¿Qué hacer cuando un empleado no quiere aceptar que el empleador lo afilie al sistema de seguridad social?
Con regularidad nuestros lectores nos preguntan qué hacer o cómo proceder cuando uno de sus empleados se niega a ser afiliado al sistema de seguridad social.
Aunque la seguridad social es un derecho por el que los trabajadores lucharon durante décadas, sorprendentemente hay algunos empleados que no quieren ser afiliados, principalmente a salud, básicamente por el temor a perder los beneficios que les otorga el Sisben. Se trata por lo general de empleados que son contratados por periodos cortos de tiempo, y consideran ellos que por ese corto tiempo no se justifica desafiliarse del Sisben, pues volver a él les puede parecer complicado.
Aunque no debería existir temor a perder los beneficios del Sisben por afiliarse unos meses al régimen contributivo, ya que si el trabajador lo notifica el Sisben está en la obligación de “guardarle el cupo”, el caso es que hay trabajadores que no entienden de esas razones y de plano rechazan ser afiliados a salud por el empleador, y aquí la inquietud: ¿Cómo debe proceder el empleador ante un caso de esos?
Hay que decir con toda claridad que el empleador, sin excepción alguna, es obligado por la ley a que afilie al sistema de seguridad social a sus empleadores, y el empleador no se puede negar a ello ni siquiera con una autorización del empleado. No vale que el empleado le firme una carta donde renuncia a la seguridad social que debe proporcionarle el empleador. Simplemente esa carta o autorización es ineficaz, y de pleno derecho, por cuanto está en contravía de los derechos laborales básicos del trabajador, de suerte que para la ley se entenderá que dicha autorización o renuncia no existe, o no existió.
Quiere decir ello que aún con autorización del trabajador de por medio, si en el futuro el trabajador sufre una enfermedad, un accidente, etc., el empleador tendrá que responder con su patrimonio por los gastos médicos y de recuperación del trabajador, e incluso hasta responder por una pensión por invalidez, por ejemplo. Un riesgo demasiado alto para asumirlo.
Ante este panorama, lo más prudente es simplemente prescindir del trabajador que se niegue a ser afiliado al sistema de seguridad social, o mejor aún, no contratarlo.


buenas tardes.
en caso de un contrato por prestación de servicios, la persona contratada, puede presentar el sisben como su seguridad social???
necesito confirmar si son exonerados los empleadores de los parafiscales
de donde se paga este aporte al empleado que ley es gracias
Buenos días:
Sres Gerencie.com les tengo una pregunta con respecto a la horas extras;¿Es legal descontar horas extras para completar las 48 horas semanales a un empleado?