¿Quién elige el fondo de cesantías la que se afilia el empleado?

Nos consultan nuestros lectores quién elige el fondo de cesantías al que se debe afiliar a todo el trabajador.

La ley 50 de 1990, en el numeral 3 del  artículo 99, establece que será el trabajador quien deba elegir el fondo de cesantías al que se quiere afiliar, y el empleador deberá consignar allí las cesantías respectivas.

Se ha llegado a creer que al ser la empresa quien paga de su bolsillo el 100% de las cesantías, esta es quien debe elegir el fondo respectivo, lo cual no es cierto.

Es natural que las cesantías, al ser recursos del trabajador, este debe tener la facultad de elegir el fondo que personal e individualmente más le convenga.

No tiene sentido que la empresa elija el fondo, ya que este no se ve ni afectada ni beneficiada por ello, ya que el valor o porcentaje de cesantías no se puede negociar.

Distinto sucede por ejemplo con la cuenta bancaria en la que se consigna el sueldo de los trabajadores, que aunque no está permitido, la empresa suele imponer el banco, ya que tal decisión sí le reporta beneficios a la empresa, en la medida en que con el generante del banco se pueden negociar aspectos financieros que favorezcan a la empresa, si esta envía a todos su trabajadores al banco en cuestión.

06 / 06 / 2011

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6 Opiniones en “¿Quién elige el fondo de cesantías la que se afilia el empleado?”
  1. Adonias Suarez dice:

    buenas días, resulta que necesito mi historial de cesantías, llamé a la empresa que habia acordado en mi ultimo trabajo para que fueran consignadas, pero me dicen que no tengo nigún historial. ¿eso que quiere decir? jamas las consiganarón? y dos: la ultima empresa en la que elaboré , está en la obligación de darme tal información, en donde fuerón consginadas?.. gracias

  2. Lina dice:

    Hola me pueden ayudar por favor informándome cuál ley cubre al trabajador para que la empresa no le imponga el fondo y le respeten su decisión? y si la empresa no lo hace ante quien se puede reportar?

  3. Barreto_ co dice:

    Quisiera saber, ¿cuál es la norma que faculta al empleador para escoger el fondo de cesantías cuando el trabajador no lo hace?

  4. Diego Ortiz dice:

    Saludos,

    En cuanto al tema de las cesantias me gustaría saber lo siguiente:

    Que pasa si el empleado no reporta el fondo de cesantias al cual quiere que se le consignen las cesantias, que se puede hacer por que al igual el empleador esta obligado a pagar las cesantias antes del 15 de febrero.

  5. jose villa dice:

    Son muchas las empresas pertenecientes al llamado “Sindicato Antioqueño”. Una de esas empresas es PROTECCION S.A.,(eps, fondo de pensiones y de cesantías, arp). Los trabajadores que laboran en empresas pertenecientes a dicho “Sindicato empresarial”, no tienen otra alternativa que afiliarse a PROTECCION S.A.

  6. Rafael Dario Quiñones dice:

    Señores Gerencia.com
    Con base en La ley 50 de 1990, en el numeral 3 del artículo 99, ustedes tienen la razón, pero por lo general son las empresas las que elegimos el fondo de Cesantías donde anualmente se consigna este derecho, por la sencilla razón de que el monto monetario se hace una vez al año en convenio con un solo banco, que por lo general, es ó hace parte del grupo al que pertenece dicho fondo de Cesantías. Me explico: Llegado el tiempo de consignar las cesantías de todos los trabajadores (14 de febrero como último plazo), la empresa busca créditos flexible o con bajas tasas de intereses, o los mismos fondos ofrecen esos créditos recomendando los bancos que hacen parte del mismo grupo y entonces se hace un solo desembolso por todos los trabajadores dirigido por el banco al fondo de Cesantías al cual pertenece. Con base en esto entonces, la empresa solo elige un solo fondo de cesantías y no varios fondos a la vez. Una vez hecha la transacción, el empleado esta en toda la libertad para pasar los aportes a su fondo de preferencia. Gracias y feliz día.

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