Razones por las cuales la JCC ha sancionado a los Contadores Públicos
Veamos algunas razones por las cuales la Junta Central de Contadores ha sancionado a algunos Contadores Públicos por realizar actos que están prohibidos en el ejercicio de sus funciones.
- Estados Financieros sin estar certificados por el Contador Público
- Profesionales que han ejercido el cargo de Revisor Fiscal después de haber sido Contador Público en la misma empresa sin haber dejado transcurrir el termino en tiempo establecido por la ley.
- Retención de libros, Estados financieros o información de las empresas
- Presentar Estados Financieros diferentes en un mismo periodo (ocurre cuando por ejemplo se presenta un estado financiero del año 2011 a una entidad y por otro lado se presenta a otra entidad otro estado financiero con datos diferentes correspondiente al mismo periodo 2011).
- Certificación de Estados Financieros diferentes a la realidad financiera de la empresa
- Ejercer simultáneamente el cargo de Contador Público y Revisor fiscal en el mismo periodo y en la misma empresa.
- No prestar colaboración a las entidades gubernamentales cuando lo solicitan
- Abandono del cargo exponiendo a la empresa a riesgos injustificados
- Colaboración con el Representante Legal sobre actos delictivos
- Manejar inadecuadamente la contabilidad, además de no presentar los Estados Financieros en los tiempos estipulados, como tampoco impuestos o tener los libros oficiales desactualizados.
- Omisión de datos injustificadamente en los Estados Financieros y de irregularidades existentes en la empresa ante la Asamblea General.
- Omisión de presentación de informes a diferentes entidades teniendo la obligación de hacerlo.
- Revisores Fiscales que dictaminan Estados Financieros sin estar previamente certificados por el Contador Público.
- Apropiación indebida de dineros de la empresa
- Liquidación errónea de impuestos
- Omisión de informar a la administración sobre la no de presentación de algún impuesto o algún Estado Financiero Básico.
Analizando los casos expuestos por la JCC con los cuales se manifiesta que en ocasiones ocurren estos grandes inconvenientes se presentan por negligencia y son casos que ocurren muy repetitivamente sin tener conciencia de los daños que podemos estar ocasionando con nuestro tal modo de actuar.
21 / 03 / 2012


Buen día, mi consulta es que responsabilidad decae en el profesional por firmar balances sin Informé, es decir sin dictamen, solamente de los cuadros inventarios, anexos y notas. Es al solo efecto administrativo dicho trabajo, les agradecería que se me contestara a la brevedad en lo posible.
Qué tan común, o no, resulta ser esta radiografía de la realidad de la Contaduría Pública?