Personas naturales empezarán a declarar renta el 02 de agosto de 2010
Las personas naturales que deben declarar renta por el año gravable 2009 empezarán a presentar su declaración a partir de agosto 3 de 2010.
Una vez más el gobierno le concede suficiente plazo a las personas naturales para que elaboren y presenten su declaración de renta.
El decreto 4929 del 17 de diciembre de 2009, estableció el siguiente calendario para las personas naturales:
| Desde - Hasta | Hasta el día |
| 01 a 05 | 2 de Agosto de 2010 |
| 06 a 10 | 3 de Agosto de 2010 |
| 11 a 15 | 4 de Agosto de 2010 |
| 16 a 20 | 5 de Agosto de 2010 |
| 21 a 25 | 6 de Agosto de 2010 |
| 26 a 30 | 9 de Agosto de 2010 |
| 31 a 35 | 10 de Agosto de 2010 |
| 36 a 40 | 11 de Agosto de 2010 |
| 41 a 45 | 12 de Agosto de 2010 |
| 46 a 50 | 13 de Agosto de 2010 |
| 51 a 55 | 17 de Agosto de 2010 |
| 56 a 60 | 18 de Agosto de 2010 |
| 61 a 65 | 19 de Agosto de 2010 |
| 66 a 70 | 20 de Agosto de 2010 |
| 71 a 75 | 23 de Agosto de 2010 |
| 76 a 80 | 24 de Agosto de 2010 |
| 81 a 85 | 25 de Agosto de 2010 |
| 86 a 90 | 26 de Agosto de 2010 |
| 91 a 95 | 27 de Agosto de 2010 |
| 96 a 00 | 30 de Agosto de 2010 |
Nota: Se toma en cuenta los dos últimos dígitos del Nit sin incluir el dígito de verificación.
El plazo que tienen las personas naturales residentes en el exterior para presentar su declaración de renta inicia el 08 de septiembre:
| Si el último dígito del NIT es : | Hasta el día |
| 0 | 08 de Septiembre de 2010 |
| 9 | 09 de Septiembre de 2010 |
| 8 | 10 de Septiembre de 2010 |
| 7 | 13 de Septiembre de 2010 |
| 6 | 14 de Septiembre de 2010 |
| 5 | 15 de Septiembre de 2010 |
| 4 | 16 de Septiembre de 2010 |
| 3 | 17 de Septiembre de 2010 |
| 2 | 20 de Septiembre de 2010 |
| 1 | 21 de Septiembre de 2010 |
Nota. En este caso se tiene en cuenta el último digito del Nit sin considerar el dígito de verificación.


Buena tarde
Solicito su amable colaboración con la siguiente inquietud: Si una persona natural presentó su declaración sin pago antes del vencimiento y cuando realizó el pago ya había pasado la fecha limite, ¿hay lugar a sanción e intereses?. Muchas gracias y quedo atenta a sus aportes.
Soy Administradora de un ed. de 24 aptos. nuevos. Se tiene la figura de un conserje con un salario mìnimo y se le da vivienda, màs otros beneficios. Quisiera saber que tal legal es esta figura y còmo tendria que hacer su contrato de trabajo. Es urgente la respuesta ya que estoy en mora de hacerle el contrato.Gracias por su respuesta
Si es obligado a llevar contabilidad formulario 110 si no el formulario 210, para retencion en la fuente formulario 350 y para informacion exogena puedes consultar la siguiente resolucion porque dependiendo de la informacion se envia el formato y ahi estan las fechas de presentacion, espero que te sirva.
Resolución 7935 de 28-07-2009 Por la cual se establece para el año gravable 2008, el grupo de personas naturales, personas jurídicas y asimiladas, y demás entidades, que deben suministrar la información a que se refieren los literales a), b), c), d), e), f), h), i) y k) del artículo 631 del Estatuto Tributario y el Decreto 1738 de 1998 a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales; se señala el contenido y características técnicas para la presentación y se fijan los plazos para la entrega .
Vivo en un Conjunto Estrato 2, somos solo 36 aptos, la cuota de admon de por si ya es muy alta, más de $70.000, dede hace más de 10 años, se ha manejado la figura de porteros con prestación de servicios, para atender el tema de seguridad, control de puertas y manejo de correspondencia. Pero esta figura puede desencadenar en una demanda laboral.
En algunas ocasiones se ha explorado la posibilidad de contratar una empresa de vigilancia, pero se ha llegado a la conclusión de que las personas no contamos con la capacidad económica de pagar estos costos, ya que las cuotas tocaria incrementarlas por lo menos en un 250% para lograr cubrir el presupuesto de gastos.
Si en la asamblea se plantea la posibilidad de terminar con esta situación quitando este servicio, y dejar un solo conserje en la noche contratando una cooperativa que se haga cargo de sus pagos laborales. Mi inquietud es la siguiente : En caso de que la Asamblea por mayoria decidida seguir con la figura de porteros con conocimiento de causa de los riesgos. ¿Como puedo yo como propietario en desacuerdo con esta figura, buscar y establecer, dejando constancia en la asamblea, una jurisprudencia o un argumento legal, con la cual mi apto no se haga solidario de las posibles demandas que puedan llegar?
Estar bajo el Régimen de Propiedad Horizontal implica derechos y obligaciones. Un puesto de trabajo de 24 hora permanentes significa por lo menos cuatro personas para cubrirlo, lo que equivale un costo mínimo de cuatro millones de pesos. A esto agréguele todos los demás servicios comunales y entonces se podrá dar cuenta que la cuota de administración también se va haciendo costosa. Con esa poca cantidad de apartamentos esa cuota se hace demasiado onerosa y pareciera que los residentes fueran esclavos de la administración. A vece pienso que incluso entre los propietarios hay personas que podrían hacer esos oficios bajo la figura de una Cooperativa de trabajo asociado. No hay manera de escapar legalmente a la obligación, pero de pronto, capearla de forma diferente.
para renta segun si es obligado a llevar contabilidad 110 y si no es obligado el 210, retencion en la fuente 350 y para la informacion exogena creo que depende de la informacion que vayas a enviar y son muchos formatos .En esta resolucion puedes encontrar algunos y las fechas de presentacion
Resolución 7935 de 28-07-2009 Por la cual se establece para el año gravable 2008, el grupo de personas naturales, personas jurídicas y asimiladas, y demás entidades, que deben suministrar la información a que se refieren los literales a), b), c), d), e), f), h), i) y k) del artículo 631 del Estatuto Tributario y el Decreto 1738 de 1998 a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales; se señala el contenido y características técnicas para la presentación y se fijan los plazos para la entrega .
consulta por favor:
1.-Como persona natural en el regimen comun ing 1100 millones 2008, en el rut aparezco obligado a renta, retencion e inf exogena, las preguntas serian.
a- Que formatos tendria que presentar.
b- En que fecha tendria que presentar la informacion exogena.
Un abrazo.
vivo en estracto 2, y pago una administracion de $72.000 vivo hace trece años, en el conjunto, y las personas, que han estado, tienen personeria, pero manejan la figura de portero, sin ninguna, prestacion social, yo no tengo, o no se la norma juridica, o articulo, decreto que no me haga solidario, a cancelar cualquier demanda, por parte de los porteros, (y me interesa que sea legal) y los que han administrado dicen que eso frezco que no pasa nada, pero para mi si seria preocupante, ya que actualmente trabajo independiente, tengo tres hijos, y mi esposa labora en la casa.
agradezco su amable colaboracion.
Sin ser un experto en Laboral ni en Propiedad Horizontal, te puedo informar quer el directo responsable es el Administrador, como Representante Legal de la PH, y los miembros de la Junta que son solidarios de las actuaciones de el Administrador.Pero creo que ante una demanda o un accidente quienes rsponden economicamente son los propietrios y tocaria demandar al Administrador y a la Junta para que sean ellos los responsables.Recordemos que la Ley 675 los hace responsables con su propio patrimonio
agradezco, su direccion, soy administrador, y propietario, de un conjunto de 40 aptos, pero manejo, la figura de porteros, y con lo acordado por la asamblea, y es de conocimiento que no contamos con dinero para pagar una vigilancia legal, me preocupa que un propietario, hace lo imposible para evadir lo acordado, y por ultimo, amenazo con demandarme, disque hace un año le robaron su apartamento, y le tenemos que responder, tiempo desde el cual nunca presento una demanda formal de lo que le robaron, pero ahora como su deuda de cartera a crecido, amenaza, con demandar, por la figura que tenemos de comun acuerdo, y por el hurto por el cual no tiene nada escrito.