Para tener en cuenta en el 2007
Notas importantes vigentes para el 2007
Salario mínimo: $433.700 (2007)
Auxilio de transporte: $50.800 (2007)
Salario Mínimo Integral (Incluido Prestaciones sociales): $5.638.100 (2007)
Aportes parafiscales
Sena 2%
ICBF 3%
Cajas de Compensación Familiar 4%
Cargas Prestacionales
Cesantía 8.33%
Prima de servicios 8.33%
Vacaciones 4.17%
Intereses sobre lasCesantías 1% mensual
Seguridad social
Salud
Empresa 8.5% Empleado 4%
Pensión
Empresa 11.625% Empleado 3.875%. Total 15.5%
Impuestos
•El interés moratorio entre el 01 de enero de 2007 hasta el 31 de marzo de 2007 es de 32,09% *
•Sanción mínima 10 UVT ($210.000)
*. Con la modificación que la ley 1066 de julio 29 de 2006, hiciera al artículo 635 del Estatuto Tributario, el interés moratorio, a partir del 1 de enero de 2006, será igual a la Tasa de Usura certificada por la Superintendencia Financiera.
Personas naturales agentes de retención:
Serán agentes de retención aquellas personas naturales que tengan la calidad de comerciantes y que en el año inmediatamente anterior tuvieren un patrimonio bruto o unos ingresos brutos superiores a 30.000 UVT ($629.620.000)
Declaraciones firmadas por Contador o Revisor Fiscal:
Están obligados a presentar las declaraciones tributarias firmadas por Revisor Fiscal, las sociedades comerciales de cualquier naturaleza, cuyos activos brutos a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior hayan sido iguales o superiores a cinco mil (5.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes o cuando los ingresos brutos del mismo año hayan sido iguales o superiores a tres mil (3.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Los demás obligados a llevar libros de contabilidad, que no tienen la obligación de presentar sus declaraciones firmadas por Revisor Fiscal, deberán presentarlas firmadas por contador público cuando el patrimonio bruto o los ingresos brutos del respectivo período gravable, sean superiores a cien mil (100.000) UVT (Valor año 2007) {$2.097.400.000}. En el caso de las declaraciones de retención en la fuente, el patrimonio bruto o los ingresos brutos serán los del año inmediatamente anterior.
Depreciación en un solo año:
Los activos que tengan un valor igual o menos a 50 UVT ($1.049.000) se pueden depreciar en un solo año sin tener en cuenta su vida útil.
Beneficio de auditoria 2006:
Los contribuyentes que incrementen el impuesto neto de renta con en la siguiente forma, su declaración quedará en firme de acuerdo a lo siguiente:
2.5 veces la inflación (IPC) 18 meses
3 veces la inflación (IPC) 12 meses
4 veces la inflación (IPC) 6 meses
Intereses presuntivos:
Se presume que los préstamos que los socios hagan a sus sociedades o estas a sus socios, generan un rendimiento mínimo del 6.31% (2006) Pago del impuesto de renta en una sola cuota:
Los contribuyentes que en el año 2006 presenten un impuesto inferior a $867.000 deberán pagarlo en una solo cuota al momento de presentar la declaración.
•Pago primera cuota: Los grandes contribuyentes deben pagar la primera cuota del impuesto del 2005 el día 06 de febrero de 2007, ésta no puede ser inferior al 20% del saldo a pagar en la declaración del 2005.
Impuesto al patrimonio: Sujetos pasivos: Personas naturales y jurídicas. Base: Patrimonio líquido superior a $3.000.000.000 (Año 2007), menos el valor patrimonial neto de acciones o aportes en sociedades nacionales y los primeros $220.000.000 de la casa de habitación del contribuyente. Tarifa: 1,2%

