Retención en la fuente

Retención en la fuente aplicable en el año 2012. Consulte: Tabla de retención 2013

Concpeto general de retención en la fuente

Contrario el concepto popular, la retención en la fuente no es ningún impuesto, sino que es el simple cobro anticipado de un impuesto, que bien puede ser el impuesto de renta, a las ventas o de industria y comercio.

La retención en la fuente por ser un pago anticipado de un impuesto, ésta se puede descontar en la respectiva declaración, ya sea de Iva, de Renta o de Ica.

La retención en la fuente comprende elementos como el sujeto pasivo, que es la persona a la que se le debe retener, el agente de retención que es la persona obligada a practicar la retención, el concepto de retención que es el hecho económico que se realiza y está sometido a retención, la tarifa que es el porcentaje que se aplica a la base de retención, y la base de retención es el valor o monto sujeto a retención.

La retención en la fuente es diferente para cada impuesto.

Existe la retención en la fuente por renta, la retención en la fuente por Iva o mas conocida como reteiva y la retención en la fuente por Ica, también conocida como reteica

A veces se suele aplicar de forma generalizada el concepto de retención en la fuente al impuesto de renta, lo cual es equivocado, puesto que, como ya se explicó, existe retención en la fuente para cada impuesto, y en el caso del impuesto de renta, el concepto adecuado es retención en la fuente por renta o reterenta.

Principales conceptos y tarifas de retención para el 2012

Concepto Base Uvt Base pesos Tarifa
Venta  de Bienes Raíces 0 100% 1%
Contratos de construcción  y urbanización 0 100% 1%
Compra  de combustible 0 100% 0.10%
Consultoría en obras públicas 0 100% 2%
Intereses o rendimientos financieros 0 100% 7%
Honorarios y comisiones * 0 100% 10%/11%
Arrendamiento de bienes muebles 0 100% 4%
Contratos de consultoría y administración delegada 0 100% 6%
Compras 27           703,000 3,5%
Servicios en general  ** 4           104,000 4%/6%
Por emolumentos eclesiásticos *** 27           703,000 3,5%/4%
Servicios de transporte de carga 4           104,000 1%
Servicios de  transporte nacional de pasajeros 27           703,000 3.50%
Servicios  temporales 4           104,000 1%
 Servicios de aseo y vigilancia 4           104,000 2%
Arrendamiento de bienes raíces 27           703,000 3.50%
Loterías, Rifas, Apuestas y similares 48        1,250,000 20%
Servicios de hoteles y restaurantes 4           104,000 3.50%
Otros ingresos tributarios 27           703,000 3.50%
Compra de productos  agrícolas  sin procesamiento industrial 92        2,397,000 1.50%
Compra de productos  agrícolas  con procesamiento industrial retenedores 27              703,000 3.50%
Compra de café pergamino o cereza 160        4,168,000 0.50%
Retención en colocación independiente de juegos de suerte y azar 5              130,000 3%

(*) 11% para pagos o abonos en cuenta a Personas Jurídicas y asimiladas

- 11% para pagos o abonos en cuenta a las personas naturales por contratos cuyo valor superen la suma de 3.300 UVT.

- 11% para pagos o abonos en cuenta a Personas Naturales, sobre el exceso de 3.300 UVT en el año 2010.

- 10% para pagos o abonos en cuenta a las demás Personas Naturales

(**) 6% para no obligados a declarar renta.

4%  para personas jurídicas y personas naturales obligadas a declarar renta.

(***)  4% por emolumentos eclesiásticos efectuados a personas naturales declarantes de renta.

3.5% por emolumentos eclesiásticos efectuados a personas naturales no declarantes de renta.

Nota 1: El Uvt para el 2011 es de $25.132.

Nota 2: Las bases que figuran o Uvt o 100%, significan que se aplicará la retención sobre cualquier valor, sobre cualquier base, sobre el 100% de la operación sin importar su monto.

En las otras bases se aplicará la retención sobre valores iguales o superiores. Por ejemplo, la retención por compras se aplicará sobre operaciones iguales o superiores a $679.000

08 / 03 / 2013

Opinar o comentar

138 Opiniones en “Retención en la fuente”
  1. mariuxi fiallos dice:

    tienes que compartir con todos wey

  2. Liseth dice:

    Tengo una inquietud y me gustaría me la aclararan:
    Mi empresa (Gran contribuyente) residente en Colombia, necesita comprar una licencia de Software a una empresa en México, pero esta será otorgada a una compañía Mexicana y será utilizada allá.

    Si compro la licencia del Software en México para cedersela a una empresa México que tipo de impuestos se generarían en la operación?

    Resulta conveniente que la empresa adquiriera la licencia en Colombia en lugar de México?

    • WILL dice:

      En mi opinión no sería mejor que a la compañia a la que le va a otorgar la licencia del sofware haga la compra directa en mexico y le facture o cobre dicha lecencia a la empresa suya.
      espero sea de utilidad mi comentario.

  3. Eliana Avila dice:

    Hola quiciera saber cual es el valor de la retencion en la fuente ejm: compro en un almacen unos repuestos por valor de $700.000 + iva de 16% en un regimen comun y yo soy regimen gran contribuyente

  4. ALVARO MELO dice:

    TENGO UNA INQUIETUD… A MI ME PAGAN MI SUELDO QUINCENALMENTE, ¿CADA VEZ QUE ME PAGAN ME DEBEN HACER RETENCION EN LA FUENTE O ESTA SE HACE CADA MES?

  5. david dice:

    ¿Por que aún la gente que ha estudiado en la universidad le llama a los gringos Americanos? Eso no lo entiendo, por favor expliquenmelo si alguien sabe.

    • juancpryor dice:

      La gente que ha estudiado en universidad le llama a los gringos son “americanos” porque su educación les ha permitido saber que el país de los gringos se llama “Estados Unidos de América”. Así como a los nacionales de “Estados Unidos Mexicanos”, les llamamos mexicanos, a los “Estados Unidos de Colombia” (1863-1886), se les llamaba colombianos, a los “Estados Unidos de Venezuela” (1864-1953), se les llamaba venezolanos…etc., etc., etc.

      ¿Queda lo suficientemente claro?

  6. leidy dice:

    1.tengo dos preguntas……… si yo como persona natural presto serviocio de mantenimiento como contratista y le facturo a un gran contribuyente cual seria el porcentaje de la retencion en el momento de facturara?

    2.cual seria el porcentaje de la retencion en la fuente si a la empresa que le facturo no son grandes contribuyentes y estoy prestando el mismo servicio de mantenimiento a maquinaria??

    gracias a las personas que me puedan colaborar

  7. Johanna Osorio dice:

    En una compra de un Lote por valor de $100.000.000, entre vendedor Persona Natural y Comprador 50% Persona Juridica y 50% persona natural, ¿A quien corresponde la Obligacion de la Retención en La fuente?, Gracias por su respuesta

  8. nelly dice:

    que % de retencion se practica a un proveedor del exterio al cual le compre una licencia de software

  9. Edna dice:

    Buen dia pro favor tengo una factura de ADECCO COLOMBIA S.A empresa de servicios temporales por valor de $ 643.700 por favor me confirman si le genero retencion del 4% por ser regimen comun..espero de su respuesta

    Muchas Gracias

  10. EVA ALVAREZ dice:

    soy persona natural regimen simplificado me descuentan en mis contrataciones me hacen todas las retenciones iva refuente y reteica es legal si no lo s que debo hacer

  11. andrea dice:

    desearia saber que es retencion en la fuente

  12. Daniel Cardozo dice:

    Muy bien sobre el concepto de Retención en la fuente, aclaranndo que no se trata de un impuesto, sino una forma anticipada de impuesto. Es muy importante este tipo de publicaciones. Gracias señores Gerencie.com.

  13. Pedro Antonio Madariaga Sosa dice:

    Buenos días para todos. Solicito la orientación y apoyo para dilucidar el siguiente temario: Trabajo con una entidad del distrito la cual tiene dentro de sus actividades realizar el proceso de CANJE, el cual lo realiza a través de convenir pautas radiales, publicitarias y mercancias. Por ejemplo: se formaliza un contrato por CANJE por el valor de $10’000.000, dirigidos a 50% de pautas radiales, 30% de entrega de camisetas con logo y 20 % maletines estudiantiles. mi pregunta es: ¿Cuales son los impuestos que le debo realizar a este proceso de CANJE, ya sea el contribuyente grandes y/o pequeño? Teniendo en cuenta que a este evento lo afecta también los impuestos distritales como son: ICA según la actividad se la persona natural y/o jurídica; el porcentaje de 0,5% de la estampilla de pro Cultura de Bogotá – Acuerdo 187 de diciembre 20 de 2005; la estampilla Pro Dotación del 0,5% – Acuerdo 188 de diciembre 20 de 2005 y la estampilla universidad distrital Francisco José de Caldas 50 años el 1% – Acuerdo 53 de enro de 2002. Mil gracias por su amable y oportuna colaboración sobre la aclaración de este tema.

  14. Julian Gomez dice:

    usted me podriainformar en que pagina o en que lugar podria solicitar informacion de reteica ya que somo de bogota, y otra cosulta en nuestra empresa desarrollamos softeware, el cual vendemos y en este moemtno en nuestro plan de ventas queremos obsequiar la licencia de dicho software, si hacemso esto se podria tener algun beneficio en cuanto a los impuesto.

  15. Juan F. dice:

    Yo presto servicios a una compañia americana como ing. sistemas, yo estoy ubicado en colombia y la empresa en USA.
    Presto mis servicios atravez de internet, esta empresa mensualmente envia el pago como transferencia electronica, usualemnte el equivalente a 4’000.000 COP.
    ¿Deberia pagar retefuente aunque esta empresa esta en usa y el contrato con ellos no tiene validez en colombia?
    ¿Yo deberia tener permiso para exportar servicios y pagar impuesto por esto?

    Gracias.

  16. Julian Gomez dice:

    Buenos dias: en dias pasados a nuestros empleados les cambiamos la modalidad de contrato, antes se encontraban por termino indefinido, actualmente se encuentran por prestacion de servicios, los salrios no superan el millon de peses, me gustaria me informaran si a ellos se les debe aplicar la retencion en la fuente y el reteica, hasta dodne han llegado mis investigacion llego a la conclusion de que no pero me gustaria que me asesoraran en este tema gracias

    • Julian Gomez dice:

      Gracias Edinson por su respuesta ademas me genera otra duda cual seria el porcentaje que se debe decontar, ya que nosotros como empresa tampoco deseamos que nuestros trabajadores resulten afectados por esto.

      • Julian Gomez dice:

        Le explico cada uno de los cargos que existen en la empresa haber si es posible y usted me podria informar cuan seria el porcentaje que debe aplicarse: asesores comerciales que se les cancela 1000000 al mes, auxiliar administrativo que se le cancela 750000 y los desa rrolladores que uno se gana 700000 otro 500000 y dos mas que ganan 1020000, a demas a estos sueldes se les descontaria el 25% de que equivale al factor prestacional y seles haria retefuente sobre el 75% restante o sobre el 70, de antemano agradezco inmensamente la colaboracion prestada.

        • Julian Gomez dice:

          Mil gracias ppor la soluciones dadas a mis preguntas, por ultimo me podria explicar si tambien se les debe aplicar el 1% de reteica, y mil y mil gracias por solucionar mis dudas esta es la ultima pregunta que le realizo.

          • Juan Carlos Agudelo Salas dice:

            ayudale al señor, no seas mala gente o para ue vas aguardar el conocimiento.
            Debe ser rolo.

            Aunque Julian Deja de ser tan conchudo.

  17. cesar dice:

    Buenas: mi pregunta es la siguiente, tengo 24 dias trabajando con una identidad prestadora de los servicios de salud ( SAD )Servicio de antencion domisiliaria, el dia que pasé una cuenta de cobro me cobraron retencion en la fuente, quisiera saber por qme me cobran rentencion en la fuente, si aun no tengo un contrato firmado y si tan solo llevo laborando menos de un mes. espero q alguien me pueda ayudar

  18. JUBER dice:

    Buenas tardes, tengo una pequeña duda,

    Hay un señor (persona natural) que nos colabora con el transporte de pasajeros (empleados de la empresa) al aeropuerto y del aeropuerto a la empresa, en el mes pasado presento una cuenta de cobro por 600.000 (seiscientos mil pesos). Segun la tabla de retencion para el año 2009 el servicio de transporte nacional de pasajeros es del 3.5% apartir de 642.000, por lo cual aparentemento no hay retencion, pero otra persona me dijo que le hiciera retencion del 6% como un servicio normal, ya que para hacerle la retencion del 3.5% tenia que aparecer como transportador en el rut.

    les agradezco con la respuesta ojala una persona lo suficientemente idonea.
    GRACIAS

  19. ROSA MARIA dice:

    gracias por su valiosa colaboraciòn, la consulta de esta pagina ha sido muy util en varios consultas que se han presentado.
    en la oficina tenemos diferentes opiniones al respecto. Quisiera saber la rte fte es acumulable o no.
    es decir si un proveedor me expide varias facturas durante un mismo mes en diferentes fechas y ninguna alcanza la base por ejemplo de compras(3.5%) se hace retenciòn.

    en alguna oportunidad encontré un documento que decía que esto quedaba a libre albedrío pero no estoy segura, alguien por favor me puede ayudar.

    gracias.

  20. ANGY dice:

    necesito saber cuales son las obligaciones tributarias de una fundacion dedicada a la formacion para el trabajo y el desarrollo humano