Retenci贸n en la fuente en contrataci贸n de personal por servicios

Más infomación sobre: ,

Zona de discusi贸n

Consulta

La inquietud que tengo es acerca de todo lo relacionado a la retenci贸n en la fuente, ya que soy persona natural y tengo una empresa mediana de mantenimiento industrial, soy r茅gimen com煤n, seg煤n mi contador聽 mensualmente yo paso el recibo de retenci贸n en la fuente en cero debido a que no hago compras al r茅gimen simplificado, y no hago retenciones de ninguna clase.

A los se帽ores que laboran conmigo que son cinco聽 o a veces seis sus salarios se encuentran dentro de los $ 850.000 mensuales, ellos trabajan con un contrato de prestaci贸n de servicios por labor contratada, quisiera saber si a estos salarios ajustan retenci贸n y por qu茅

Nuestra opini贸n

En primer lugar es importante que revise su figura de contrataci贸n de personal, puesto que es posible que el contrato de servicios no sea el m谩s adecuado.

Para ello le invitamos a consultar los siguientes documentos:

Respecto a su obligaci贸n como agente de retenci贸n, planteamos las siguientes consideraciones:

Las personas naturales son agentes de retenci贸n siempre y cuando cumplan con los requisitos del art铆culo 368-2 [Consular: Agentes de retenci贸n], situaci贸n que no parece ser la suya, por tanto no estar铆a obligado a retener.

Las personas naturales que no son agentes de retenci贸n por no cumplir con los presupuestos legales para serlo, pero que son responsables del r茅gimen com煤n, se convierten en agentes de retenci贸n en la media que realicen compras o pagos a responsables del r茅gimen simplificado, caso en el cual deben asumir el Iva te贸rico mediante el mecanismo de retenci贸n en la fuente [Consultar: Tratamiento tributario del Iva asumido al r茅gimen simplificado].

En el caso particular planteado en la consulta, se est谩 contratando a una persona mediante un contrato de prestaci贸n de servicios, servicio que se encuentra gravado con el Iva, y si las personas que se tienen vinculadas pertenecen al r茅gimen simplificado, se deber谩 asumir mediante el mecanismo de retenci贸n en la fuente, lo cual parece que no se est谩 realizando.

Por expresa disposici贸n del articulo del decreto 1372 de 1992, los ingresos laborales no est谩n gravados con el Iva, pero en el caso planteado no existen ingresos laborales ni salarios, puesto que esos son propios de un contrato laboral, pero lo que existe es un contrato de servicio, y en este caso esos ingresos no est谩n excluidos del impuesto a las ventas, lo cual obliga a que el responsable del r茅gimen com煤n que recurra a esta figura de contrataci贸n deba asumir el Iva correspondiente.

Complemente consultando los siguientes documentos:

Consulte más información sobre: ,

¿No encontró lo que busca? ¡Utilice el buscador!


Documento anterior: Correcci贸n de declaraciones presentadas antes de su vencimiento
Documento siguiente: Cualidades de la informaci贸n contable

Opiniones





Bottom