Los trabajos de medio tiempo en la práctica se vuelven de tiempo completo
Algunos empleadores han encontrado la forma perfecta de pagar medio sueldo por una jornada completa vinculando a sus trabajadores por medio tiempo.
No es un secreto en nuestro país que son muchas las empresas que hacen trabajar horas extras a sus empleados y no las pagan. Hacen trabajar a sus empleados hasta domingos y festivos por el mismo sueldo. Eso incluso se ve en granes y reconocidas empresas.
Pero hay otras empresas que ha ido mucho más allá y contratan a sus trabajadores por medio tiempo, pero luego estos tienen que trabajar la jornada completa para poder cumplir con las tareas asignadas y convenidas en el contrato de trabajo.
En la práctica, buena parte de esos trabajos de medio tiempo se convierten en trabajo de tiempo completo, y por supuesto que al empleado no le pagan el salario completo sino el medio salario pactado.


quiero que me respondan esta pequeña dudita: yo estoy en practica y trabajo de lunes a viernes en el horario de 7:00 am a 5:00 pm con 1/2 hora de almuerzo. y me dicen que son 6 meses y que tengo que pagar 48 horas semanales. entonces quiero saber si termino mas rapido o me estan robando tiempo. gracia
Por favor me amplia mas en que consite el contrato por prestacion de servicios y me aclara si esta persona debe cumplir con un horario establecido.
Que se requisitos debe cumplir para elaborar un Contrato por prestaciòn de Servicios de medio tiempo y cuamdo este se puede volver un Contrato a Termino Indefinido.
Quisiera saber , es normal que un empleado trabaje de lunes a sabado 7 horas y como le faltan seis para completar las 48 horas reglamentarias se las pongan los domingos, y para que descanse el otro domingo lo ponen a trabajar 12 horas el domingo es decir que trabaja 2 domingos al mes 12 horas cada uno ,,,supuestamente para pagar el tiempo que le falta,, la pregunta es.. esa empresa puede hacer trabajar a los empleados los domingos pero pagandoles la hora ordinaria quiero decir como si fuera un dia normal ? acaso tiene responsabilidad el empleado de que le pongan a pagar el tiempo que dabe los domingos y no se lo paguen?.
si alguna persona que sepa responderme estare atenta ya que ese empleado es mi esposo. yo tambien trabajo y solo puedo disfrutar a mi esposo los domingos pero ahora el trabajando es casi imposible compartir juntos,a la persona que me responda le quedare inmensamente agradecida.
att Aandrea
Si el asalariado es contratado para laborar medio tiempo y trabaja más de 4 horas al día y de 24 a la semana, esas horas demás son tiempo suplementario o de horas extras, y por consiguiente el empleador debe pagarlas como tales. En caso de el empleador se sustraiga de esa obligación, el trabajador lo puede demandar. Las posibilidades de que su pleito salga adelante dependerán de las pruebas que el trabajador aporte al proceso. Un conocido adagio forense expresa que “tanto vale no tener un derecho, como tenerlo y no poder probarlo”,
Y en este punto la dificultad radica en que muchos empleadores se cuidan de que no queden registros de la hora de entrada y salida del trabajador, y la prueba testimonial a veces no funciona porque los compañeros de trabajo, que serían los más indicados para dar fe de esa situación, se niegan a ello por temor a represalias del empleador . Además, los jueces son muy reticentes a ordenar el pago de horas extras y de dominicales y festivos desde la presunción de que el empleador cumple la ley, imponiéndosele así al trabajador una carga probatoria muy difícil de asumir.
De ahí que sea importantísimo que el trabajador incurso en esa situación se preocupe por ir reuniendo las pruebas durante la vigencia del contrato, porque después de que éste termine ya no va a tener acceso a los documentos y archivos de la empresa.
GRACIAS POR LA NOTA, ES CIERTO; A MI ESPOSA LE PASÓ HACE MUY POCO EN MEDELLIN CUANDO SU EMPLEADORA LA CONTRATÓ POR MEDIO TIEMPO Y REALMENTE TRABAJABA MÁS DEL TIEMPO COMPLETO, SEGUN ELLA, POR AYUDARLE A LA SEÑORA GLORIA , COMO SE LO REQUERÍA. LO CIERTO ES QUE NO LA AFILIO A SEGURIDAD SOCIAL, NO LE PAGÓ PRIMAS, VACACIONES, NADA DE PRESTACIONES. Y LO MAS GRAVE ERA QUE LA PONIA EN ALERTA PARA CUANDO LLEGARA LA DIAN AL CENTRO COMERCIAL ESCONDER TODO LO QUE TUVIERA DE CONTRABANDO, ES DECIR, UNA PERSONA POBRE SUFRE LOS MALES DEL PATRONO QUE ADEMÁS DE ILEGAL, ES DESCONSIDERADO.