Procedimiento a seguir cuando el arrendador no realiza los arreglos debidos al bien arrendado
Adriana Polonia Tovar dice:
Cordialmente solicito me informen si es procedente un derecho de petición para que una inmobiliaria me conteste las cartas que he enviado para entregar la casa que tengo arrendada y deseo desocuparla 1 mes antes de terminar el contrato, pues la casa tiene tanque el cual está dañado y aquí todos los días estoy sin agua porque la quitan a diario.
FERANDANTE Responde:
No es procedente, ya que la terminación unilateral del Contrato de Arrendamiento por cuenta del arrendatario se rige por los Artículos 24 y 25 de la Ley 820 de 2003, y de acuerdo con lo que nos cuenta, Usted no ha invocado el primero ni ha dado cumplimiento al segundo, pero si, el contrato se encontraría automáticamente renovado por un termino igual al inicial y la inmobiliaria, lo que aguarda es que usted desocupe o entregue, para hacerle efectiva la clausula penal por incumplimiento independiente de los cánones que se sigan causando por no entrega oficial del inmueble si desocupa, o mínimo la clausula penal equivalente a tres meses de canon si lo entrega.
Lo que Usted si tiene derecho a exigir, es que le arreglen el tanque, o Usted arreglarlo directamente y de acuerdo con el Artículo 27 de la misma ley, DESCONTAR de cánones sobrevinientes, el importe que hubiese tenido que pagar:
Artículo 27.
Descuento por reparaciones indispensables no locativas.
En el caso previsto en el artículo 1993 del Código Civil, salvo pacto en contrario entre las partes, el arrendatario podrá descontar el costo de las reparaciones del valor de la renta. Tales descuentos en ningún caso podrán exceder el treinta por ciento (30%) del valor de la misma; si el costo total de las reparaciones indispensables no locativas excede dicho porcentaje, el arrendatario podrá efectuar descuentos periódicos hasta el treinta por ciento (30%) del valor de la renta, hasta completar el costo total en que haya incurrido por dichas reparaciones.
Para lo previsto en el artículo 1994 del Código Civil, previo cumplimiento de las condiciones previstas en dicho artículo, las partes podrán pactar contra el valor de la renta.
En el evento en que los descuentos periódicos efectuados de conformidad con lo previsto en este artículo, no cubran el costo total de las reparaciones indispensables no locativas, por causa de la terminación del contrato, el arrendatario podría ejercer el derecho de retención en los términos del artículo anterior, hasta tanto el saldo insoluto no sea satisfecho íntegramente por el arrendador.


Buenos días agradezco la oportunidad de opinar y consultar
Mi saco resulta en que tengo un contrato de arrendamiento firmado desde el 29 de junio de 2012 y por un plazo de un año… pero quisiera desistir del contrato ya que me tienen desesperadas las cucarachas que en el hay… el duño del apto me indica que realizara una fumigacion lo que considero dañino para mi salud y la de mis hijas menores..pienso que el debio ser honesto y decirnos de este problema en el apto o por lo menos realizar una fumigacion antes de arrendarlo … quisiera saber si puedo desistir de este contrato y si por este hecho debo pagar alguna sancion o multa pese que en el contrato es claro que si desistimos antes de terminar el periodo completo de un año debemos cancelar el valor equivalente a otro canon de arriendo … lo que no me parece justo ya que el desistimeinto se da por causa de una falta de honestidad del dueño… hay algun modelo de carta para dirigirla al arrendador??? gracias
Buenas Tardes senores Gerencie.com
Agradeciendo este valioso espacio para la ciudadania, que muchas veces no contamos con el conocimiento basico para no seguirnos dejando enganar por abogados y funcionarios ineptos y/o corruptos.
Tengo muchas consultas pendientes, pero comenzare con las apremiantes.
El caso es una senora de 63 anos, que. Labora con un Ingeniero en una Bodega de Engativa desde el 2004 o 2005. Le ha hecho firmar en varias oportunidades varios documentos con enganos y razones de por mas injustas y opotunistas. Nunca le ha aportado nada en el tema de seguridad social. Lleva todos estos anos sin poder casi que salir del sitio donde labora, sin vacaciones, descansos, ni tranquilidad basica. La contrato para unas funciones de aseo, y ciudado; y desde hace varios anos desarrolla todas las que ustedes se puedan imaginar: celaduria, mantenimiento, aseo, operatividad en el manejo de la maquinaria, despacho y recepcion de instrumentos y equipos, etc, etc….
Cuando la contrato, le hizo hacer alterno un contrato de arrendamiento, por unaa pieza en la cual iba a vivir y por la cual debia pagar un arriendo; de la cual desde hace varios anos en esa bodega no cuenta con servicio de luz ni de agua por lo que a la senora le toca abastecerse del aguacon los vecinos(comprandola); la seguridad le toco a ella tambien conseguirse 2 perros y entrenarlos para el cuidado y, es ella quien tambien debe conseguir todo lo referente a su cuidado y mantenimiento; mejor dicho son demasiadas irregularidades que se ven en este caso.
Sin hablar de el tema referente a salarios, que ustedes no se podran imaginaar la cantidad de irregularidades que ha y esta cometiendo este senor.
El senor hoy por hoy, quiere que la senora le desocupe y se vaya; pero todo de forma verbal sin que le de o medie n documento o papel(muy vivo el -ngenierito)deseando de distintas formas de presion que esta ejerciendo; que ella se aburra y se vaya. Renunciando a sus derechos.
Recurrimos a la Personeria y algun funcionarito sale victimizando mas aun a la victima; porque el senor tiene el derecho de sacar de su bodega a quien el no quiera tener (no ha iniciado ningun proceso de restitucion del inmueble-pieza).
Fuimos al SUPERCADE DE LA 30 a la oficina de Traabajo a buscar ayuda y orientacion: contestando que ella no tiene derecho a nada laboral, que perdio todos los derechos;que se fuera a la Defensoria del Pueblo…que alla de pronto si la podria ayudar……MEJOR DICHO….que pasa en Colombia; no encuentro apoyo ni asesoria cierta ni efectiva ….para una CIUDADANA en condicion de Vulnerabilidad.
Prima primero el derecho de la injusticia, del desonesto, DONDE ESTAN TANTOS ABOGADOS Y FUNCIONARIOS RESPONSABLES-JUSTOS-EFECTIVOs-DOLIENTES- SOCIALES-ETICOS…….
Pido a ustedes ayuda, a quien bien desee apoyar, colaborar, orientar.
Son muchos los casos que iguales o peores llegan a mis oidos Y; no he podido colaborarles
Se buscan almas dolientes y sororas a las personas…
Agradezco su favor
Exitos y abrazos.
Sandra olaya