Personas naturales que son agentes de retención

Algunas personas naturales son agentes de retención y como tal deben cumplir con las obligaciones formales que le son propias a todo agente de retención.

La obligación de ser agente retenedor de las persona naturales está dada por el artículo 368-2 del estatuto tributario:

Las personas naturales que tengan la calidad de comerciantes y que en el año inmediatamente anterior tuvieren un patrimonio bruto o unos ingresos brutos superiores a quinientos millones de pesos ($500.000.000), (valor año base 2002) [Hoy 30.000 Uvt] también deberán practicar retención en la fuente sobre los pagos o abonos en cuenta que efectúen por los conceptos a los cuales se refieren los artículos 392, 395 y 401, a las tarifas y según las disposiciones vigentes sobre cada uno de ellos.

Así las cosas, en el 2008 son agentes de retención aquellas personas naturales que en el 2007 hubieren tenido ingresos brutos o un patrimonio bruto superiores a $629.220.000 [30.000 x 20.974].

En el 2009, serán agentes de retención las personas naturales que en el 2008 tengan ingresos o patrimonio brutos superiores a $661.620.000 [30.000 x 22.054].

Estas personas que tengan la calidad de agentes de retención tendrán la obligación de practicar retención en la fuente cuando fuere el caso, presentar su declaración y consignar las retenciones practicadas.

De otra parte, es importante recordar que las personas naturales pueden ser agentes de retención sin necesidad de cumplir con los requisitos establecidos por el artículo 368-2 del estatuto tributario, en el caso en que pertenezcan al régimen común en el impuesto a las ventas.

Recordemos que los responsables del régimen común tienen la obligación de practicar retención en la fuente por Iva cuando adquieran bienes o servicios gravados a personas pertenecientes al régimen simplificado, por lo que este hecho los convierte en agentes de retención por este único concepto.

En este orden de ideas, toda persona natural que pertenezca al régimen común, así no cumpla los topes de que trata el artículo 368-2 del estatuto tributario, es agente de retención en cuanto al Iva que debe asumir al régimen simplificado. En este caso no debe practicar retención por ningún otro concepto; sólo por Iva al régimen simplificado.

20 / 12 / 2010

Opinar o comentar

17 Opiniones en “Personas naturales que son agentes de retención”
  1. Amparo Martínez dice:

    O sea, son las personas naturales régimen común, sujetos pasivos del impuesto sobre la renta cree?

    • Alveiro Collazos dice:

      No para nada, solamente todas las personas jurídicas, sociedades y asimiladas contribuyentes del impuesto a la renta. A las personas naturales NO se les debe practicar retención por CREE, pues no son contribuyentes de este impuesto. los retenedores si son los siguientes:
      Las entidades de derecho público,
      Los fondos de inversión,
      Los fondos de valores,
      Los fondos de pensiones de jubilación e invalidez,
      Los consorcios,
      Personas Jurídicas
      Sociedades de hecho
      Personas naturales comerciantes que en el año inmediatamente anterior tuvieren un patrimonio bruto o unos ingresos brutos superiores a 30.000 UVT, ($781.470.000)

  2. Amparo Martínez dice:

    A las personas naturales régimen común, se les aplica la retención en la fuente Cree?

  3. GONZALO LOZADA dice:

    buenos dias, tengo muchas dudas en cuanto a lo que consierne con retencion en la fuente e iva, trabajo en una ferreteria e icimos actualizacion de rut, y ahora estamos obligados a declarar retencion en la fuente, la pregunta mia es: esto nos hace persona natural agente retenedor?

    • Alveiro Collazos dice:

      Buenos dias, si ud tiene una ferreteria se considera que ejerce actividades de comercio y si adicionalmente superó los topes de ingresos pues eso ya lo hace retenedor en la fuente renta. En cuanto al iva, todos los pertenecientes al regimen comun se consideran retenedores de este impuesto frente a los proveedores que pertenezcan al regimen simplificado; adicionalmente a partir del 01 de mayo inicio la nueva retencion del CREE.

  4. GONZALO LOZADA dice:

    buenos dias, tengo una duda en cuanto los retenesores, declarar retencion en la fuente como persona natural regimen comun, nos hace agente retenedor?

  5. Erminia Pastrana dice:

    buenos dias

    necesito por favor iformacion acerca del siguiente interogante.
    yo trabajo en una empresa que pertenece al regimen comun obligado a practicar retencion en la fuente a titulo de renta, y necesito saber si nosotros al hacer compras a grandes contribuyentes pero no euto rretenedores debemos practicarle la retencion en la fuente.

    • Alveiro Collazos dice:

      La DIAN autoriza expresamente a los que son autoretenedores, no tiene nada que ver con la otra condicion de gran contribuyebte.

  6. cristian arcila dice:

    para el 2007 cual era el tope para volverse agente de retención

  7. Yukleidy dice:

    Yo quisiera saber si hay algun estatuto legal en cuanto a un san, para saber si a una persona le puedo retener su numero hasta que sea la ultima semana del mismo ya que hemos tenidos muchos incovenientes, habra con que respaldarme? gracias por su pronta respuesta

  8. Gabriel Alfonso Cañón Vega dice:

    En este momento sigo con la duda sobre las vacaciones de los docentes de colegios privados: cómo se deben liquidar, cuál es el número de días y a qué equivale con respecto al tiempo de vacaciones escolares.

  9. Alveiro dice:

    Se debe tener en cuenta si el “transpontador” cumple con las calidades de comerciante que determina el Codigo de Comercio.

  10. juan carlos vasquez dice:

    un trasnportador de carga que supera los topes de ingresos para ser retenedor, debe hacerlo o no?

  11. CAROLINA dice:

    Deseo saber: Yo Soy Regimen Comun y le compro a Persona Natural Regimen Comun que retenciones puede practicarle.

    • Alveiro dice:

      Si no es comerciante que haya superado el tope de las 30.000 uvt no debe practicar retencion al los del mismo regimen; solo que la DIAN la haya clasificado como rtenedor mediante acto administrativo.

  12. León dice:

    Muchas gracias por la información, me ha sido muy útil.

  13. Alveiro collazos dice:

    Retencion en la fuente.

    Tambien hay que tener en cuenta que tambien podemos ser retenedores sin cumplir los requisitos de ingresos y/o patrimonio cuando se es empleador y los salarios de los trabajadores superen los montos establecidos para practicar Retencion en la fuente por salarios.

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