Reflexiones sobre la retención en la fuente

En razón a un documento publicado anteriormente sobre el concepto de retención, un usuario nos ha enviado una nota o comentario interesante en el que plantea algunas reflexiones sobre la retención en la fuente que son interesantes:

“Estoy de acuerdo con su explicación de la Retención en la Fuente sin embargo difiero de lo inapropiado de la medida en dos puntos:

1. Por qué es el que compra el bien el que tiene que hacer el trabajo al Estado de ir a pagarle los impuestos de la entidad que hace la venta?.

Mi respuesta es simple:

a. En este país de alta evasión, el que compra va a declarar la compra para aumentar el registro de los gastos en su PyG pero es improbable que el que venda declare.

b. Colombia es un país desorganizado, por lo que gasta antes de tener el ingreso, de esa manera nunca tiene ahorros para un año de sus operaciones.

De esta manera los que quieren hacer bien las cosas terminan cargando la ilegalidad del que vende y la desorganización del Estado.

Ustedes lo deben haber vivido muchas veces cuando van a comprar a nombre de su empresa y en el que vende no conocen con precisión el proceso de retención y/o le piden el RUT.

Esto no pasa en otros países y en realidad solo complica el proceso de compra venta.

2. La "fuente" es en el que en la transacción vende y son sus utilidades las que generan el impuesto a la renta y por ende la retención anticipada.

El Estado debe dejar de trasladar sus ineficiencias y cobrar esta retención al que vende y no al que compra, pero volvemos al punto Colombia es Colombia y para evitar la ilegalidad colocamos más trabajo al que quiere ser legal en vez de combatir la causa”. Javier Tamara

20 / 12 / 2010

Opinar o comentar

10 Opiniones en “Reflexiones sobre la retención en la fuente”
  1. Antonio8688 dice:

    Hola a todos. Mi inquietud es la siguiente: Un agente de retención que no la practicó estando obligado a hacerlo, ¿puede solicitar el pago o reintegro de dicha retención al sujeto de retención? ¿Qué documentos soportes debe adjuntar a la solicitud presentada para que proceda el pago, si éste es pertinente? Aclaro que en este caso, no existe un mayor valor retenido ni una retención indebida según los presupuestos establecidos en el Decreto 1189 de 1988. Agradezco a quien pueda darme luces sobre este asunto.

  2. anderson dice:

    URGENTISIMO
    soy estudiante de administracion y quiero que alguien sea tan amable de colaborme con un ejomplo simple de que es la retencion en la fuente, rteiva, y autorrtencion
    asi podre comprender mas facil estos comceptos

    • rafael dice:

      Anderson. lo que sucede es que las personas(naturales o jurídicas) que obtienen ganancias superiores a un tope dado por el gobierno o por alguna otra condición que la ley estipula, estan obligadas a declararle y pagarle al gobierno un impuesto llamado IMPUESTO DE RENTA. este impuesto es por cada año y se paga dentro de los seis primeros meses del año siguiente.Es decir, que el gobierno estaría recibiendo el impusto de renta del 2008 en el 2009. Para aselerar este recaudo, el gobierno implementa un mecanismo de recaudo anticipado del impuesto de Renta llamado Retención en la fuente. Cómo opera éste: La empresa al vender, espera recibir el dinero de su venta, en ese valor de la venta va inmersa su ganancia y esa ganancia es generadora del impuesto de Renta. El que compra que es quien tiene el dinero para pagar le retiene un porcentaje de lo que le debe pagar en la compra y se manda al gobierno al final del mes. Así las cosas, si la venta fue en enero de 2008, la retención le llega al gobierno al final del mes, este valor es del vendedor pero está en manos del gobierno. Cuando ese vendedor, finalizado el año va a presentar su declaración de renta le dice al gobierno “usted me tiene via retención en la fuente valores que corresponden a mi impuesto de Renta” entonces, si en el imopuesto de renta del año le da un valor a pagar de $500.000 y durante el año le retuvieron en sus ventas $200.000, le tocará pagar la diferencia, es decir,$300.000.
      Por lo anterior es que se dice que la Retención en la fuente no es un impuesto sino un recaudo anticipado del impuesto.

      Con relación a la retención en IVA: Como el gobierno se dio cuenta que el mecanísmo le resultó en renta, entonces lo implementó el IVA.

      Datos importantes.
      Quien compra es quien retiene, por que es quien va a pagar.Retenedor
      Quien vende es el retenido, es quien no recibe su plata completa pero no la pierde, solo la tiene en manos del gobierno mientras la crece con el valor a pagar en el impuesto.
      Con relación a loa Autorretenedores; si a una empresa le retienen en sus ventas, en grandes volumenes de venntas, las retenciones suman valores considerables que deja de recibir, cosa le puede reflejar disminución en su efectivo a capital de trabajo, entonces, las grandes empresas se convierten en auto rretenedoras, lo que quiere decir que por autorización de la DIAN, nadie les puede retener, la plata de sus ventas les llega completa y al final del mes ellas mismas se practican la retención y se las declara al gobierno.

      Espero haber ayudado en algo.

  3. Carol dice:

    Buenas Tardes, me encuentro con un contribuyente que pertenece al RComun, presenta todas sus declaraciones de IVA con fundamento en sus facturas, a el le practican las retenciones por servicios o venta de partes, asi mismo presenta su declaracion de renta y jamas tiene en cuenta estas retenciones que le han practicado, hasta el año gravable 2008 puesto que en el renglon “otras retenciones” llevo la cuantia que corresponde a las retenciones que se le practicaron, no conoce el motivo por el cual se le liquido esto, pero si aparece ante la Dian con un saldo a favor por retefuente. Gracias

  4. JORGE CASTRO dice:

    Cordial saludo
    si la empresa desde que empezo hace 4 meses no ha obtenido ningun ingreso y por lo cual no ha declarado ni iva ni retencion que implicaciones tiene? se debe pagar alguna multa. gracias.

  5. Maria Eucaris Rubio dice:

    Mi pregunta es la siguiente:
    En que casos puedo presentar la Retencion en la Fuente en cero (0)?

  6. marha dice:

    hola…mi pregunta es la siguiente: cuando hay un contrato con el estado, estos dineros es mejor manejarlos con una fiducia como persona natural o el dinero depositado alli pueden ellos darlo por perdido o dicen que no estan obligados a pagarlo…se que estas entidades estan sujetas a la vigilancia de la superintendencia bancaria…pero me gustaria tener mas seguridad al respecto.
    la empresa que tenemos es sociedad Ltada.

    gracias
    martha l.

  7. Angela María robayo dice:

    Buenos Días: tengo una duda con respecto ala retención en la fuente que le hacen a una empresa por cobro de gastos reembolsables.

  8. miguel antonio rincon c. dice:

    Seria importante, si es posible precisar el alcance de los decretos 3655 y 2271donde se modifican algunos procedimientos en materia de retencion en la fuente para trabajadores asalariados en independientes, formas de calcular sus bases objeto de retencion y como los independientes se podran beneficiar de estas normas. Igualmente y a raiz de la inconstitucionalidad de los decretos de emergencia eocnomica, como queda el aoprte del trabajador independiente a los sistemas de salud.

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