Preaviso en la renovación del contrato de trabajo a término fijo

Aunque ya hemos tratado este tema, las inquietudes sobre este aspecto son constantes, así que insistiremos en ello, puesto que es un tema del diario vivir de empresarios y trabajadores.

Sea lo primero recordar que el contrato de trabajo a término fijo no puede ser superior a e años, pero puede ser renovado indefinidamente sin que con ello se convierta en contrato a término indefinido.

Si bien el contrato de trabajo a término fijo, como su nombre lo indica estipula una duración fija, que contiene una fecha de terminación previamente establecida, la lay laboral ha contemplado que la expiración de la fecha del contrato de trabajo a término fijo no es suficiente para su terminación definitiva, sino que se requiere  preavisar a la otra parte con 30 días  de antelación la intención de no renovarlo, de terminarlo definitivamente, de lo contrario el contrato se entenderá renovado.

A veces creemos que si se ha firmado un contrato de trabajo hasta el 31 de diciembre, basta con esperar a que llegue el 31 de diciembre para que se termine el contrato, lo cual es equivocado, puesto que el contrato se terminará definitivamente sólo si 30 días antes, esto es el 01 de diciembre, notificamos a la otra parte de que no tenemos intenciones de renovarlo. Si olvidamos dicha notificación, el contrato termina pero se renueva automáticamente por un periodo igual y en condiciones iguales.

Así las cosas, el vínculo laboral no se rompe con la sola expiración de la fecha pactada, sino que requiere previa notificación, notificación que se debe realizar con 30 días calendario de anticipación.

Es por ello que el empleador que no quiera continuar utilizando los servicios de un empleado, debe notificarlo 30 días antes de que termine el contrato; si lo olvida o lo notifica 15 día antes, tendrá que “aguantarlo” por otro periodo igual, y si lo despide, o lo que es lo mismo, no le renueva el contrato estando obligado a ello por ausencia de notificación, tendrá que indemnizarlo puesto que  equivale a un despido injustificado.

Este tema y muchos más en Nuestra Guía Laboral

Documento publicado el Martes 9 de Febrero de 2010

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Comentarios

37 Opiniones en “Preaviso en la renovación del contrato de trabajo a término fijo”
  1. Eduard dice:

    Buenas noches, quisiera por favor me ayudaran , labora en una enpresa de seguro privado desde hace 1 año y 8 meses, desde que entre mi horario es de 08:00 AM a 04:00 PM, fines de semanas libre y feriados, pero actualmente el jefe directo del departamento quiere que trabajemos 06 horas diarias incluyendo sabados, domingos y feriados, con un solo dia libre por semana, es legal esto? yo entre en esta empresa directamente por tener fines de semana libre ya que estudio y en cuando puedo dedicarle mas tiempo a este. A parte la notificacion ha sido verbal? es legal esto que la notificacion sea verbal y no por escrito? a parte quieren que les pase una carta solicitando el cambio de horario, cosa que no he hecho, por favor ayudenme?

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