Porcentaje de Iva que se puede solicitar como descontable
Importante: Este tema ha sido modificado por la ley 1607 de 2012. Consulte: Desaparece la limitación por diferencia de tarifas en el Iva descontable.
En algunos casos, no todo el Iva que se pague se puede tratar como descontable, puesto que por limitaciones legales, en algunos casos sólo un porcentaje se puede solicitar como impuesto descontable.
La regla general la contempla que se puede descontar hasta la tarifa generada, regla contemplada por el artículo 485 del estatuto tributario:
Los impuestos descontables son:
a. El impuesto sobre las ventas facturado al responsable por la adquisición de bienes corporales muebles y servicios, hasta el límite que resulte de aplicar al valor de la operación que conste en las respectivas facturas o documentos equivalentes, la tarifa del impuesto a la que estuvieren sujetas las operaciones correspondientes; la parte que exceda de este porcentaje constituirá un mayor valor del costo o del gasto respectivo.
b. El impuesto pagado en la importación de bienes corporales muebles. Cuando la tarifa del bien importado fuere superior a la tarifa del impuesto a la que estuvieren sujetas las operaciones correspondientes, la parte que exceda de este porcentaje constituirá un mayor valor del costo o del gasto respectivo.
Esto quiere decir que si el responsable genera una tarifa del 16% y paga un Iva a una tarifa del 20%, sólo podrá tratar como descontable hasta el 16% que es la tarifa que generó; el otro 4% tendrá que llevarlo como mayor valor del costo o gasto.
Se exceptúa de esta regla los productores de bienes exentos, quienes pueden descontar la totalidad del Iva pagado sin límite alguno en cuanto a la tarifa, puesto que este tipo de responsables seguirán sometidos a la limitación contemplada en el artículo 488, esto es que los pagos constituyan costo o gasto.


Para el iva que cobran las franquisias de restaurantes, este se podra descontar por el consumidor final como gastos de representacion en el caso de comidas
Para el caso de las facturas de las cadenas de restaurantes que son franquisias y siguen cobrando el iva del 16%, este iva se podra descontar del iva a pagar por la empresa, contando que estas comidas son gastos de representacion.
gracias por responder a mi tarea
ME PARECE MUY BUENOS LOS APORTES QUE CON PROFESIONALISMO, NOS DAN DIA A DIA. GRACIAS.
excelente portal felicitaciones, ha sido de una gran ayuda para despejar varias dudas en mi profesión