Régimen simplificado no es sinónimo de no declarante en renta

Pregunta:

Nos preguntan que si una persona que pertenece al régimen simplificado, está por el sólo hecho de pertenecer al régimen simplificado, exonerada de presentar declaración de renta.

Respuesta

Se tiene el concepto equivocado que toda persona perteneciente al régimen simplificado no está obligada a declarar renta. Pero resulta que no siempre el hecho de pertenecer al régimen simplificado significa que no se está en la obligación de declarar renta. En otras palabras, algunas personas que pertenecen al régimen simplificado deben declarar renta.

En primer lugar debemos tener claridad en el sentido que el régimen simplificado hace referencia exclusivamente al Impuesto sobre las ventas, y no tiene nada que ver con declarar o no renta. Lo que sucede, es que en algunos casos, por manejar topes similares, se suele asociar un concepto con el otro.

Existen unos requisitos para pertenecer al Régimen simplificado y existen unos requisitos para Personas naturales no obligadas a declarar renta.

Si analizamos detenidamente cada caso, podemos darnos cuenta que aunque casi todos los requisitos son similares tanto para pertenecer al régimen simplificado como para no estar obligado a declarar, existe un grupo de personas naturales que están en la obligación de declarar renta, que difieren mucho de del tope para pertenecer al régimen simplificado, cual es el de los trabajadores de menores ingresos, los que están contemplados en el artículo 592 del estatuto tributario.

Vemos que para pertenecer al régimen simplificado, en el año anterior se deben tener unos ingresos anuales inferiores a 4000 UVT, y en el caso de las personas de menores ingresos, para no declarar renta, en el año anterior se deben obtener ingresos inferiores a 1400 UVT.

En este caso, si una Persona natural comerciante, tiene ingresos de 3.000 Uvt,  pertenece al régimen amplificado y está en la obligación de declarar renta puesto que supera los 1400 Uvt de que habla el artículo 592 del estatuto tributario.

Recordemos que las personas de menores ingresos de que trata el artículo 592 del estatuto tributario, son aquellas que no soy ni asalariados ni trabajadores independientes, es decir, los comerciantes, los que tienen un almacén, taller, restaurante , locales arrendados, vehículo de transporte, etc.

Recordemos también, que cuando la norma se refiera que para no estar obligado a declarar renta, no se debe ser responsable del Impuesto a las ventas, debe entenderse que no se debe ser responsable del impuesto a las ventas perteneciente al Régimen común, puesto que el régimen simplificado es responsable del impuesto a las ventas pero no por eso se está obligado a declarar.

Es un hecho que un asalariado o un trabajador independiente que pertenecen al régimen simplificado nunca estarán obligados a declarar renta, pero si el contribuyente perteneciente al grupo de menores ingresos (Artículo 592 del estatuto tributario), y caso contrario, todo persona que pertenece al régimen común, debe necesariamente declarar renta, puesto que uno de los requisitos para no declarar renta, es precisamente no ser responsable del impuesto a las ventas (no ser régimen común).

Nota: Aunque los salarios no están sometidos al impuesto a las ventas, puede darse el caso que un asalariado pertenezca al régimen común o simplificado.

20 / 12 / 2010

Opinar o comentar

15 Opiniones en “Régimen simplificado no es sinónimo de no declarante en renta”
  1. susana garcia dice:

    trabajo en la salva cola y el total gravado es de 3252 puedo declarar renta

  2. Rocio dice:

    Solicito su asesoria en lo siguiente: a mediados de diciembre de 2012 se firmó promesa de compraventa por una vivienda. El comprador entregó una parte de $ al vendedor a la firma de la promesa, pero la escritura se firmó en el 2013 y se terminó de pagar el saldo en el 2013. Por qué años se declara renta?

    Agradezco su gentil atención.

  3. luisa dice:

    persona natural comerciante como maneja ventajas tributarias para este tipo de sociedad

  4. natalia cantor alvarez dice:

    Mi pregunta es la siguiente, por favor espero me ayuden tengo un almacen pequeño régimen simplificado que libros o como debo llevar la contabilidad y que obligaciones puedo tener? por favor ayúdenme tengo dos empleados pero no les pago sino la mitad del sueldo mínimo que clase de contrato y como debo manejarlos?

  5. jazmin dice:

    Si una persona natural es declarante, y un regimen comun contrata sus servicios se toma como regimen simplificado para aplicar iva teórico o como regimen comun y no se practicaria iva teorico???????

  6. Elizabeth dice:

    solicito el favor de responder a la siguiente inquietud. si se hace un registro ante la dian como una persona jurídica y en el rubro de las obligaciones tributarias no se especifican todas las obligaciones tributarias es valido que la dian reclame la presentación de todas las declaraciones de tributarias. ejemplo si en el rut de la persona jurídico no aparece que esté obligado a presentar la declaración de retención en la fuente. La dian puede obligarlo a presentar las declaraciones de todos los períodos que esten pendientes? asi no aparezca estipulado en el rut?

  7. JUAN DAVID PETRO dice:

    CUAL ES EL TOPE MENSUAL Q UNA PERSONA NATURAL TIENE Q PASAR PARA QUE LE TOQUE DECLARAR

  8. Clara m. dice:

    Alguien me puede orientar el cómo tramito u obtengo el tarjetón de régimen simplificado? me lo pide una cadena de tiendas a la cual yo le ofrezco mi product, mil gracias por su amable orientación

  9. jorege castro dice:

    Cordial saludo

    Tengo una pequeña empresa de confecciones en régimen simplificado. hace 15 días me llego un requerimiento que debía declarar impuesto de renta del 2008-2009. Pero yo no llevo contabilidad, no tengo digitada la información y las facturas que tenia las elimine. Que debo de hacer para poder presentar la declaración sino tengo ninguna información de esos años?
    Muchas gracias.

  10. Dario dice:

    ¿Todos los declarantes son contribuyentes?

    ¿Una declaraciòn presentada por un No contribuyente produce efectos legales?

    Por favor me pueden colaborar con estos dos interrogantes.

    Muchas gracias

  11. DIVA CALLEJAS dice:

    hace unos dias un cliente pasa su tarjeta para cancelar un servicio, mi negocio pertenece al regimen simplificado, la tarjeta es rechazada, el me dice tengo que colocar iva para que la acepte y que no hay ningun problema si se hace, yo acepto, la tarjeta es recibida. mi pregunta es ¿tiene alguna implicación ese procedimiento? que debo hacer?

  12. teresa dice:

    Quisiera saber si una persona natural no obligada a declarar renta lo hace por dos periodos seguidos y a la fecha no lo hace, tendra alguna implicacion legal con la Dian al respecto. Gracias

  13. EDGAR TRIANA dice:

    CREO QUE EL AUTOR DE ESTE ARTICULO SE EQUIVOCO POR LO SIGUIENTE. EN EL PARRAFO 7 DICE “…si una Persona natural comerciante, tiene ingresos de 3000 Uvt, no pertenece al régimen amplificado…” PARA MI CREO QUE SI PERTENECE AL REGIMEN SIMPLIFICADO, PUES EL MISMO AUTOR LO CITA EN EL PARRAFO 6 CUANDO DICE “Vemos que para pertenecer al régimen simplificado, en el año anterior se deben tener unos ingresos anuales inferiores a 4000 UVT…” Y 3000 UVT SON INFERIORES A 4000 UVT.

    FAVOR ACLARARME SI ESTOY EN ALGUN ERROR, GRACIAS

  14. maria luisa dice:

    me gustaria saber este caso enconcreto

    si un agricultor vende su finca en diciembre 10 del 2006 por $100 millones y suscribe la promesa de compra-venta, posteriormente en enero del 2007, firma la escritura publica y , finalmente en enero de 2008 recibe el total del dinero de la venta. con relacion a esta situacion.
    ¿ porque periodos gravables debe declarar?

    de antemano muchas gracias por la atencion prestada

  15. Maribel dice:

    Me gustaría que me dieran claridad sobre lo siguiente:

    Tal como se menciona en este artículo, el solo hecho de pertenecer al régimen común de IVA conlleva la obligación de declarar renta.

    Para el caso puntual en el que la persona perteneció a régimen común únicamente por dos periodos bimestrales, pero luego recuperó su calidad de régimen simplificado y terminó el año gravable como simplificado… está obligada a presentar declaración de renta? (cabe aclarar que no cumple con ningún otro criterio que lo obligue a declarar).

En Gerencie.com está permitido opinar, criticar, discutir, controvertir, disentir, etc. Lo que no está permitido es insultar o escribir palabras ofensivas o soeces. Si lo hace, su comentario será rechazado por el sistema o será eliminado por el administrador. Por último, trate de no escribir en mayúscula sostenida, resulta muy difícil leerle.