¿Puedo reclamar mis uniformes y calzado después de haber terminado mi relación laboral?

Efectivamente sí. Pero para ello el lesionado o afectado tendrá que realizar reclamación administrativa o demanda laboral para que sea reconocida dicha prestación económica.

El suministro de calzado y uniformes se consagra por la ley sustantiva de trabajo como prestación social, y si bien la ley contempla su prohibición de ser compensado en dinero (art 234  del C.S. de T),también lo es que si dicho suministro no se realiza en los términos contemplados en la ley (3 veces al año, o cada 4 meses en el periodo calendario anual: 30 de abril,31 de agosto y 20 de diciembre) y culmina la relación laboral ,es factible procurar su reconocimiento excepcional en dinero ,puesto que no representaría en absoluto al trabajador recibir dotaciones cuyo uso ha de ser solamente posible en el ejercicio de sus funciones. Aceptar otra tesis, sería favorecer al empresario o empleador en dicha reclamación generándose a su favor un enriquecimiento sin justa causa.

Recuerdo que sólo tienen derechos a dichos suministros el personal que labore para una empresa o persona natural bajo el entendido de una relación de contrato de trabajo, en forma o de carácter permanente y que no devengue más de 2 s.m.l.v (salarios mínimos legales vigentes).

14 / 08 / 2011

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6 Opiniones en “¿Puedo reclamar mis uniformes y calzado después de haber terminado mi relación laboral?”
  1. MARIA EUGENIA BUSTAMANTE dice:

    solicito informacion
    en varias oportunidades no porto uniforme en la institucion, quuiero saber si estoy abligada a llevar este aun sabiendo que la empresa no me da ninguna dotacion.

    gracias

  2. Martha Rincón dice:

    Buenas tardes.
    Cordial saludo,
    Tengo una duda, una persona laboró por solo 48 días, NO se le entregó dotación, pues se le había informado que, por condiciones económicas de la empresa, la dotación le sería entrega después, aclaro que se le hizo entrega de EPP (Guantes, gafas, casco, careta para soldar, careta para esmerilar, entre otras), pero se terminó la relación laboral y ahora está exigiendo el pago de la dotación.
    El salario era de $1.200.000 y el cargo soldador. Estaba ganando mas de 2 SMLV, y no tenía mas de 3 meses que estipula la ley, para que la dotación le fuera entregada. La duda es por el cargo que desempeñaba.
    ¿Puede exigir el pago de la dotación en la liquidación?
    ¿Debe ser completa, es decir que el pago debe incluir el valor de la camisa, el pantalón y las botas de seguridad? o ¿Debe ser proporcional al tiempo laboral, al igual que las otras prestaciones sociales?

  3. LUIS RICARDO MESA dice:

    existe subordinación cuando se usa o porta el uniforme con las insignias de una empresa, en caso afirmativo por favor me pueden decir cual sentencia habla al respecto

  4. LUIS RICARDO MESA dice:

    existe subordinación laboral, cuando hago uso del uniforme de una empresa, en caso afirmativo solicito me ayuden con alguna sentencia que hable al respecto

  5. Alonso Riobó Rubio dice:

    Durante la vigencia del contrato de trabajo la obligación del empleador se contrae a entregarle al trabajador las dotaciones de calzado y ropa de labor, o sea, que se debe hacer en especie. La ley prohíbe que dichas entregas se hagan en dinero.

    Sin embargo, cuando termina el contrato y existen dotaciones pendientes de entrega, el trabajador puede reclamar el pago de la indemnización correspondiente a los perjuicios que le ocasionó su empleador al no suministrale dichas dotaciones, lo cual obligó al asalariado a utilizar su propia ropa y calzado en la ejecución del contrato de trabajo.

    Para establecer el monto de la indemnización, el demandante debe solicitarle al juez que designe un auxiliar de la justicia para que haga el estimativo correspondiente.

    Desde luego que puede haber casos en que no sea necesario demandar al empleador, pues bien puede ocurrir que éste al efectuar la liquidación de las prestaciones sociales incluya en ella el valor de las dotaciones pendientes de entrega. Actualmente el valor de cada dotación se viene estimando por parte de los peritos en una suma cercana a los $ 90.000.oo

    Cordial saludo,

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