Personas naturales que deben declarar renta por el 2008
Por el 2008, algunas personas naturales tendrán que presentar su declaración de renta, en la medida en que superen los topes de ingresos y patrimonio entre otros, que la ley ha establecido para no estar obligado a declarar renta.
Respecto a la obligación formal de presentar declaración de renta y complementario, la ley ha clasificado a las personas naturales en tres grupos:
Asalariados, trabajadores independientes y contribuyentes de menores ingresos.
Asalariados obligados a declarar. Estarán obligados a declarar renta por el año gravable 2008, los asalariados que durante el 2008 hayan tenido ingresos superiores a $72.778.000, o que tengan un patrimonio bruto a 31 de diciembre superior a $99.243.000.
Igualmente debe declarar el asalariado que tenga un consumo de sus tarjetas de créditos que superen $61.751.000, lo mismo que el total de compras y consumos durante el año 2008.
Tendrán que declarar también, si sus consignaciones acumuladas durante el 2008 superan los $99.243.000.
Para que un apersona se considere asalariada, el 80% o más del total de los ingresos recibidos, deben provenir de una relación laboral reglamentaria, es decir, de un contrato de trabajo.
Es importante anotar que con un solo requisito que cumpla, el asalariado quedará obligado a declarar renta.
Trabajadores independientes obligados a declarar. Las personas naturales clasificadas como trabajadores independientes, estarán obligadas a declarar por el 2008 si sus ingresos durante el 2008 superan la suma de $72.778.000, si el patrimonio bruto a 31 de diciembre supera el valor de $99.243.000, si sus consumo en tarjetas de crédito superan $61.751.000, al igual que el total de compras y consumos realizados durante el año.
Igual que los asalariados, si el trabajador independiente realiza consignaciones durante el 2008 superiores a $99.243.000, quedará obligado a declarar.
Con uno de estos requisitos que se cumplan, el trabajador independiente queda obligado a declarar.
Para que una persona natural sea clasificada como independiente, el 80% o más de los ingresos obtenidos durante el 2008, deben provenir de comisiones, honorarios y servicios, ingresos que deben estar facturados, y debe habérseles practicado retención en la fuente si fuere el caso. Si esto no se cumple, quedará dentro del grupo de menores ingresos, a no ser que cumpla los requisitos para clasificarse como asalariado si es que ha obtenido ingresos provenientes de un contrato de trabajo.
Contribuyentes de menores ingresos obligados a declarar. Las personas naturales clasificadas como contribuyentes de menores ingresos, deberán declarar por el 2008, si durante el 2008 sus ingresos superaron la suma de $30.876.000 o el patrimonio bruto a 31 de diciembre de 2008 supera la suma de $99.243.000.
Al igual que los asalariados y trabajadores independientes, los contribuyentes de menores ingresos, declararán si adicional al tope de ingresos y patrimonio, se presenta una de las siguientes situaciones:
Si los consumos con tarjetas de crédito durante l 2008 superan el valor de $61.751.000.
Si el total de compras y consumos durante el 2008 superan el valor de $61.751.000.
Si el monto total de consignaciones durante el 2008 superan el valor de $99.243.000.
Notas adicionales. Las personas que no son asalariados ni trabajadores independientes, por exclusión se deben clasificar como contribuyentes de menores ingresos, como es el caso de comerciantes y propietarios de establecimientos de comercio, grupo que tiene el menor tope de ingresos.
Para estar obligado a declarar, basta con superar uno de los diferentes topes establecidos por la ley, de modo que si sus ingresos son bajos pero su patrimonio supera la suma de $99.243.000, ya está obligado a declarar.
Un punto muy importante a tener en cuenta es lo relativo a las consignaciones, puesto que allí se computan todas las consignaciones realizadas en las cuentas de las que la persona natural es titular, sin importar si esas consignaciones corresponden a ingresos de terceros, o si un mismo dinero se consignar repetidamente.
En el caso de los asalariados, para realizar el cómputo del 80% de que habla la norma, no se incluyen los ingresos correspondientes a la enajenación de activos fijos, ni los provenientes de loterías, rifas, apuestas o similares.
Por último recordar que la declaración del 2008 se presentará en el 2009, en las fechas fijadas por el gobierno nacional en el decreto 4680 de diciembre 12 de 2008.


buenos dias
los felicito por este tan instructivo
mipregunta es lasiguiente tengo 3 predios que suman 290.0000.0000 por valor catastral estan a nombre de miesposo y mio siempre e declarado todo el monto a mi nombre mi esposo nunca lo ha hecho
debo seguir declarando asi ? graciaspor su informacion
carmen
Buen día
Tengo un apartamento por 80 millones a mi nombre y mi esposa tiene uno de 50 millones a nombre de ella. para cuestiones de topes de declaración se suman estos valores y se dividen en dos por tener vínculo matrimonial vigente? o cada cual de acuerdo a lo que está a nombre de cada uno?
si el patrimonio familiar esta nombre de los dos , se divide en dos? y cada uno declara aparte?o cada uno declara la totalidad?
Si esta a nombre de los dos, se divide en dos y cada uno declara por aparte si cumple con los topes.
Cada cual declara lo que tenga a su nombre. Elizabeth
buenas tardes,
quisiera que me colaboran informandome los topes para declaracion de renta del 2009 que se presenta en el 2010
gracias
att
nancy
Ok, todo eso esta muy bien. Y para las personas que prestan servicios en el exterior y les pagan en el exterior he ingresan el dinero a Colombia por alg[un mecanismo ya sea banco o envios etc. Qué impuestos les toca? Qúe debe tener en cuenta?
Hola,
Soy asalariado y el año 2008 recibi por salarios la suma de 65 millones. Tambien tengo un vehiculo arrendado a la empresa donde trabajo y recibo 11 millones anuales por dicho concepto.
Para los dos montos, me efectuaron retencion.
Quisiera saber si estoy obligado a declarar, ya que mi salario no llega al tope de los 72 millones, pero si le sumo lo que percibo por arriendo de mi vehiculo, lo sobrepasa.
Para los topes de asalariado (para saber si declara o no), cuenta solo el bruto del sueldo o estas ganancias adicionales tambien?
Muchas gracias!
Buenas tardes,
Deseo saber si los intereses pagados a entidades bancarias por créditos de libre inversión son definitivamente NO deducibles en la declaración de renta, o se puede asumir el 64,72% según lo contemplado en la cartilla de la DIAN para el renglón 43 literal 43.2. No realizo ninguna actividad comercial, soy empleado y recibo un arrendamiento.
Muchas gracias.
Buenas tardes
Mis ingresos por contrato de trabajo incluyendo comisiones en el año 2008, suman aproximadamente $29.000.000
Sin embargo la empresa para la cual trabajo me permitio asesorar una Uniopn temporal en la cual ella participo y por ende pase una cuenta de cobro como asesoria por un monto aproximado de $24.000.000.
DEBO DECLARAR???
Muchas gracias
compre un apartameneto por 1160000000 pero tome una deuda de 46000000, debo declara
Buenas Tardes: Una persona natural no obligada a llevar contabilidad, saco un prestamo por un valor de $56.000.000 a una financiera, por motivo de compra de un vehiculo(taxi). La deuda esta a nombre de ella, pero el vehiculo quedo a nombre de otra persona.
1). Como justifico esto en la declaracion de renta? ó en que concepto se puede ver reflejado?
2). Esto afecta la diferencia patrimonial?
LESLIE
el titular de la deuda debe mostrarla en la declaracion en el renglon 33-prislin62@hotmail.com
Buen día, el articulo dice en cuanto a Independientes:
“Para que una persona natural sea clasificada como independiente, el 80% o más de los ingresos obtenidos durante el 2008, deben provenir de comisiones, honorarios y servicios, ingresos que deben estar facturados”
Que significa ingresos debidamente facturados?, acaso que el trabajador Independiente debe expedir factura? ya que si es así pertenecería al régimen comun y sin importar los topes según lo que he leído en sus artículos debería declarar, estoy confundido con esto, por favor colaborarme pues no se si pertenezco a independiente o a trabajador de menor ingreso, muchas gracias.