Procedimiento a seguir para modificar el reglamento interno del trabajo

Recibimos una inquietud relativa al procedimiento que se debe seguir para modificar el reglamento interno del trabajo.

El procedimiento que se debe seguir es el que la empresa indique según su autonomía y voluntad ajustadas a sus necesidades particulares, y lo más importante, la empresa no tiene que someter las modificaciones a la aprobación del ministerio de la protección social, toda vez que la ley ya no considera esta obligación en vista a que la ley 1429 de 2010 eliminó tanto la obligación de la aprobación misma del reglamento, como la obligación de las modificaciones necesarias para los ajustes del reglamento a las nuevas normativas que lo afecten (Código sustantivo del trabajo. Artículos 116  y 124 respectivamente.)

En consecuencia, si la empresa decide modificar el reglamento interno del trabajo, implementará el procedimiento que a bien decida, teniendo en cuenta  en todo caso las consideraciones que hizo la corte constitucional  en sentencia C-934 de 2004 al declarar exequible el artículo 106 del código sustantivo del trabajo, en el sentido de la necesidad de  escuchar al trabajador en lo que tiene que ver con las medidas incluidas en el reglamento interno del trabajo que la afecten directamente; por lo tanto,  dentro del procedimiento adoptado internamente por la empresa, se debe ofrecer la posibilidad a los trabajadores de ser escuchados.

25 / 08 / 2011

Opinar o comentar

4 Opiniones en “Procedimiento a seguir para modificar el reglamento interno del trabajo”
  1. Liliana dice:

    Hay un formato especial o establecido por el Ministeri de Protección Social, para publicar en una empresa el reglamento interno de trabajo???

  2. luis william avila camaro dice:

    buenos dias señores gerencie .com mi inquietud consiste en lo siguiente cuando una empresa le descuenta al trabajador 15 minutos de su salario diariamente para darle el refrigerio tiene uno derecho a las dos horas recreativas semanalmente?

  3. Brenda Moreno Manrique dice:

    Buen dia! Solo quiero preguntar, como puedo saber si por parte de recursos humanos pusieron alguna nota que me perjudique? Por q no m pueden contratar ya tiene meses que no encuentro trabajo y en uno m isieron un socio economico y me mencionaron que si yo habia demandado a una empresa, nunca he demandado a ninguna. Muchas gracias!

  4. Hector Munera dice:

    señores de Gerencie.com resiban un cordial saludo.Quisiera saber cual es el procedemiento para denunciar un caso de apropiación de la propina y mal manejo por parte de un patrón es decir en el caso nuestro mi patron le ajusta los salarios al personal administrativo como a la contadora, al jefe de servicios, a la secretaria etc, etc.
    como tambien incluirse en la reparticion de la propina con un porcentaje superior al de los empleados.por su colaboracion gracias

    Atentamente

    Hector Munera

En Gerencie.com está permitido opinar, criticar, discutir, controvertir, disentir, etc. Lo que no está permitido es insultar o escribir palabras ofensivas o soeces. Si lo hace, su comentario será rechazado por el sistema o será eliminado por el administrador. Por último, trate de no escribir en mayúscula sostenida, resulta muy difícil leerle.