Monto de la indemnización cuando no se renueva un contrato de trabajo sin haberse notificado previamente al trabajador

¿Cuál es el monto de la indemnización que se debe pagar a un trabajador al que no se le  he renovado el contrato de trabajo, y no se le notificó con 30 días de anticipación como estipula la ley?

Recordemos que respecto a la renovación del contrato de trabajo a término fijo dice el artículo 46 del código sustantivo del trabajo:

1. Si antes de la fecha del vencimiento del término estipulado, ninguna de las partes avisare por escrito a la otra su determinación de no prorrogar el contrato, con una antelación no inferior a treinta (30) días, éste se entenderá renovado por un período igual al inicialmente pactado, y así sucesivamente.

Lo que la norma deja en claro, es que si no se notifica al trabajador en los términos señalados por ella, el contrato se entiende renovado por un periodo igual. Es decir que si por ejemplo el contrato era a un año, se renovará durante un año más.

Ahora bien. Estando el empleador obligado a renovar el contrato de trabajo por un año más, y no lo hace, esta decisión se debe interpretar como un despido ilegal, puesto que la ley de forma automática consideró la renovación del contrato; el trabajador accedió al derecho de ser contratado por un año más, y no contratarlo, es asimilable a un despido, puesto que se está usurpando  de un derecho ya adquirido.

Así las cosas, si el empleador decide no renovar el contrato, teniendo la obligación de hacerlo, será preciso aplicar lo que dice el artículo 64 del código sustantivo del trabajo respecto a la indemnización por despido injustificado en el contrato de trabajo a término fijo:

(…) En caso de terminación unilateral del contrato de trabajo sin justa causa comprobada, por parte del empleador o si éste da lugar a la terminación unilateral por parte del trabajador por alguna de las justas causas contempladas en la ley, el primero deberá al segundo una indemnización en los términos que a continuación se señalan:

En los contratos a término fijo, el valor de los salarios correspondientes al tiempo que faltare para cumplir el plazo estipulado del contrato; o el del lapso determinado por la duración de la obra o la labor contratada, caso en el cual la indemnización no será inferior a quince (15) días.

(…)

En consecuencia, el empleador deberá pagar como indemnización un año de salarios, considerando que el contrato no renovado debería tener una duración de un año, según nuestro ejemplo inicial.

03 / 02 / 2011

Opinar o comentar

22 Opiniones en “Monto de la indemnización cuando no se renueva un contrato de trabajo sin haberse notificado previamente al trabajador”
  1. genia illueca dice:

    buenas tardes, me gustaría saber primeramente si se puede elaborar un contrato a termino fijo por 1 año y 10 meses? ya que cuando comencé a trabajar firme contrato por 3 meses primeramente, pero luego seguí, llego la fecha a la cual yo había comenzado a trabajar y seguí nuevamente laborando sin firmar ningún tipo de contrato, pienso yo que se prorrogo a un año automáticamente, entonces faltando casi 2 mese para finalizacion de la prorroga anual me avisan de un día para otro que hasta ese día estaría trabajando sin justa causa, después de estar por fuera de la empresa hice un derecho de petición para solicitar una copia de mi contrato el cual me dieron dos hojas la primera decía que era un contrato a termino fijo con fecha de inicio 23 de noviembre 2010 y fecha de finalizacion 29 de septiembre 2012 las cuales fueron las fechas reales las que trabaje, la segunda hoja es la que esta firmada por mi.. entonces nuevamente mi pregunta es se puede hacer ese tipo de contrato? y si hay algún tipo de indemnización

En Gerencie.com está permitido opinar, criticar, discutir, controvertir, disentir, etc. Lo que no está permitido es insultar o escribir palabras ofensivas o soeces. Si lo hace, su comentario será rechazado por el sistema o será eliminado por el administrador. Por último, trate de no escribir en mayúscula sostenida, resulta muy difícil leerle.