¿Qué es la posesión y sus clases?

La posesión es una figura jurídica a través de la cual se ejerce ánimo se señor y dueño sobre una cosa con la finalidad de adquirir la propiedad por prescripción con el transcurrir del tiempo, el código civil define la posesión en su artículo 762 de la siguiente manera:

“la posesión es la tenencia de una cosa determinada con ánimo de señor o dueño, sea que el dueño o el que se da por tal, tenga la cosa por sí mismo, o por otra persona que la tenga en lugar y a nombre de él.

El poseedor es reputado dueño, mientras otra persona no justifique serlo”

Entonces la persona que posea la cosa debe ejercer ánimo de señor  dueño, es decir, realizar todos los actos propios de una persona que es propietaria tales como el mantenimiento y conservación de la cosa; no es requisito que el poseedor tenga la cosa por sí mismo, puede otra persona tener la cosa, por ejemplo una casa dada en arrendamiento por el poseedor a otra persona.

Es la posesión una presunción en la cual el poseedor es considerado el dueño mientras no se compruebe lo contrario; esta figura jurídica creada por el legislador es muy importante ya que si una persona propietaria abandona una cosa  y la deja a su suerte, pero otra persona la posee la cuida, la conserva, la mejora, es justo que con el transcurrir del tiempo exista una figura que le permita adquirir la propiedad de ese bien al cual le ha dado una utilidad y a gastado tiempo en conservarlo.  Es la posesión el camino para que con el transcurrir del tiempo se adquieran los bienes por prescripción adquisitiva de dominio.

Existe dos clases de posesión, la posesión regular y la irregular la primera es la que se tiene por un titulo justo y se posee de buena o mala fe, pero siempre acompañada de un titulo justo, ¿Qué se considera titulo justo? El código civil define como justo titulo el constitutivo o traslaticio de dominio se considera constitutivo  de dominio la ocupación,  las accesión y la prescripción  y traslaticios de dominio la venta, al donación entre vivos, la permuta etc.

Por otro lado la posesión irregular es aquella que carece de uno o más requisitos  de los  de la posesión regular, por ejemplo cuando  no se posea titulo justo, el código  menciona algunos títulos no justos tales como, el falsificado, el que adolece de un vicio de nulidad y los demás contemplados en el artículo 766.

Por último existe la posesión violenta y la clandestina, la primera es la que se adquiere por medio de la fuerza y la segunda la que se hace de manera oculta a todo el que tiene una cosa reconociendo dominio ajeno.

07 / 10 / 2011

Opinar o comentar

7 Opiniones en “¿Qué es la posesión y sus clases?”
  1. jhon larry quiroz sanchez dice:

    permitanme saludar a todos y especial a los creadores de este sistema. mi pregunta es la siguiente, compre un terreno agricola de 0.75has de un total de 4.50has,(la venta de hizo de acciones y derechos por parte del vendedor), dicho bien lo tuvieron mi padre y mi madre como si fueran dueños, el año dos mil siete fallece mi padre y en mi terreno agricola a entrado mi hermano de padre y cuando lo he reclamado dice que ya me va a pagar es mas hemos tenodo en pequeño lio en la municipalidad por el pago de los impuestos. mi medio hermano aduce que mi padre le ha vendido mediante un documento privado de compraventa en una notaria cuando bien es de su conocimiento que el terreno es de mi propiedad por yo si lo adquiri mediante escritura publica. ¿cual seria el camino mas correcto y rapido para hacer valer mi propiedad? por favor necesito una salida, gracias.

  2. John Jairo dice:

    Hola a todos son muy buenos los aportes pero tengo un pregunta y si hay alguien que me pueda ayudar con resolverla le agradeceré mucho.
    Tengo un inmueble que esta dividido en 6 apartamentos en un de los apartamentos permito vivir desde hace 5 años a mi abuela y tio sin que ellos me paguen algún canon de arrendamiento, hay alguna manera legal que puedan ellos puedan hacerse dueños del apartamento o exigirme algún dinero por retribucióno otra figura, ya que el predio esta constituido como uno solo y pienso hacer propiedad horizontal ya que cuento con la licencia de contribución para realizar el tramite de desenglobe y demás.

    Gracias

  3. angela dice:

    que derechos tenemos en una posecion dejaron cuidando estuperfasientes tenemos posecion de 4 años

  4. RICARDO ARBOLEDA GUERRA dice:

    A UNA HERENSIA LE PUEDEN RECLAMAR POSESION

  5. Alfonso Muñoz Serrano dice:

    Hernan, a partir de la fecha en que se practico la restricción de movilización del rodante, tiene ciertos días para presentar ante el juzgado de la causa, incidente de desembargo e iniciar igualmente el incidente de daños y perjuicios, que el abogado actue para eso se le paga.

  6. Hernan Villamarin dice:

    Mi esposa tiene un vehículo particular con prenda a un banco y paga cuotas mensuales con tabla de amortización hasta el 2014 y todos los documentos estan a su nombre como son carta de propiedad, registro de propiedad expedido por la oficina de transito a su nombre, seguro obligatorio a su nombre, seguro general contra todo riesgo a su nombre y paga cuotas mensuales a la compañia de seguros,el impuesto del vehículo lo paga ella y llega a su nombre;el carro fue retenido por la policía cuando ella iba manejando y posteriormente se llevo a cabo la diligencia de secuestro y ella se opuso a través de su apoderada. Puede un juez embargar derechos derivados de la posesión, decretar la detención y posterior secuestro del vehículo según el abogado demandante porque yo a veces manejo el vehículo; lo anterior dentro de un proceso ejecutivo en mi contra, en donde nada tiene que ver mi esposa como amo, señor y dueña real del vehículo. QUE ACCIONES PUEDE TOMAR ELLA ANTE SEMEJANTE ATROPELLO JURÍDICO. LES AGRADEZCO SU APOYO Y COLABORACION.

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