No es necesario que el documento equivalente esté firmado por el beneficiario del pago
Cuando la empresa elabora documentos equivalentes no es necesario que los haga firmar por el beneficiario del pago.
Cuando se le hace un pago a una persona que no está obligada a expedir factura, el documento soporte para efectos tributarios es el documento equivalente a la factura, documento que puede ser expedido por el proveedor o elaborado por la misma empresa.
Si el documento equivalente lo expide el proveedor no obligado a facturar, naturalmente que ese documento está firmado por el proveedor. Si el documento equivalente lo elabora la empresa, por control es bueno que el beneficiario del pago lo firme, pero no es una obligación legal.
Dentro de los requisitos de los documentos equivalentes no existe ninguno que exija la firma o la aceptación por parte del beneficiario del pago, por tanto para efectos tributarios no se puede exigir.
Nótese que la firma no es exigida ni siquiera para la factura, ni por el artículo 617 del estatuto tributario ni por el artículo 771-2 del mismo estatuto, mucho menos lo es exigible para el documento equivalente.
Internamente, para evitar fraudes es recomendable que los documentos equivalentes, los recibos de caja o los comprobantes de egresos estén firmados por el beneficiario del pago, pero si eso no es posible, tributariamente no hay ningún problema.
Esto es importante porque en algunos casos es muy difícil conseguir que las personas naturales firmen un documento o recibo, especialmente cuando se trata de pequeños pagos. Por ejemplo, no es fácil que el taxista firme un documento, etc.


es muy importante llevar los comprobantes de egreso o solo se puede archivar las facturas de los provedores ??
qu epasa si no llevo en mi contabilidad comprobantes de egreso ?
Cual es la normatividad que exige a una entidad firmar los documentos (facturas) copias de lo que se le está entregando o enviando?.
Es decir, si se anexan copias de facturas, un oficio y una relación del envío y sólo firman una de las hojas, cómo hacer válido que se entregaron todos los documentos?
Con lo que acabo de leer en este artículo puedo inferir lo siguiente: puedo entonces yo como perteneciente al regimen común inventarme pagos a personas del regimen simplificado o personas naturales para poder disminuir la utilidad de mi empresa y por ende disminuir tambien el pago en mi declaracion de renta. Pues quien me discute a mi de que efectivamente no hice esos pagos y ademas son deducibles, según lo que acabo de leer.
Interezante su aporte… yo creo que muchas personas lo hacen, ya que según el articulo se podría hacer… la unica forma de ser descubierto es que para causar el gasto se debe de tener el RUT del simplificado, o si no, este gasto no es deducible de renta… Pero diria uno que entonces se le crearian documentos equivalentes a una persona que ya se le halla realizado un pago y se tenga un RUT, luego se generan 2 problemas… 1. Que si uno presenta información exogena, tal vez esta persona no se vaya a cuantias menores y toca reportarla por el monto, luego la DIAN podría emplazar a la persona y bueno, ya sabemos que puede pasar.. y 2. Si se registran pagos por valores no tan grandes, por decir $ 50.000.000 esto no le da base al simplificado para volverse comun, pero si otras personas hacen lo mismo, se supera la base y el señor como no sabe, no se vuelve al comun… todos esas compras registradas al señor, teniendo él la obligación, no son deducibles de renta…
bueno quiero saber si una persona que estuvo trabajando en la parte militar y se encuentra en la carcel lo notificaron para que se realizara examanes medicos de retiro pero el inconveniente que hay es que si la carcel no le da el permiso para eso que ley o decreto que no haga que no le vensan terminos para el poder realizar este procedimiento ya que el decreto 1796-2000 dice que da dos meses para que la persona empiece examenes medicos les pido el favor que si saben de una ley o decreto que inpugne en este caso este tiempo y no se determine vencimiento de terminos por la situiacion en la que se encuentra esta persona
gracias por su colaboracion.