¿Qué hacer un una situación como esta?
No son pocos los contribuyentes que por desconocimiento o por descuido, terminan con una gran deuda con la Dian por concepto de sanciones por no cumplir con las obligaciones tributarias formales, que según el Rut le corresponden.
La siguiente inquietud se repite a diario en Gerencie.com:
“Somos una fundación sin ánimo de lucro creada desde mayo de 2008 pero que aun no opera; no hemos recibido ni el primer ingreso.
Nos dicen en la DIAN que tenemos una multa de más de 2millones de pesos por no haber presentado así sea en ceros las declaraciones.
Cómo podemos proceder para solicitar a la DIAN el no cobro de la multa teniendo en cuenta que no estamos operando, no tenemos ningún ingreso, no tenemos cuentas bancarias... nada... aun no existimos empresarialmente o no estamos activos desde que fuimos constituidos”.
La pregunta del millón es: ¿Qué hacer si estoy en una situación similar?
La dura respuesta es que no hay mucho que se pueda hacer diferente a pagar.
Aunque quisiéramos que la Dian nos perdonara esas deudas, máxime si se trata de una entidad sin ánimo de lucro, no tienen facultades para ello. Sólo el legislativo puede condonar deudas tributarias, o por lo menos crear amnistías parciales, como en efecto lo ha hecho en el pasado. Pero mientras eso no suceda, la Dian no tiene facultad para condonar, rebajar o perdonar dichas deudas. Lo más que puede hacer es conceder un acuerdo de pago.
El único camino posible para un contribuyente en una situación así, es simplemente tomar la decisión de no pagar y esperar a que su deuda prescriba, lo cual supone un gran riesgo toda vez que mientras la deuda no prescriba, el contribuyente está sujeto a que en cualquier momento la Dian recurra a las herramientas que la ley ofrece, para que por la vía administrativa o judicial realice el cobro, pudiendo llegar al secuestro y embargo de bienes.
Es importante tener presente que respecto a las deudas tributarias, no hay tratamiento especial para contribuyentes del régimen especial, entidades sin ánimo de lucro, u ONGS.


Gracias por atender mi inquietud.
Somos una corporaciòn sin ànimo de Lucro, nuestra representante legal falleciò y salì elegida por la asamblea para sumir este cargo.
No tenemos recursos
No se presento en el 2011 la declaraciòn en ceros
no se ha entregado balance hace tres años.
que pasos debo seguir en relaciòn con la Dian, càmara de comercio y alcaldìa-personas jurìdicas
Pues ahora debo asumir estas diligencias como representante legal
Si no se tienen recursos es aconsejable liquidar la corporaciòn quiènes la integramos damos una cuota de 20.000 veinte mil pesos para talleres y somos diez personas.
Que riesgos implica juridicamente el no haber declarado, este año aun no se ha presentado la declaraciòn, aùn se puede presentar?
Gracias por orientarme