargo de supervisora que no estuve pendiente para lo que de verdad me contrataron y como ocurrio un herror me descontaron de mi sueldo 150 mil pesos alegando que nos teniamos que hacer responsables mi pregunta es debo pagar yo ese dinero y que debo hacer sino

  3. Andres dice:

    Ultimamente me han descontado por nomina costos del celular corportativo sin previa autorizacion, como puedo reclamar este dinero? exiten sanciones para las empresas que realizan estas actividades?. Debo aclarar que me estan descontando costos de servicios que no he consumido.

  4. antonio dice:

    Buen dia tengo una consulta,un cajero de una empresa tuvo un descuadre de dinero, y por esta razon fue citado a descargos, la empresa lo despidio con justa causa, ¿ la empresa puede cobrar el valor de este dinero de su liquidacion, aun despidiendolo?

  5. paty nelly dice:

    mi pregunta es el impuesto sobre nomina tiene que descontarlo el patron del pago del trabajador o el patron tiene que pagar de su bolsillo sin descontar al trabajador de su nomina?

  6. Francisco dice:

    Tengo una consulta al respecto. Dos trabajadores iban en la camioneta de la empresa y pasaron el límite de velocidad de una zona. Luego de un mes aproximadamente, nos llega a la oficina el informe de la papeleta. Por disposición de gerencia las personas que van en el camioneta se hacen responsables del pago de la multa tanto el que maneja como el o los que no. El chofer aceptó su culpa y está dispuesto a pagar parte de la multa sin embargo el otro se resiste a hacerlo, amenazando a acudir a instancias legales.
    Agradeceré me indiquen cómo proceder en este caso.

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