Obligados a diligenciar los diez anexos del nuevo formulario para la declaración de renta

Recientemente la administración de impuestos presentó el nuevo formulario 110 – Declaración de Renta y Complementarios o de Ingresos y Patrimonio para Personas Jurídicas y Asimiladas, Personas Naturales y Asimiladas Obligadas a llevar Contabilidad, él cual está conformado por once páginas que contienen 816 reglones para detallar los valores fiscales y contables.

Del comunicado de prensa se puede advertir que la obligación de diligenciar las diez páginas de anexos recaerá en tres grupos de contribuyentes obligados a llevar contabilidad:

  1. Las personas jurídicas o asimiladas,  las entidades sin ánimo de lucro con  régimen especial y  demás  entidades  que  a  31  de  diciembre  de  2011  hayan  sido  calificadas  como grandes contribuyentes.
  2. Las personas jurídicas que a 31  de  diciembre  de  2011 tengan la calidad de importadores.
  3. Los declarantes de renta y complementarios que hubieren declarado por el año o periodo gravable 2010 ingresos brutos o patrimonio bruto superiores a $3.000 millones.

Por lo tanto, los grandes contribuyentes y personas jurídicas importadoras deberán diligenciar la totalidad del formulario mientras que los no contribuyentes que no son calificados como grandes ni tienen la calidad de importadores solamente deberán diligenciar la primera página del formulario, debido a que ellos no presentan declaración de renta y complementarios sino de ingresos y patrimonio.

Las demás personas naturales y jurídicas que no estén clasificadas en esos tres grupos, no deberán diligenciar las diez páginas de anexos sino únicamente la primera página del formulario 110, es decir están exonerados de la nueva obligación de detallar la información fiscal y contable.

Las personas que no realicen actividades mercantiles no tienen la calidad de comerciantes y en consecuencia conforme al Código de Comercio no están obligados a llevar contabilidad, éste grupo continuara diligenciando el formulario 210.

05 / 02 / 2012

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4 Opiniones en “Obligados a diligenciar los diez anexos del nuevo formulario para la declaración de renta”
  1. MARIA OFELIA LOPEZ MAYA dice:

    Por Favor necesito una ayuda, no me entere de esta información a tiempo, soy representante legal de la ASOCIACIÓN AGROPECUARIA CAMPESINA LA NUEVA ESPERANZA con (NIT)814007159-7 de la vereda Humitaro Municipio de El Tambo Nariño, El caso es que no tenemos cuenta de ahorros radicamos la documentaciòn para apertura de cuenta en el Banco Agrario de nuestro Municipio el día de ayer 12 de abril de 2013, pero hay que esperar una semana para que autoricen la apertura, y la fecha para declaración se vence el 19 de los corrientes, ademas esta organización esta en proceso de disolución y liquidación. Ya el acta está en estudió en Cámara de Comercio. Espero me digan que puedo hacer, pues en la DIAN EN PASTO, no me permiten continuar con los tramites para declarar si no presento el certificado del Banco Me gustaría saber si ustedes desde allá me podrían ayudar mi correo es mariaofelia70@hotmail.com. Agradezco de antemano su colaboración que me es de suma urgencia.

    Atentamente:
    María Ofelia López Maya

  2. Julieth dice:

    Al revisar la diferente información de la página de Gerencie.com he encontrado que dicen en todos sus artículos que la presentación de las 11 hojas del formulario 110 recae solo sobre los contribuyentes que a 2010 hubieren declarado ingresos brutos o patrimonio bruto superiores a $3.000 millones; sin embargo, me llego un comunicado por correo electrónico indicando que debía presentar el formulario 1732 si cumplia alguna de las siguientes condiciones:
    a) Quienes a 31 de diciembre de 2012 estuviere calificado como Gran Contribuyente;
    b) Quienes a 31 de diciembre de 2012 tuvieren la calidad de Agencia de Aduanas;
    c) Los importadores que durante el año 2012 hayan presentado una o más declaraciones de importación y que en la declaración inicial o en la última corrección presentada en el año 2012 correspondiente a la declaración de renta del año gravable 2011, hubieren declarado ingresos brutos y/o patrimonio bruto superior a mil doscientos cincuenta millones de pesos ($1.250.000.000);
    d) Las personas jurídicas, sociedades y asimiladas obligados a presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementarios del año gravable 2011 que en la declaración inicial o en la última corrección presentada en el año 2012, hubieren declarado ingresos brutos y/o patrimonio bruto superior a mil doscientos cincuenta millones de pesos ($1.250.000.000).”
    Deberían actualizar sus artículos para que brinden una información exacta al público.

  3. Efrain Romero Zapata dice:

    Maria, quizás quisiste decir que eres importador ocasional, porque de lo contrario eres importador.Se lee muy bien en este articulo que en caso de ser importador y persona jurídica, independientemente de si es ocasional o no, debe llenar las 11 paginas, en caso tal de ser persona natural importador, solo llena una, pues debe cumplir con las 2 condiciones.Ser persona jurídica e importador.

  4. maria plazas dice:

    Buena tarde, deseo saber si siendo importadores no ocasionales, estamos en la obligacion de diligenciar los 10 anexos de renta. Cabe aclarar que no somos grandes contribuyentes, ni nuestros ingresos superan los $3.000 millones y en durante los años 2010 y 2011 realizamos 2 importaciones.

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