Requisitos para pertenecer al régimen simplificado en el 2011

Veamos a continuación cuáles son los requisitos que se deben cumplir para poder pertenecer al régimen simplificado en el año 2011.

Recordemos que sólo las personas naturales pueden pertenecer al régimen simplificado, y a la luz del artículo 499 del estatuto tributario, para pertenecer al régimen simplificado es preciso cumplir con todos y cada uno de los siguientes requisitos:

  • Qué en el 2010 sus ingresos gravados hubieren sido inferiores a 4.000 Uvt, esto es a $98.220.000.
  • Que se tenga como  máximo un establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio donde ejercen su actividad.
  • Que en el establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio no se desarrollen actividades bajo franquicia, concesión, regalía, autorización o cualquier otro sistema que implique la explotación de intangibles.
  • No ser usuario aduanero.
  • Que en el 2010 no haya celebrados contratos de venta de bienes o prestación de servicios gravados por un valor  individual  superior a 3.300 Uvt, es decir $81.032.000.
  • Que en el 2011 no celebre contratos de venta de bienes o prestación de servicios gravados por un valor  individual  superior a 3.300 Uvt, esto es $82,936.000.
  • Que en el 2010 el monto total de sus consignaciones bancarias no haya superado los 4.500 Uvt, es decir $110.498.000.
  • Que en el 2011 el monto total de sus consignaciones no supere el monto de 4.500 Uvt, esto es la suma de $113.094.000.

Recordemos que el Uvt para el 2010 tiene un valor de $24.555 y para el 2011 $25.132.

Importante resaltar que en el 2011, una persona que pertenezca al régimen simplificado y necesita firmar un contrato cuyo valor individual supere los 3.300 Uvt ($82.396.000), debe primer inscribirse en el régimen común.

No es necesario pasarse al régimen común  se firman dos contratos que sumados superen los 3.300 Uvt, puesto que la norma habla es que un solo contrato supere ese tope. Ahora, si es un solo contrato el que supera dicho tope, naturalmente que será necesario pasarse al régimen común.

27 / 12 / 2011

Opinar o comentar

58 Opiniones en “Requisitos para pertenecer al régimen simplificado en el 2011”
  1. marieta b dice:

    se va a crear un negocio de distribucion de hilo y el dueño quiere facturar si se inscribe en RS debe llevar la factura con resolucion de la dian o no

  2. Mario Roberto dice:

    ¿tiene algun reparo el monto del capital para pertenecer al regimen simplificado?

    Si mi cuenta de cobro no incuye el IVA el comprador tendrìa que pagarlo?

  3. Isabel O dice:

    Buenas tardes sres Gerencie
    Tengo 2 inquietudes
    1. Tengo entendido que el regimen simplificado no declara IVA el impuesto lo asume quien nos compra. para ser regimen Simplificado no importa el tipo de actividad?
    2. solo por el hecho de estar registrada como R.Simplificado puede vender sus productos sin IVA.

    Muchas gracias.

    Isabel

    • David Fernandez dice:

      Hola Isabel
      1- la actividad no importa el comprador lo asume y el RS no es responsable de declarar
      2- los productos pueden tener iva pero lo vendemos con si no lo tuviera osea no llevamos un cuenta de iva
      3- si estas estas interesada en asesoría para el RS me puedes escribir tenemos una empresa de asesorías al RS dsf_@hotmail.com

  4. Doris dice:

    Teniendo en cuenta que los contratistas de construccion facturan ellos facturar bajo la modadalidad de AIU Los costos y gastos que tienen los contratistas de construccion y que tengan IVA se deben contabilizar como un mayor costo o en una cuenta aparte en el PUC como IVA asumido

  5. NATIK dice:

    se requiere tener determinado patrimonio para pertencer al regimen simplificado…

    • David Fernandez dice:

      Patrimonio NO si tienes determinado patrimonio lo que debes de hacer es declarar anualmente como persona natural
      el RS es una clase de comerciante baja

  6. URUS dice:

    HOLA BUEN DIA, SOMOS TRES PRENDEDORES PEQUEÑOS Y ESTABAMOS VIENDO LA POSIBILIDAD DE CREAR UNA COOPERATIVA PARA´PODER REALIZAR COMPRAS DE MAYOR VOLUMEN DE MERCADERIA A FIN DE ABARATAR COSTOS,RUBRO CARPINTERIA DE ALUMINIOS. MI PREGUNTA ES… POFRE HACERLO EN EL REGIMEN SIMPLIFICADO? DIGO ESTO YA QUE SOLO SOMOS TRES LOS INTEGRANTES.
    DESDE YA AGRADESCO VUESTRA RESPUESTA.

    • David Fernandez dice:

      Hola Urus
      hay varias circunstancias si es una empresa de tres personas seria una sociedad y tendrian que registrarse al regimen comun, segundo si solo se registra una persona no podria comprar mas del tope permitido por la ley para el regimen simplificado, recuerde que cuando comprar es por que tienes ingresos y capital para comprar

  7. Cindy Diaz dice:

    Buenos días mi esposo trabaja como empleador y quiere comenzar su negocio como independiente que tiene que hacer para iniciar.
    Su negocio seria de servicios de trabajos en acero incluyendo mantenimientos.
    Por favor me ayudan gracias

    • David Fernandez dice:

      hola Cindy diaz
      mira para comenzar un negocio en Colombia hay dos formas iniciar como un régimen simplificado y como régimen común eso depende de que tan grande es su capital y pues hay explicación para cada uno

  8. esleire dice:

    ¿puedo tener dos negocios con regimen simplificado ?

  9. Gabriel Bohórquez dice:

    Si la retención IVA, se hace después de 27 UVT; Como contabilizo las compras hechas al regimén semplificado antes de estas?

    • David Fernandez dice:

      Hola Gabriel
      para efectos de retencion en la fuente por IVA debes realizar una retencion teorica del 8% tarifa general esto seria a la cuenta 2408 contra la 2367

  10. Óscar dice:

    Sres gerencie.com; no entiendo el concepto de usuario aduanero, te comento, quiero crear una empresa que distribuye partes de maquinaria pesada y pienso mantenerla en regimen simplificado hasta superar los 4000uvt necesarios para pasar a régimen común. En uno de los requisitos para no ser regimen simplificado dice que no puedo ser usuario aduanero. pregunto, compro en el exterior, pero uso un tercero que hace todos los tramites de envío y nacionalización(arancel + 16 de iva). En este caso, aplicaría para mi? tendría que obligatoriamente pertener a regimen comun así no supere los 400utv y la nacionalización la haga un tercero?

    gracias

    • David Fernandez dice:

      hola Oscar
      no es necesario que te pases al régimen común por el rubro de usuario aduanero por que tu como empresa no estas importando ni exportando lo hace un tercero que si es régimen común. En el caso que superes los 400 uvt Ya eres regimen comun recuerda que es en el instante de superados

  11. Óscar dice:

    Sres gerencie.com; no entiendo el concepto de usuario aduanero, te comento, quiero crear una empresa que distribuye partes de maquinaria pesada y pienso mantenerla en regimen simplificado hasta superar los 4000uvt necesarios para pasar a régimen común. En uno de los requisitos para no ser regimen simplificado dice que no puedo ser usuario aduanero. pregunto, compro en el exterior, pero uso un tercero que hace todos los tramites de envío y nacionalización(arancel + 16 de iva). En este caso, aplicaría para mi? tendría que obligatoriamente pertener a regimen comun así no supere los 400utv y la nacionalización la haga un tercero?

    gracias

  12. Oscar dice:

    Buena tarde, como se manejan las enmendaduras en el libro Fiscal, si me equivoque en una cifra como puedo corregirla.
    Gracias

    • David Fernandez dice:

      Hola oscar
      solo puedes trasar dos lineas anulando la hoja le escribes el motivo por el cual la esta anulando la firmas y pasas la informacion a una nueva hoja procura no hacerlo mucho

  13. roque dice:

    Buen dia, tengo una pregunta pertenezco al regimen comun pero mis ventas son a credito, como tengo que hacer para poder declarar el IVA?, ya que yo el dinero de las ventas los recibo a largo plazo, hay clientes que me pagan la mercancia en 18 y 20 meses.
    Agradeciendo su repuesta:

    • David Fernandez dice:

      buen día Roque
      la ley es clara no importa que vendas a credito o no debes declarar y cancelar el iva cada bimestre, la contabilidad es de causacion y la venta se causa así el dinero no entre

  14. Fernando dice:

    Buen día, si perteneciendo a regimen simplificado percibi ingresos frutos de actividad comercial y ademas laboro como asalariado debo presentar declaración de renta sumando ambos ingresos o solo por los ingresos de la actividad comercial?.

    • David Fernandez dice:

      Buen dia fernando
      claro debes sumar los dos ingresos y colocarlos en las casilla respectivas de cada ingreso en la declaración de renta.

  15. MARTIN COUTIN dice:

    interesante informacion para pequeñas empresas

  16. gomezgav dice:

    Señores gerencie.com; si las consignaciones del año anterior superaron el tope de 4500 UVT, pero algunas de estas no eran precísamente dirigidas hacia el titular de la cuenta, (es decir correspondían a una tercera persona a la cual se le prestó la cuenta para que recibiera dinero), puede haber inconvenientes para permanecer en régimen simplificado?

    saludos

    • Gerónimo dice:

      Hola señor Gómez:
      El banco va a reportar a la DIAN los montos depositados durante el año de manera consolidada, en cabeza del propietario de la cuenta, es decir, indistintamente quién depositó o para quien es esa cantidad.
      Sin duda habría inconveniente y no debería permanecer en el régimen simplificado y estaría obligado a presentar su Declaración de Renta por el año gravable 2010.
      Por supuesto en el renglón especifico del formulario, tendría que reportar el monto consolidado a nombre del tercero.

  17. Liliana dice:

    Buen día, me gustaría que me aclararan una duda al respecto con los comerciantes del Régimen simplificado. De acuerdo con el artículo 616 del Estatuto Tributario dice que estos deben llevar el libro fiscal de operaciones.. mi pregunta es la siguiente, éste libro se debe registrar tambien ante la Cámara de Comercio?

    Muchas gracias

    Liliana

    • Gerónimo dice:

      Hola Liliana:
      No es necesario que registres el libro en la Cámara de Comercio.
      Lo que si es importante, es que debe ser llevado con cuidado, los totales por día deben estar debidamente soportados, evitar tachones y enmendaduras.

  18. pedro pinto dice:

    Que la empresa tenga un solo propietario y que dicho propietario sea persona natural, ¿ya no son requisitos para régimen simplificado? Gracias.Pedro.

  19. Yamile Ortiz dice:

    Señores Gerencie.com por favor me indican que requisitos debo cumplir para pasar del regimen comun al simplificado, ya hace tres años no recibo los ingresos estipulados para pertenecer al regímen comun. Gracias. Yamile

  20. Ana dice:

    Señores Gerencia.com, en relación al parrafo “No es necesario pasarse … que superan dicho tope, naturalmente que será necesario pasarse al régimen común.” Al principio dice que no se debe pasar y al final que si se debe pasar al regimen comun cuando son dos o más??. Seria cuando dos o mas supereren 4.000 uvts?. Les agradezco la Aclaración

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