Plazo para responder al emplazamiento para declarar

Nuestros lectores nos han consultado sobre cuál es el plazo que tiene un contribuyente para atender o dar respuesta al emplazamiento para declarar.

El plazo que la ley confiere a un contribuyente para que atienda un emplazamiento para declarar, es el mismo que otorga para dar respuesta a un emplazamiento para corregir, esto es, un mes.

En efecto, el artículo 715 del estatuto tributario establece que el contribuyente tiene un término perentorio de un mes para cumplir con la obligación de presentar su declaración luego del emplazamiento para declarar.

Aunque la norma no lo dice expresamente, se debe entender que el mes de plazo se cuenta desde la fecha en que el emplazamiento es notificado al contribuyente.

Si el contribuyente no responde al emplazamiento para declarar dentro de la oportunidad legal (un mes después de la notificación), se le impondrá la sanción por no declarar.

El contribuyente, en lugar de presentar la declaración en ocasión al emplazamiento, puede también optar por dar una respuesta en la que trate de justificar las razones que lo llevaron al convencimiento de que no estaba obligado a declarar.

En cualquier caso si el contribuyente no tenía la obligación de presentar la declaración y decide hacer caso omiso al emplazamiento, la Dian le impondrá la sanción por no declarar, la cual puede ser recurrida por el contribúyete, instancia en la que también puede demostrar que no le asistía tal obligación.

15 / 05 / 2011

Opinar o comentar

3 Opiniones en “Plazo para responder al emplazamiento para declarar”
  1. francia perez dice:

    me mandaron un documento de emplazamiento para declarar sobre un negocio que yo tenia, pero que hace mas de tres años ya no lo tengo y nunca hice los tramites para que se supiera, que debo hacer por que no tengo lamas remota idea. gracias

  2. carolina vega dice:

    señores
    Gerencie.com

    En nuestra empresa esta proximo a jubilarse un empleado motivo por el cual solicito a ustedes el favor me suministren informacion sobre el procedimiento a seguir cuando un empleado se jubila. cuales son las obligaciones y los derechos de la empresa cuales son los tramites que se generan por este hecho, si la empresa desea seguir con el empleado como es el procedimiento o sisucede lo contrario como seria.muy agradecida.

    carolina

  3. ANA BEATRIZ ALGARRA dice:

    BUENOS DÍAS
    POR MEDIO DE LA PRESENTE ME DIRIJO A USTEDES PARA SOLICITARLES INFORMACIÓN SOBRE LAS CUENTAS T Y COMO REALIZAR UN COMPROBANTE DE DIARIO Y EL NUMERO DE LAS CUENTAS LAS CUALES SE RELACIONAN EN EL COMPROBANTE
    QUEDO ATENTA A SU COMENTARIO Y MUCHAS GRACIAS
    BEATRIZ

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