Miembros de la junta directivas se consideran administradores

En una sociedad comercial los miembros de la junta directiva se consideran o son clasificados como administradores.

Aunque por supuesto un miembro de la junta directiva no tienen la misma categoría que el gerente o representante legal, al ser la junta directiva un órgano orientador y en el cual se fijan políticas a seguir por parte de la sociedad y que el representante legal debe seguir, sus miembros de algún modo son administradores aunque  sea de forma indirecta.

Por eso la ley 222 de 1995 en su artículo 22 se ocupó de señalarlo claramente:

Administradores. Son administradores, el representante legal, el liquidador, el factor, los miembros de juntas o consejos directivos y quienes de acuerdo con los estatutos ejerzan o detenten esas funciones.

Esta clasificación como administradores puede tener importancia en aspectos como incompatibilidades o incluso en temas de responsabilidad por los actos desarrollados por la sociedad comercial a la que pertenecen.

16 / 03 / 2011

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4 Opiniones en “Miembros de la junta directivas se consideran administradores”
  1. vander correa dice:

    hola buenas tardes.en los sindicatos, independiente que clase sean.tiene que ver esto conque tengan o no la proteccion de fuero sindical.gracias.hace dias escrivi y no se donde encontrar la respuestas muy amables.

  2. ENRIQUE V dice:

    TENGO DOS INQUIETUDES: QUE SUCEDE SI EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA DE UNA SOCIEDAD ANOMINA, NO ESTA NOMBRADO POR ACTA DE ACCIONISTA O SOCIOS, Y EJERCE COMO PRESIDENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA. SEGUNDO: SI EL ACTA DE ESTE PRESIDENTE DE LAJUNTA DIRECTIVA NO ESTA REGISTRADA COMO LO ORDENA LA SUPER SOCIEDADES, DONDE SE CONSTE Y SE DE FE QUE REALMENTE LA PERSONA ES EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA, Y ESTA PERSONA HA REALIZADO NOMBRAMIENTOS DE GERENTES, Y DEMAS SITUACIONES LEGALES, JURIDICAS ETC. ESTA ACTUACIONES CARCEN DE VALIDEZ LEGAL, YA QUE SI NO APARECE EL ACTA DE UNA CAMARA DE COMERCIO Y UNA CAMARA DE COMERCIO ACEPTA NOMBRAMIENTOS SIN TENER UN RESPALDO QUE SUCEDE A LA CAMARA DE COMERCIO Y SOBRE LOS ACTOS QUE HA REALIZADO ESTE SUPUESTO PRESIDENTE. GRACIAS.

  3. LAURA MORALES BUENDIA dice:

    Soy representante legal de una C.T.A. y desde que me nombraron han utilizado mi nombre para ilicitos. He querido y he necesitado renunciar y no me lo han permitido; siempre me han tratado con evasivas, que ya lo hacen y hasta punto de tratarme mal. Tengo temor de denunciarlos pero siguen haciendo ilicitos a mi nombre..QUe debo hacer para esto? debo denunciarlos cómo los denuncio. Cómo hago la denuncia. Además me entero que a la Empresa se le adelantan demandas por el manejo. Gracias.

  4. Julián M. dice:

    Que pasa si hay una directriz de la Junta Directiva y el Representante Legal no la acata, por ejemplo, se determina por parte de la junta que no se lleve a cabo un negocio y sin embargo el representante legal lo ejecuta en contravía directa de la posición de la junta. Ese acto se considera ineficaz, podría ser objeto de nulidad, que pasa con los terceros y las responsabilidades para con éstos y en fin con todas aquellas obligaciones que nacen del acto objeto de litigio?

    Gracias.

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