Responsabilidades del revisor fiscal

Se han recibido continuas inquietudes de nuestros usuarios referentes a las responsabilidades que puede tener un revisor fiscal en una empresa en la que se presentan irregularidades de diferente índole.

Respecto a las responsabilidades del revisor fiscal, el código de comercio en su artículo 211 contempla que:

El revisor fiscal responderá de los perjuicios que ocasione a la sociedad, a sus asociados o a terceros, por negligencia o dolo en el cumplimiento de sus funciones.

Por su parte, el artículo 212 del mismo código expresa:

El revisor fiscal que, a sabiendas, autorice balances con inexactitudes graves, o rinda a la asamblea o a la junta de socios informes con tales inexactitudes, incurrirá en las sanciones previstas en el Código Penal para la falsedad en documentos privados, más la interdicción temporal o definitiva para ejercer el cargo de revisor.

Es función de todo revisor fiscal cerciorarse que los actos y operaciones desarrolladas por la empresa, se ajusten a lo establecido por los estatutos y mandamientos de la asamblea general de accionistas y junta directiva, los que a su vez deben estar ajustados a la ley. Entre las funciones del revisor fiscal, está también verificar que la empresa cumpla con las obligaciones de esta con las diferentes entidades del estado que las vigilan, lo que implica estar al tanto del cumplimiento de obligaciones formales y sustanciales en lo relativo a impuestos, el deber de reportar información que las entidades vigilantes soliciten, etc.

Si en una empresa se comenten irregularidades, es natural que el revisor fiscal tiene la obligación de tomar las medidas y diseñar los mecanismos que le permitan identificar dichas irregularidades, por lo que en primer lugar el revisor es responsable de advertir tales anomalías, y en consecuencia será responsable si no implementa los mecanismos adecuados de control y vigilancia encaminados a detectar hechos y situaciones irregulares.

Hemos visto ya que el revisor fiscal deberá responder por los perjuicios que cause a terceros, como el estado y particulares, a la sociedad y a los mismos socios, por el incumplimiento de sus funciones, ya sea por negligencia [culpa] o por dolo [consentimiento], lo que a su vez puede implicar una responsabilidad disciplinaria, civil o penal.

Es casi imposible que el revisor fiscal pueda impedir que se cometan irregularidades, pero se supone que si el revisor fiscal cumple a cabalidad con sus funciones, las irregularidades que se puedan cometer serán puestas el descubierto.

La responsabilidad del revisor fiscal llega hasta el momento en que descubra y reporte las irregularidades a los organismos competentes, de modo que si la sociedad, a pesar de que el revisor fiscal le ha reportado la existencia de las irregularidades siguen incurriendo en las mismas, el revisor fiscal no debe tener responsabilidad ninguna porque sus funciones no van mas allá de identificar fallas y sugerir correctivos, mas no el de tomar decisiones, así que una vez identificada y reportada la irregularidad, la responsabilidad de seguir incurriendo en la misma irregularidad corresponderá exclusivamente a la sociedad y a quienes hayan tomado tales decisiones.

Como el revisor fiscal no tiene facultad para tomar decisiones y así cambiar las situaciones irregulares, lo que DEBE hacer es reportar, informar esas irregularidades acompañadas de posibles correctivos. Si las irregularidades no son informadas a quien corresponda, el revisor fiscal seguirá siendo responsable por las irregularidades presentadas y las consecuencias en que estas puedan derivar.

Si el revisor fiscal quiere exonerarse de las responsabilidades por los actos irregulares por el detectados, además de informarlos, debe conservar la prueba de que ha reportado y que ha hecho todo lo posible para que la empresa tome los correctivos necesarios.

Lo que el revisor fiscal NUNCA debe hacer es hacerse el de la vista gorda ante las irregularidades detectadas, y MENOS firmar un balance, declaración o certificación a sabiendas que esta sustentado en información incorrecta o fraudulenta.

En el caso de irregularidades presentadas en tiempos en los que el revisor fiscal no trabajaba para la sociedad, es obligación del revisor hacer un diagnostico de la empresa para identificar las consecuencias de esas irregularidades, además de identificar si s siguen o no presentando.

La responsabilidad de las irregularidades presentadas en tiempos anteriores, naturalmente no lo son del nuevo revisor fiscal, sino del que lo era en el momento de la ocurrencia de los hechos irregulares, circunstancia que no exonera de la obligación al nuevo revisor fiscal de hacer una evaluación de la situación actual de la sociedad.

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Publicado el día 29 de Agosto de 2008 a las 5:55.AM.
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Comentarios

5 Opiniones to “Responsabilidades del revisor fiscal”
  1. Amparo Avendaño Cardona dice:

    Buenos dias: Me parecio exelente el informe presentado por ustedes, megustaria saber quien vigila a las Administradoras, Consejos de Administración y Revisor Fiscal, cuando aceptan malos trabajos, es el caso que nos ocupa con estas personas ya que en asamblea se autorizo hacer una nueva caseta de entrada y la recibieron en pesimas condiciones. Les agradezco me informen pues el Revisor Fiscal esta enmangualado con la Administración y el Consejo de Administración es una groseria lo que construyeron. Donde puedo o ante que entidad me puedo quejar mil gracias y reciban un cordial y atento saludo.

    Amparo Avendaño Cardona

  2. jose manuel masmela navas dice:

    con respecto a las obligaciones me parece muy buena la publicacion me gustaria saber si el revisor fiscal se puede salir de la parte contable y meter en temas del conjunto que no tienen que ver con dineros como son dar a conocer temas del consejo de administracion a residentes diferentes del mismo consejo aludiendo que fue la asamblea quien lo elijio y cualquier persona del conjunto lo puede abordar para preguntarle

  3. Maria Cristina Alvarez dice:

    Por favor hacer claridad en lo siguiente: Soy la revisor fiscal del acueducto de una vereda en Subachoque, tengo el siguiente problema, desde el dia 21 de octubre, se le comunico al presidente de la junta que para finales de octubre o principios de noviembre seria posible presentar a la Asamblea de Usuarios el informe de estado financiero de la Asociacion, en estos dias descubri una nueva anomalia con la planta de puerificacion dle agua y queria hacer la reunion extraordinaria para el 12 de diciembre, negandose hacerla, fuera de la comunicacion del mes de octubre el dia 25 de noveimbre les pase una comunicacion y verbalmente les dije que convocaran a reunion extraordinaria para le 12 de diciembre y el 26 se los puse por escrito, se que a ellos no les convien que yo haga la reunion hsta que no arreglen las cosas malas que estan haciendo con la planta , en nuestros estatutos dice que el preidente convocara a reuniones tanto extraordinarias como Asambleas ordinarias, hay muchas inconcistecias tanto en las cuantas como en la contratacion de la planta, `pues ellos duraron sin Revisor Fiscal mas de sies meses y en ese tiempo ellos tomaron la decision de contratr la plnata de tratamiento, en los estatusos dice que el presidente solo puede contratar hasta 6 salarios minimos y la planta costo $22.000.000 , les pido el favor me digan que debo hacer pues me siento maniatada y no quiero dejar pasar mas tiempo si decirle a la comunidad todas estas cosas.

    Agradezco toda la colaboracion prestada la verdad me siento mal tanto con las cuentas como con lo de la planta de tratamiento.

    En espera de sus cometarios

    Cordial Saludo.

    Maria Cristina Alvarez

  4. PATRICIA HERNANDEZ V dice:

    SOLICITO DARME RESPUESTA,EL REVISOR FISCAL FUE ELEGIDO POR LA ASAMBLEA GENERAL EL RENUNCIO EN NOVIEMBRE, FALTANDO 4 MESES PARA LA PROXIMA ASAMBLEA NO TENEMOS REMPLAZO Y HEMOS PUBLICADO QUE NECESITAMOS REVISOR PERO NO HEMOS CONSEGUIDO YA QUE EL CONJUNTO SOLO PAGA ~150.000 MENSUALES,LLAMAMOS AL ANTERIOR RV Y DICE QUE LA LEY NO LO OBLIGA A SEGUIR, EL NO LE HA RENUNCUIADO A LA ASAMBLEA SOLO AL ADMINISTRADOR Y CONSEJO DE ADMINISTRACION, Y LE ACLARAMOS QUE DEBIA RENUNCIAR ANTE LA ASAMBLEA GENERAL QUE FUE LA QUE LO ELIGIO. PODEMOS OBLIGARLE DE ALGUNA MANERA QUE FIRME EL INFORME A DICIEMBRE 31 POR SALVEDA, GRACIAS.

  5. viviana dice:

    quiero saber si el revisor fiscal tiene una relacion con la no conformidades de la nomina, expliquenme por favor

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