Pago de cesantías en contrato de trabajo sucesivos
El pago de cesantías en los contratos de trabajo a término fijo sucesivos, no se debe realizar como si el contrato de trabajo terminara.
Algunas empresas cuando se termina un contrato de trabajo que luego renuevan, pagan a sus trabajadores las cesantías adeudas al momento de la terminación del contrato de trabajo, situación que no se ajusta a la norma.
Recordemos que el empleador está facultado para que pague directamente al trabajador lo que adeuda por concepto de cesantías al momento de terminar el contrato de trabajo (artículo 99, ley 50 de 1990), y a su vez, el fondo de cesantías está obligado a entregar al trabajador las cesantías una vez se termine el contrato de trabajo (artículo 102, ley 50 de 1990).
En el caso de un contrato a término fijo, cuando se termina, se supone que se dan las condiciones para que se entreguen las cesantía al trabajador conforme lo establecen los artículos 99 y 102 de la ley 50 de 1.990, pero si ese contrato a pesar de su terminación se renueva automáticamente, en opinión del ministerio de la protección social, no se pueden pagar las cesantías al trabajador.
El ministerio de la protección social, en concepto 204991 de julio 21 de 2008, ha entendido que al renovarse el contrato de trabajo, la relación laboral continúa y en ese sentido, no se pagan las cesantías sino hasta que efectivamente se de terminación al contrato de trabajo, esto es, que se decida no renovarlo más.
La opinión del ministerio de la protección social es apenas lógica, puesto que al terminarse el contrato de trabajo pero renovarse inmediatamente, la vinculación jurídica no se ha visto afectada, por tanto, en la práctica no se puede considerar que el contrato de trabajo haya terminado, requisito indispensable para que el trabajador pueda retirar sus cesantías, o exigir al empleado que se las pague.
Además, para que el fondo de cesantías le entregue las cesantías al trabajador este deberá acreditar ante el fondo la terminación del contrato de trabajo, tarea que no podrá cumplir puesto que el contrato le ha sido renovado lo que le impide probar su terminación. ¿Cómo demostrar la terminación de un contrato de trabajo cuando se sigue trabando con la misma empresa?


buenas tardes tengo la siguiente inquietud estoy vinculada en una empresa desde el 2002 a la fecha mi empleador no me ha consignado las cesantias cada año es decir me las debe todas , acabo de renunciar y me estan entregando mis cesantias de todos esos años sin ningun interes ni brazo caido , eso es lo legal o me deben indemnizar porque no han entregado las cesantias cada año o consignado a mi favor
gracias
Buenos dias
tengo un contrato a termino indefinido, necesito mis cesantias que no an sido consiganadas para pagar mi semestre la empresa me las puede entregar
gracias
EXISTE ALGUN CONTRATO PARA CASANTIAS
Hola, trabajo en una empresa la cual me renuevan cada 3,6,y11 meses, mi contrato vencio hace 15 dias pero aun no me lo runuevan, en que me perjudica y benefia esta situacion, espero me puedan ayudar.
perjudica:
pueden darte de baja en cualquier momento, al no tener un contrato definido por un tiempo no menor a 1 año no tienes trabajo seguro. Muchas empresas optan por tener a sus empleados en este tipo de planillas para asi evitar futuros gastos en personal al otorgarle los beneficios que la ley establece,cts, gratificacion, utilidades y por ultimo un puesto como indefinido en la empresa.
Buenas tardes
he trabajado por mas de 20 años en la industria del petroleo, actualmente no estoy laborando y quisiera reclamar las cesantias, el inconveniente es que en los 20 años de trabajo, la empresa me las ha consignado en diferentes fondos. Como hago para saber si aun tengo saldos de cesantias o si todas me las han pagado en las liquidaciones de los contratos???
Muchas gracias por su colaboracion
QUE DOCUMENTO NECESITO PARA IR A RETIRAR MIS CESANTIAS. GRACIAS
necesito saber como contabilizar una multa por el no pago a tiempo de una cesantia
Buenas tarde: primero que todo me parece muy bueno tener estas herramientas lascuales nos ayudan a solucionar ciertas dudas por el desconocimiento de las leyes, bueno mi pregunta es ,si yo trabajo en una empresa donde al año se me prorrogo el contrato otro año mas, yo puedo retirar mis cesantias del fondo, para remodelacion de vivienda? O puedo pedir a mi empresa que me las consigne a mi cuenta de nomina antes de enviarlas al fondo y evitarme tramites para su retiro?
Realice una licencia de maternidad durante el tiempo estipulado comprendido entre 27 de julio al 18 de noviembre de 2011, tengo derecho a pago de liquidación y cesantias?
En una liquidaciòn de prestaciones sociales de 12 años, servicio domestico. Fecha de retiro febrero 2011. Se debe liquidar vacaciones de los 12 años que nunca fueron disfrutadas ? cuàl es la norma.
Mil gracias por su celeridad.
URGENTE: NECESITO EFECTUAR UNA LIQUIDACION DE PRESTACIONES SOCIALES. – -
UNA DAMA QUE TRABAJO EN SERVICIO DOMESTICO POR 12 AÑOS.– SE RETIRO EN FEBRERO DEL AÑO 2011.–TIENE DERECHO A: CESANTIAS, INTERESES DE CESANTIA, VACACIONES, (POR LEY NO TIENE DERECHO A PRIMA DE SERVICIOS), SANCION POR MORA EN EL PAGO DE LA CESANTIA. QUE DUDAS TENGO ? TIENE DERECHO A COBRAR EL VALOR DE LAS VACACIONES DE TODOS LOS 12 AÑOS? HE OBTENIDO ALGUNOS CONCEPTOS DE LABORALISTAS, QUE SOLO TIENE DERECHO A LOS ULTIMOS 3 AÑOS, ES CIERTO SI O NO ? CUALES SON LAS NORMAS ? PUES NUNCA DISFRUTO DE VACACIONES. Y AHORA QUE YA TIENE SUS AÑOS Y QUE NO TIENE TRABAJO LE DESCONOCEN ESTE DERECHO. . CUAL ES LA VERDAD JURIDICA DE ESTE CASO . .. MIL GRACIAS POR SU ATENCION Y CELERIDAD EN LA RESPUESTA.
Hola: gracias por este espacio tan importante, me encuentro vinculado a una entidad privada por sistema de Orden de Prestación de Servicios desde el año 2005 pero cumplo horario, recibo ordenes de un jefe y los contratos han sido sucesivos, presenté solicitud de reconocimiento y pago de prestaciones sociales pues me enteré que en mi caso se configura el contrato realidad: Mi pregunta es: me cobija lo concerniente al articulo 99 de la ley 50 de 1993 referente a la sanción por no pagarmae oportunamente mis cesantías? Debo renunciar para reclamar este derecho? se peuede conciliar o es necesario un proceso juridico.
RAMIRO MENESES
Hola, trabajo desde hace 6 años en una entidad pública, mi empresa se ha venido atrasando con la consignación de las cesantias, en julio del 2009 consignaron las correspondientes al 2008 y no consignaron los intereses por mora, a la fecha estan pendiente por consignar las cesantias correspondientes al año 2009 y 2010. Lo otro es que el contrato me lo renuevan cada 6 meses y en enero de 2010 lo interrumpieron por 20 días sin ninguna justificación. ¿Qué debo hacer en este caso?. Gracias
Hola! Trabajé en una empresa desde el 01 de enero de 2008 con contrato a termino indefinido, me retiré en diciembre 31 de 2010 y resulta que me di cuenta que no habian consignado mis cesantias correspondientes al año 2008 y 2009. En la empresa me dijeron q me las iban a incluir en el pago de la liquidación. Mi pregunta es: está bien aceptarlas asi o cual sería la forma correcta en q me las deben cancelar?. Gracias
No esta bien, ellos tenían que haber consignado las cesantias año 2008, año 2009 y las del 2010 pagarlas en la liquidación. Para lo cual deben pagar intereses por el no pago de estas cesantias a tiempo.
buenas noches, mi inquietud es la siguiente. si un contrato de trabajo a termino fijo por un año comienza el dia 16 de agosto de 2009.¿ que dia termina el 15 de agosto de 2010 ó el 16 de agosto de 2010? y que pasa si el trabajador labora el dia 16 de agosto de 2010, ¿ se puede alegar renovación automatica por un año mas?
Si alguien me puede ayudar con esta pregunta:
Se pierde la retroactividad de las cesantias en mi caso que pase de una entidad a otra con el mismo objeto social, si no hubo solucion de continuidad?
Mas datos: Pase de una entidad departamental a una descentralizada de orden municipal con la misma mision, y renuncie en una y me posecione en la otra el mismo dia. ingrese antes de Dic de 1993.
que norma o concepto juridico puedo revisar para miraresta tematica.?
gracias a sus aportes estare atento.