Retención en la fuente por honorarios se puede aplicar aunque el sujeto a retención no sea profesional
La gente pregunta y Gerencie.com responde
Consulta
Contrato a un técnico en electrónica y telecomunicaciones para que realice en mí empresa una capacitación al personal, en el manejo y configuración del software de administración y tarificador de llamadas.
La retención que le debo practicar es:
¿A título de servicios del 6%?
¿O de Honorarios del 10%?
Nuestra opinión
Para saber que tarifa de retención se debe aplicar, es preciso determinar si el servicio contratado se puede calificar como honorarios o es un simple servicio.
Es generalizada la creencia que siempre que el servicio sea prestado por una persona con título profesional se debe calificar como honorarios, y caso contrario, cuando el servicio es prestado por alguien que no ostenta un título profesional, se califica como servicio.
Aunque en principio se podría interpretar de esa forma, no siempre sucede así, puesto que un profesional puede prestar un servicio que no se pueda calificar como honorarios, y una persona sin ser profesional, perfectamente puede prestar un servicio que se debe calificar como honorarios.
Esto quiere decir que a la hora de identificar si el servicio contratado es un honorario o un servicio, se debe tener en cuenta la definición de cada uno independientemente de la calidad de quien lo presta.
Es así como la Dian en concepto 060278 de junio 23 de 2000 expresó que:
-Honorarios. Son los ingresos percibidos en dinero o en especie en desarrollo de una labor en donde el factor intelectual es determinante, y que se ejecute sin subordinación. Esta forma de pago es característica en la prestación de servicios profesionales, técnicos, etc.,…
-Servicios. Son los ingresos que se recibe por la prestación de un servicio, en donde no predomina el ejercicio intelectual. Medir, pesar, colocar y remover materiales, son ejemplos de este concepto…
En este orden de ideas, lo que se tiene que decir es si para la prestación del servicio predomina o no el factor intelectual.
En el caso concreto de la consulta, el servicio tiene como objetivo la capacitación de personal en el manejo de un software. Evidentemente, para desarrollar esta actividad se requiere de un amplio conocimiento del software, sus componentes y funcionamiento, lo que permite concluir que el factor intelectual predomina sobre el manual o material.
En la capacitación de personal sobre el manejo de un software, lo que se hace es transmitir un conocimiento a un público, lo cual no tiene nada de material, técnico o manual, es puro intelecto lo que compone la prestación del servicio.
Así las cosas, la tarifa que se debe aplicar es la de honorarios, que bien puede ser del 10% o del 11%.
Respecto a los elementos que se deben analizar para determinar cual de las dos tarifas se debe aplicar en los honorarios, lo invitamos a consultar el documento “Retención en la fuente por honorarios”


BUENAS TARDES! SOY MEDICO ESPECILISTA, CONTRATO CIVIL PRESTACION DE SERVICIOS. GANO UNOS 12648000 MENSUALES. MI UNICA DEDUCCION EN LA SEGRUIDAD SOCIAL (25.8% DEL 40% DEL SALARIO)
CUANTO DEBO PAGAR POR RETEFUENTE SEGUN EL NUEVO SISTEMA? ANTES PAGABA UN 10%.
MUCHAS GRACIAS!!
si utliza insumos o maquinas especializadas, debe seguir con la retefuente oridinaria, solo sube al 11%, según el ingreso anual.
buenas noches
mi pregunta es: yo estoy hace 2 meses trabajando para un señor me paga 500.000 mensuales trabajo de 8 a 12 y de 2 a 6 pm.
en los pagos realizados yo no le presento cuenta de cobro, ni tampoco le firmo recibos.
al dia de hoy me exigen cuenta de cobro y recibo de los pagos, a mi me retienen retefuente o no pueden ? se como hacer cuenta de cobro pero como haria el comprobante de pago de los 2 meses? debo presentar rut y si me retienen me retienen por honorarios o por servicio soy auxiliar contable
en espera de una respuesta
de antemano le agradezco la colaboración
luz
Tengo entendido que las iglsias son entidades sin animo de lucro, estan excentas de declarar renta en el caso de los servicios por ejemplo el arriendo de una bodega la iglesia esta obligada a realizar algun tipo de retenciòn al arrendador?
soy medico rural y trabajo en una clinica privada no por contrato sino por horas y me descuentan el 10% de honorarios medicos, pero yo no entrego factura , esta bien me descuenten eso…
A los auxilios de que trata el Rubro 510545 del PUC tales como auxilio para alimentacion , auxilio de trasnporte , auxilio para estudio etc.entregados en forma permanente a la Junta Directiva y Asesores Juridicos , contables y administrativos , se les debe hacer algun tipo de retención en la fuente ? Gracias y Feliz año 2012.
Buenas tardes
Mi pregunta es si al SERVICIO DE MODELAJE le debemos practicar retencion en la fuente por HONORARIOS o por SERVICIOS?
Mi pregunta es la siguiente:
A un Administrador de un conjunto de propiedad horizontal, se le debe pagar por prestación de servicios o por honorarios?. Gracias
cuando hay saldo a favor en declaracion de iva., este valor lo puedo descontar directamente en la p´roxima declaracion, o tengo antes q soclitar devolución a la DIAN
tengo una contrato laboral, sobre el la empresa realiza mis respectivos dsctos y aprtes al sistema de seguridad social, si tengo ahora mismo un contrato por prestación de servicios, tengo q sobre lo recibido en este contrato aportar al sistema de seguridad social?
Hola, mi inquietud es la siguiente: actualmente tengo un contrato de servicios firmado con una entidad del estado de mi municipio, el objeto del contrato es la digitación de datos, el año pasado me estaban reteniendo el 6% por concepto de servicios y este año en el primer pago que me efectuaron este mes me descontaron el 10%.
De acuerdo a lo expuesto en lineas anteriores tengo estas preguntas concretas:
1. El servicio de digitación está tipificado como Servicios Profesionales y si no es así cual es el Articulo del ET o norma que lo reglamenta
2. A quien debo solicitar la devolución del valor en exceso que me descontaron por retención al contratante o a la DIAN?
Hola mi inquietud es, si una empresa del regimen comun, por el concepto de dictar un congreso en mto prevntivo y predicto de cierta area espcifica.este concepto es sujeto de retencion en la fuente y que tarifa se aplica.
atn. jorge luis gonzlez martinez
hola buenos Dias
mi consulta es la siguiente, yo tengo un contrato de prestacion de servicio tecnico( soy digitador) y mis funciones es de digitar declaraciones de ind. y cio. que los declarantes presentan al estado encargado de cobrar dichos impuestos.
cuando yo realizo el cobro por prestacion de servicios tecnicos a mi me descuentan en retefuente el 10%, aparte de estampilla univ. de cartagena 1%, sobretasa deportiva 2%, años dorados1%, ica 8.000 x 1.000, y no entiendo el por que si mi actividad es mecanica, de transcribir informacion que presenta los declarantes a un computador. me deberian descontar en retefuente el 6% y no el 10%
efectivamente, solo te deben descontar el 6% siempre y cuando tu cuenta de cobro digas servicio de digitacion de datos. porque si colocas otra clase de servico si lo pueden catalogar como honorario, desde que la cuenta este clara puedes solicitar que te reintegren lo que te han descontado en exceso, y estan en la obligacioon de hacerlo.