Los ingresos referencia para pertenecer al régimen simplificado son ingresos brutos

Los ingresos que se toman como referencia para determinar si se puede permanecer en el régimen simplificado, son los ingresos brutos que obtenga la persona durante el año.

Y es que así lo dice expresamente el artículo 499 del estatuto tributario en su numeral 1:

Que en el año anterior hubieren obtenido ingresos brutos totales provenientes de la actividad inferiores a cuatro mil (4.000) UVT.

Hacemos esta aclaración por recurrentes dudas planteadas por nuestros usuarios, dudas como la siguiente:

Si tengo ventas de $100.000.000 anuales y los costos en que incurro (materiales, personal, servicios, transportes etc.) son de $65.000.000, ¿los $35.000.000 serán mis ingresos para tener en cuenta tributariamente? ¿Se debe tener en cuenta los costos de la actividad y si no, por qué?

La norma es clara en afirmar que se trata de ingresos brutos, es decir, que no se consideran costos, gastos, y ni siquiera devoluciones o descuentos.

Cuando a los ingresos brutos le restamos los descuentos y devoluciones obtenemos ingresos netos, y cuando a los ingresos netos le restamos los costos, tendremos la utilidad bruta, concepto que no contempla la ley para efecto de los requisitos para pertenecer al régimen simplificado.

Así las cosas, el usuario que plantea la inquietud, ya no cumple con los requisitos para pertenecer al régimen simplificado, sino que pasarse el régimen común para lo cual tendrá que actualizar el Rut.

20 / 12 / 2010

Opinar o comentar

29 Opiniones en “Los ingresos referencia para pertenecer al régimen simplificado son ingresos brutos”
  1. ANA LEON dice:

    Quisiera saber si los ganaderos pequeños y grandes deben inscribirse ante la Dian como regimen comun por tener que facturar con la nueva Reforma. Se pierde lo de estar en el regimen simplificado?

  2. alex dice:

    Quisiera saber si los ingresos brutos totales provenientes de la actividad son los obtenidos en Bogota o incluyendo los provenientes del resto del pais para clasificar en el regimen simplificado o en el comun y declarar el impuesto de ICA.
    Agradeceria me ayuden con esta informacion.

  3. alex dice:

    Quisiera saber si los ingresos brutos provenientes de la actividad tienen que ser solo los obtenidos en Bogota o en general obtenidos en todo el pais? Si por favor me pueden ayudar con esta informacion.

  4. OSCAR ALVAREZ dice:

    Una persona natural que reciba en el año 70 millones por comisiones y 80 millones de jubilación pertenece al régimen simplificado o al régimen común?

  5. Jorge Eliecer Ballesteros dice:

    Si mis ventas en el año fueron 200.000.000 pero por venta de computadores. como estos no tienen iva, seguiria perteneciendo al regimen Simplificado? de ser positiva la respuesta, como reflejo este ingreso en la declaracion de renta para no mostrar un ingreso que me mandaria a pertenecer al regimen comun?

  6. ALBEIRO dice:

    hola si obtengo un prestamo por un valor de $ 60
    millones y con esto supero los ingresos brutos tengo que declarar asi sea un prestamo.

  7. martha beltran dice:

    Quiero saber si una persona de regimen simplificado debe diligenciar formato de declaracion de iva anual y si la base para liquidar seria los ingresos brutos registrados en el libro fiscal.

  8. Emiliana dice:

    Pregunta, se toman todos los ingresos que se tengan o solo los que hace referencia a su actvidad economica? Lo pregunto porque que hay de los giros del exterior o lo recibido por cuotas de alimentacion de los hijos?

  9. carmen dice:

    quiero saber si un negocio aparece en regimen comun no esta apto para ese regimen y le hacen las visitas pertinentes comprueban lo dicho: se le puede pasar al otro regimen? puesto que ese negosito no es rentable para pertenecer al regimen comun. agradesco de ustedes la atencion prestada: favor enviar respuesta a mi correo.

    • David Fernandez dice:

      Ud mismo hace la solicitud enviando una carta para que la direccion lo pase al Regimen Simplificado mientras debe seguir compliendo con las responsabilidades del regimen comun

  10. LUIS ARTURO dice:

    Si una persona natural obtiene ingresos de dos actividades economicas:
    Servicios donde no existe un contrato 200 millones y Comercio gravado al menudeo de 24 millones, este contribuyente pertenece al Regimen Simplificado?
    Gracias por la opinion.

    • David Fernandez dice:

      Los regimen son para comerciantes. si no eres comerciante debes declarar el dinero como persona natural si lo eres y con esa cantidad ya eres régimen común

  11. BERTHA dice:

    quiero saber si una persona natural que empieza a trabajar con contrato de 6 meses en el 2009 y los 6 en el 2010 de contratista, y va a manejar 80.millones pero para pago de personal le puedan exigir ser regimen comun?

  12. rosario cardenas dice:

    quisiera que me pudieran dar esta respuesta. quedari amuy agradecida con su amable colaboracion

    att. lamayo8585@hotmail.com

  13. rosario cardenas dice:

    QUISIERA SABER SI UNA PERSONA QUE SIENDO DEL REGIMEN SIMPLIFICADO DURANTE EL AÑO 2009 PAGO EL IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO POR UN VALOR 46.000.000 ESTA OBLIGADO A DECLARAR RENTA ANTE LA DIAN

  14. dagoberto dice:

    Señores reuslta que una persona firmo un contrato a partir del 30 de abril de 2010, por 66`270,000, con fecha de terminación 1 de marzo de 2010.
    En el mes de Diciembre se realizo una adición a este contrato por aquuello de la Ley de Garantia, dicha adición es aprtir del 1 de marzo del 2010 y tiene un valor de 23`000.000
    De acuerdo a Ley en que Regimen debe estar en el 2010.
    Por favor Contestar a mi correo, quedo muy agradecido con su concepto.
    Cordialmente
    Dagoberto Rodriguez Bulla

    • David Fernandez dice:

      en el 2010 esta en el regimen simplificado pero por la adicion de diciembre debes registrarte en el regimen comun en el mismo mes de diciembre

  15. Liliana dice:

    si una persona natural tiene ingresos como independiente, asalariado y quiere montar un negocio de refresquería, tendría que pasarse a régimen común, agradezco la aclararíon ya que estoy confundida,

    • ALEX dice:

      los ingresos a tener en cuenta son solamente los gravados para pertenecer al comun

      • OSCAR dice:

        Buenas tardes, estoy de acuerdo con el Senor Alex, en lo referente a los ingresos que se deben tener en cuenta, ya que solamente se deben considerar aquellos ingresos provenientes de actividades gravadas con IVA, para efectos de determinar el tope de ingresos para pertenecer al regimen simple… segun concepto unificado del Iva

        • alejoso4 dice:

          Buenos dias , entonces si tengo una tienda de computadores unicamente tengo en cuenta los ingresos provenientes de bienes gravados y excluyo los com putadores que se acojan al regimen de excencion?

  16. Paola Rosero dice:

    Hola… si mis ingresos son superiores a los exigidos por el Regimen Simplificado debe personalmente dirigirme a la Dian o esperar que esta me requiera.

    Agradeceria que sus comentarias me llegaran al correo electronico-Gracias.

    • Hector Javier Sierra dice:

      Si sus ingresos superan los topes para pertenecer al regimen simplificado yo le recomiendo que se asesore de un contador publico ya que usted debe actualizar el RUT e inscribirse en el regimen común y como tal adquiere ciertos compromisos que de no atenderlos oportunamente puede verse envueltos sanciones por parte dela DIAN,

    • ALEX dice:

      lo debe hacer ud misma actualizando el RUT en la DIAN para que registre su nueva responsabilidad, pero tenga en cuenta que los para pasarse al comun deben ser solamente los gravados no la totalidad de los ingresos

  17. FERNANDO GONZALEZ dice:

    Compañeros y colegas, discrepo sus comentarios al respecto y lohago con la siguiente propiedad, es claro lo que habla el art. 499 sobre REGIMEN SIMPLIFICADO, PERO AL INCISO 1ºse debe entender solamente aquellos ingresos PROVENIENTES DE LA ACTIVIDAD ECONOMICA, no del total bruto de los ingresos, asi pues si un contribuyente obtuvo ingreso de $100· pero parte de ellos pertenecen a SALARIOS no se podra entender como base todos los ingresos BRUTOS,

  18. alexander dice:

    SE DEBE TENER EN CUENTA QUE SON LOS INGRESOS DEL AÑO ANTERIOR, CALCULADOS CON LA UVT VIGENTE

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