Reserva legal o estatutaria se calcula después de impuestos
La reserva legal o las reservas estatutarias, se calculan sobre la utilidad después de impuestos.
El artículo 452 del código de comercia, señala que en el caso de la sociedades anónimas, la reserva legal debe ser del 10% sobre las utilidades líquidas.
Si la reserva se calcula sobre la utilidad líquida, debemos dilucidar si ésta es antes o después de impuestos.
Aunque a simple vista resulta obvio que la utilidad líquida es la resultante una vez se restan los impuestos, es importante hacer algunas precisiones para llegar a esa conclusión.
La estructura del estado de resultados es por lo general al siguiente:
Utilidad
(-) Impuestos
(-) Utilidad a distribuir
En realidad la estructura no debería ser así por cuanto los impuestos corresponden al gasto, más exactamente la cuenta 54, de modo que los impuestos deberían estar reflejados antes de la utilidad, ya que la utilidad es el resultado de restar a los ingresos, los gastos y costos.
El impuesto es un gasto, y considerando que el gasto se detrae de los ingresos para hallar la utilidad, el impuesto no debería estar reflejado después de la utilidad, lo que ha llevado a causar cierta confusión sobre si la reserva legal se debe calcular antes o después de los impuestos.
Resulta obvio que si el impuesto de renta es un gasto, y la reserva legal es una cuenta patrimonial, esta última se calculará una vez se hayan detraído de los ingresos todos los costos y gastos, incluido el impuesto de renta.


para los que lean esto comercio es lo mejor
por favor si me podrian ayudar con un ejercicio para calcular la reserva legal y reserva estatutatia
dime de que se trata
Tengo una inquietud con respecto a la Reserva Legal. Esta debe contabilizarse al cierre del año o despues de que la asamblea se haya reunido al año siguiente?. Gracias
mira esta reserva mas que todo trata sobre giros a bancos