Retención en la fuente por servicios en el 2009
En el año 2009, la retención en la fuente por servicios se aplicará a partir de $95.000.
Siempre que el valor del servicio sin incluir el Iva sea igual o superior a $95.000, se aplicará la retención por servicios que puede ser del 4% o del 6% según corresponda. Ver: Tarifas de retención diferenciales en servicios y honorarios.
Recordemos que la retención en la fuente por servicios se aplica cuando el pago es igual o superior a 4 Uvt, y considerando que para el 2009 el Uvt tiene un valor de $23.763, tenemos que 4x23.763 = 95.052, que aproximado a la unidad de mil más cercano, nos da $95.000.
Este tope se aplica tanto en la retención en la fuente a título de renta como en la retención en la fuente a título de Iva, mecanismo que también se utiliza cuando los responsables del régimen común adquieren servicios gravados a los responsables del régimen simplificado.


como contratista para un municipio en la prestacion de un servicio de raciones servidas como desayuno, almuerzo y comida, desde que tope o valor debo cancelar la retencion en la fuente a la DIAN ta que yo compro los productos necesarios para la elaboracion de estos platos en los sitios requeridos para cada cosa(supermercados o tiendas) o se les hace la retencion correspodiente y se deposita en el banco a nombre de la DIAN. les agradesco si existe un curso o asesoria para estos temas y asi evitar multas o problemas de orden juridico. atte Cristobal Umaña Ovalle
saludos y felicito a todo el equipo de gerencie.com, una excelente herramienta de apoyo.
deseandoles una feliz navidad y prospero año.
una pregunta somos una Ong`s ¿ si realizamos un contrato de prestacion de servicios profesionales y dentro de el incluyo un pago,por transporte, implementacion y otros gastos que incurrira el contratista, se le realizara retencion en la fuente a el valor total del contrato o solo al concepto de su honorario, o a cada uno de los conceptos segun tabla de rtencion?
muchas gracias por su colaboracion y respuesta y continuen con esa gran labor.
necesito saber si en un pago por servicios a un regimen especial se le practica retefuente, reteiva y reteica
necesito saber si en un pago de fletes a regimen simplificado el cual supera la base de retencion se le debe practicar retencion en la fuente, siendo yo grancontribuyente
MIS PREGUNTA SON: DEBO PRACTICAR RETENCION Y DECLARAR POR RECIBIR EL ARRIENDO DE UN LOCAL DONDE FUNCIONA UNA DROGUERÍA Y CUYO MONTO ES DE $225.000. LAS RESPONSABILIDADES DE MI EMPRESA SEGÚN EL RUT ES: INGRESOS Y PATRIMONIO, RETENCIÓN EN LA FUENTE A TITULO DE RENTA?
- TENGO LA DUDA CON RESPECTO AL PAGO POR EMOLUMENOS ECLESIÁSTICOS, SE QUE ES EL 3.5% PERO ES CUANDO EL PAGO MENSUAL SOBREPASA LOS 642.000 O AL AÑO?
Y SI ES CUANDO SUPERA LOS 642.000 EN EL AÑO DEBO DECLARAR Y PAGAR EN ENERO DEL 2010 LAS RETENCIONES PRACTICADAS O SE DEBEN IR PRESENTANDO EN FORMA MENSUAL. PARA EL CASO QUE EXPONGO EL PAGO MENSUAL POR EMOLUMENTOS ES DE $150.000,
GRACIAS POR LA ORIENTACIÓN Y COLABORACIÓN QUE ME PUEDAN BRINDAR
Por favor
cúal e la retención en la fuente a aplicar sobre un contrato de prestación de servicios en grúas (para movilizar carros)… se aplica el de fletes? se aplica de servicios? se aplica otra diferente?
muchas gracias por su atención y respuesta
UN FAVOR CUANDO ES MANEJO Y CONTROL DE ARCHIVO QUE RETENCION DEBO APLICAR GRACIAS
buenas tardes
una pregunta si un producto esta excluido del iva y pasa de los 642000. esta factura se le aplica retencion en la fuente? y que tarifa
gracias
Buenas tardes, mi pregunta radica en que % de retencion en la fuente se debe aplicar una persona que esta con un contrato por prestacion de servicios el cual es administrador de empresas??
gracias.
Buena tarde…
Con el ánimo de orientarle…
“mi pregunta radica en que % de retencion en la fuente se debe aplicar una persona que esta con un contrato por prestacion de servicios el cual es administrador de empresas??
Como lo afirma, prevalece contrato de prestación de servicios, si es desarrollada la labor o función por un profesional y se le va a cancelar a él por el servicio (no a una empresa) [ver RUT del beneficiario del pago], debe ser la retención del 10%, salvo que puede ser administrador de empresas pero la función es mas operativa que científica, podría analizarse el hecho de retenerle el 6% si no es declarante o 4% si lo fuere.
Recomiendo consultar el ET en sus apartes de Retención en la Fuente: Libro Segundo, Artículo 365 y siguientes.
Buen estudio.
Buenos dias. No ha sido posible encontrar una tabla que me indique los % que se cobran por los difentes conceptos del IVA.
Mi pregunta radica en que no se que % cobrar por el servicio de administrar un conjunto residencial, ya que soy una persona juridica y por supuesto regimen comun. ¿No existe una tabla por todos estos conceptos? Pero del IVA y no de Rete fuente.
Buen dia, con el ánimo de orientarlo… le comento con respecto a:
1.No ha sido posible encontrar una tabla que me indique los % que se cobran por los difentes conceptos del IVA.
“Eso está en el Estatuto Tributario, Libro Tercero, como Tablas de Productos y Servicios Excluidos y Exentos, artículo 420 y siguientes, lo que no esta ahi se considera Gravable, por tanto la mayoría son de Tarifa General: 16%, salvo que corresponda a una tarifa diferencial.”
Mi pregunta radica en que no se que % cobrar por el servicio de administrar un conjunto residencial, ya que soy una persona juridica y por supuesto regimen comun.
“A esto, usted calcule el precio que cubra sus costos y gastos, adicionando una utilidad por servicio, el total será la base para generar el iva correspondiente.”
¿No existe una tabla por todos estos conceptos? Pero del IVA y no de Rete fuente.
Espero haberle colaborado con su orientación requerida.
Cuales son los porcentajes a cobrar por contrato de prestación de servicios. Se dice del 10% por retención y 6.9% del ICA, es Así?
Muy buenos días, mi interrogante radica esencialmente en el concepto de prestación de servicios para la fuerza de ventas, por favor me indica, Es posible contratar personas para desarrollar esta actividad únicamente pagar con comisiones, y al llegar a determinada cuota mínima en ventas establecer un salario aproximadamente de $650.000. Esto es posible teniendo en cuenta la normatividad Colombiana. Muchas Gracias.
Hola quisiera saber cuál es el tope máximo de retención para éste año, gracias !
Buen dia
Yeison
Tal cual como planteas la pregunta:
NO hay TOPE MÁXIMO.
Muchas gracias por todas las informaciones publicadas y las herramientas facilitadas hasta ahora, espero poder contar con tan valioso servicio.
Hay un lapsus de texto…
“y considerando que para el 2009 el Uva tiene un valor de
$27.763(ESTE),
tenemos que 4×23.763 = 95.052,”
Sin otro particular.
Siempre agradecido.