Personas naturales que debe declarar renta por el 2009

Se aproxima la fecha en que las personas naturales deben empezar a declarar renta por el año gravable 2009 y es hora de ir sabiendo cuáles son las personas naturales que deben presentar la declaración de renta por el 2009.

Recordemos que respecto al impuesto de renta las personas naturales se clasifican en tres grupos.

  1. Contribuyentes de menores ingresos (Artículo 592 del estatuto tributario)
  2. Asalariados (Artículo 593 del estatuto tributario)
  3. Trabajadores independientes (Artículo 594-1 del estatuto tributario)

Para conocer qué personas naturales pertenecen a uno u otro grupo, consultar los siguientes documentos:

  1. Contribuyentes de menores ingresos
  2. Definición de asalariados para efectos tributarios
  3. Trabajador independiente desde el punto de vista tributario

Nota: Importante que la persona se clasifique correctamente, puesto que una incorrecta clasificación puede derivar en el incumplimiento de su obligación de declarar.

Empecemos con los contribuyentes de menores ingresos.

Estos contribuyentes deben declarar renta por el año gravable 2009 si está en una o varias de las siguientes situaciones:

  1. Sus ingresos brutos en el 2009  fueron iguales o superiores a  1.400 Uvt [$33.268.000]
  2. Su patrimonio bruto  a 31 de diciembre de 2009 fue superior a 4.500 Uvt [$106.934.000]
  3. Es responsable del impuesto a las ventas régimen común
  4. Consumos con tarjeta de crédito superaron en el 2009  2.800 Uvt [$66.536.000]
  5. Total de compras y consumo superaron en el 2009 2.800 Uvt [$66.536.000]
  6. Valor total de las consignaciones, depósitos e inversiones financieras superaron 4.500 Uvt [$106.934.000]

Continuamos ahora con los asalariados.

Una persona natural asalariada está obligada a declarar por el 2009 si cumple una o varias de las siguientes situaciones:

  1. Sus ingresos laborales no alcanzan el 80% del total de sus ingresos
  2. Sus ingresos excedieron en el 2009  3.300 Uvt [$78.418.000]
  3. Su patrimonio bruto  a 31 de diciembre de 2009 fue superior a 4.500 Uvt [$106.934.000]
  4. Es responsable del impuesto a las ventas régimen común
  5. Consumos con tarjeta de crédito superaron en el 2009  2.800 Uvt [$66.536.000]
  6. Total de compras y consumo superaron en el 2009 2.800 Uvt [$66.536.000]
  7. Valor total de las consignaciones, depósitos e inversiones financieras superaron 4.500 Uvt [$106.934.000]

En el caso de los asalariados, tener en cuenta lo expuesto en nuestro editorial titulado Venta de activos fijos en los contribuyentes asalariados.

Veamos ahora los trabajadores independientes que deben declarar renta.

Las personas que se clasifique en este grupo deben declarar renta por el 2009 si cumple una o varias de las siguientes situaciones:

  1. Sus ingresos no fueron facturados estando obligado a ello
  2. Menos del 80% de sus ingresos se originaron en comisiones, honorarios y servicios
  3. Sus ingresos excedieron en el 2009  3.300 Uvt [$78.418.000]
  4. Su patrimonio bruto  a 31 de diciembre de 2009 fue superior a 4.500 Uvt [$106.934.000]
  5. Es responsable del impuesto a las ventas régimen común
  6. Consumos con tarjeta de crédito superaron en el 2009  2.800 Uvt [$66.536.000]
  7. Total de compras y consumo superaron en el 2009 2.800 Uvt [$66.536.000]
  8. Valor total de las consignaciones, depósitos e inversiones financieras superaron 4.500 Uvt [$106.934.000]

Hay que tener presente que si una persona natural no está obligada a declarar como independiente, es posible que sí lo esté como asalariada, o incluso como contribuyente de menores ingresos, o viceversa. De allí la importancia de clasificarse correctamente en uno de los tres grupos.

Para determinar los topes para el 2009, se utiliza el valor del Uvt vigente para el año gravable 2009 que era de $23.763.

Es importante también consultar los artículos del estatuto tributario arriba señalados, y tener en cuenta que estos artículos señalan los requisitos que debe cumplir una persona natural para no estar obligada a declarar, luego, si incumple uno o varios de ellos, debe declarar renta.

22 / 07 / 2010

Opinar o comentar

4 Opiniones en “Personas naturales que debe declarar renta por el 2009”
  1. manuel botero dice:

    Estamos de acuerdo en como se clasifican las pensiones para efectos de determinar la obligación de declarar, en relación a los topes que fija la Ley : Junto con los asalariados. Eso es independiente de si deben pagar o no impuesto.

    En lo que si estamos en completo desacuerdo es en que la pensión surja o esté vinculada con una relación laboral, aun asi la pagara la empresa. La pensión no es una remuneración, no tiene ese caracter desde el punto de vista jurídico legal.

    Ya te enviaré la norma que tipifica la pensión.

  2. manuel botero dice:

    Edinson, establecer que ” se encuentran incluidos dentro de los asalariados para efectos de determinar si se encuentran obligados a declarar” no es lo mismo que establecer que la pensión surge de una relación laboral. Son dos cosas sustancialmente diferentes.

    De acuerdo al concepto de la Dian ( respuesta 51) colijo que si la suma de los ingresos totales supera el límite a partir del cual hay que declarar, pues el pensionado tendrá que declarar. Es entonces por superar este límite.

    Cosa diferente es que aunque tenga que declarar, las pensiones no sean gravables y entonces no pague impuesto adicional a la retención que se le hizo como empleado.

  3. manuel botero dice:

    Excuseme Edinson pero es absolutamente absurdo decir que los ingresos por pensión tienen su origen ( tributario ) en una relación laboral, como si lo tienen los sueldos.
    Otra cosa es que una persona, para tener derecho a la pensión, haya tenido que tener una relación laboral u otra, durante la cual hiciera el aporte correspondiente.
    Las pensiones son Ingreso de tipo legal tributario, de otro tipo totalmente diferente.

  4. manuel botero dice:

    Un asalariado recibio durante el año tambien pensión. Se suman los dos ingresos para saber si pasa el tope? O el ingreso por pensión no se contabiliza para calcular ese tope de Ingresos ( $ 78.0 mill ) o de abonos en cuenta/consignaciones ( $ 107.0 Mill)?
    Gracias por la respuesta

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