¿Qué sucede con las prestaciones si un empleado labora durante su periodo de vacaciones?

Ahora que la ley 1429 ha autorizado que el empleado puede laborar durante su período vacacional, en una empresa se ha presentado el siguiente caso:

A un empleado le corresponde tomar su periodo de vacaciones del 1 al 15 de junio, sin embargo en común acuerdo con el empleador deciden que el disfrute hasta el 08 de junio y labore el período vacacional comprendido entre el 09 al 15 de Junio.

Surgen entonces las siguientes preguntas:

1) Para efectos de liquidar la prima de servicios correspondiente al primer semestre, se deben tener en cuenta no 180, sino 187 días?

2) Al finalizar el año su cesantías serán de 367 días laborados y no de 360?

O se debe tomar este periodo laborado como un sobresueldo, sin alterar los días laborados?

Se llega a esta conclusión, luego de analizar  que si se contratara a otra persona se le deberían cancelar todas sus prestaciones.

Agradezco sus comentarios.

Juan Guillermo Florez

07 / 06 / 2011

Opinar o comentar

4 Opiniones en “¿Qué sucede con las prestaciones si un empleado labora durante su periodo de vacaciones?”
  1. harvey dice:

    Voy a cumplir mi 4 periodo de vacaciones el 1 de enero de 2012 y de los periodos anteriores solo he tomado 4 dias, solicite el pago de 2 de los periodos de vacaciones (21 DIAS) debido a que en este momento no puedo salir a vacaciones tanto por obligaciones laborales como economicas, esto se lo comunique a gestion humana quien me respondio que maximo me podrian pagar 6 dias de vacaciones, y no se si esto sea autonomia de la compañia o sea reglamentado y la verdad quisiera saber que puedo hacer. GRACIAS

  2. Robert dice:

    Cual debe ser el valor en dinero a compensar, cundo un empleado decide trabajar su periodo de vacaciones (ateniéndonos a la normatividad reciente ), y en su liquidación de vacaciones le resultan 21 días entre hábiles y no hábiles ? . ¿deben ser los mismos días que resultaron de su liquidación de vacaciones?

  3. edison dice:

    estare de acuerdo que se tengan encuenta como numero de dias mas o se cobren segun lo estipulado para horas extras y dias festivos laborados porque igual son vacaciones

  4. DIANIT RODRIGUEZ dice:

    En ese orden de ideas, si es necesario considerarlo un sobre sueldo, y por dende manejarlo como tal para los calculos de prestaciones sociales.

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