Retención en la fuente
Retención en la fuente aplicable en el año 2012. Consulte: Tabla de retención 2013
Concpeto general de retención en la fuente
Contrario el concepto popular, la retención en la fuente no es ningún impuesto, sino que es el simple cobro anticipado de un impuesto, que bien puede ser el impuesto de renta, a las ventas o de industria y comercio.
La retención en la fuente por ser un pago anticipado de un impuesto, ésta se puede descontar en la respectiva declaración, ya sea de Iva, de Renta o de Ica.
La retención en la fuente comprende elementos como el sujeto pasivo, que es la persona a la que se le debe retener, el agente de retención que es la persona obligada a practicar la retención, el concepto de retención que es el hecho económico que se realiza y está sometido a retención, la tarifa que es el porcentaje que se aplica a la base de retención, y la base de retención es el valor o monto sujeto a retención.
La retención en la fuente es diferente para cada impuesto.
Existe la retención en la fuente por renta, la retención en la fuente por Iva o mas conocida como reteiva y la retención en la fuente por Ica, también conocida como reteica
A veces se suele aplicar de forma generalizada el concepto de retención en la fuente al impuesto de renta, lo cual es equivocado, puesto que, como ya se explicó, existe retención en la fuente para cada impuesto, y en el caso del impuesto de renta, el concepto adecuado es retención en la fuente por renta o reterenta.
Principales conceptos y tarifas de retención para el 2012
| Concepto | Base Uvt | Base pesos | Tarifa |
| Venta de Bienes Raíces | 0 | 100% | 1% |
| Contratos de construcción y urbanización | 0 | 100% | 1% |
| Compra de combustible | 0 | 100% | 0.10% |
| Consultoría en obras públicas | 0 | 100% | 2% |
| Intereses o rendimientos financieros | 0 | 100% | 7% |
| Honorarios y comisiones * | 0 | 100% | 10%/11% |
| Arrendamiento de bienes muebles | 0 | 100% | 4% |
| Contratos de consultoría y administración delegada | 0 | 100% | 6% |
| Compras | 27 | 703,000 | 3,5% |
| Servicios en general ** | 4 | 104,000 | 4%/6% |
| Por emolumentos eclesiásticos *** | 27 | 703,000 | 3,5%/4% |
| Servicios de transporte de carga | 4 | 104,000 | 1% |
| Servicios de transporte nacional de pasajeros | 27 | 703,000 | 3.50% |
| Servicios temporales | 4 | 104,000 | 1% |
| Servicios de aseo y vigilancia | 4 | 104,000 | 2% |
| Arrendamiento de bienes raíces | 27 | 703,000 | 3.50% |
| Loterías, Rifas, Apuestas y similares | 48 | 1,250,000 | 20% |
| Servicios de hoteles y restaurantes | 4 | 104,000 | 3.50% |
| Otros ingresos tributarios | 27 | 703,000 | 3.50% |
| Compra de productos agrícolas sin procesamiento industrial | 92 | 2,397,000 | 1.50% |
| Compra de productos agrícolas con procesamiento industrial retenedores | 27 | 703,000 | 3.50% |
| Compra de café pergamino o cereza | 160 | 4,168,000 | 0.50% |
| Retención en colocación independiente de juegos de suerte y azar | 5 | 130,000 | 3% |
(*) 11% para pagos o abonos en cuenta a Personas Jurídicas y asimiladas
- 11% para pagos o abonos en cuenta a las personas naturales por contratos cuyo valor superen la suma de 3.300 UVT.
- 11% para pagos o abonos en cuenta a Personas Naturales, sobre el exceso de 3.300 UVT en el año 2010.
- 10% para pagos o abonos en cuenta a las demás Personas Naturales
(**) 6% para no obligados a declarar renta.
4% para personas jurídicas y personas naturales obligadas a declarar renta.
(***) 4% por emolumentos eclesiásticos efectuados a personas naturales declarantes de renta.
3.5% por emolumentos eclesiásticos efectuados a personas naturales no declarantes de renta.
Nota 1: El Uvt para el 2011 es de $25.132.
Nota 2: Las bases que figuran o Uvt o 100%, significan que se aplicará la retención sobre cualquier valor, sobre cualquier base, sobre el 100% de la operación sin importar su monto.
En las otras bases se aplicará la retención sobre valores iguales o superiores. Por ejemplo, la retención por compras se aplicará sobre operaciones iguales o superiores a $679.000


esta pagina me parese muy buena para el conocimiento de porcentajes deretencion
Tengo una pregunta si soy gran contribuyente y un regimen simplificado no declarante presta un servicio de transporte de pasajeros terrestre, cual de las dos retenciones entre el 6% y el 3.5% le deberia aplicar?
Gracias y si me pueden indicar como busco la norma en el estatuto tributario
yo aplicaria el3.5 porsiento
hola mi pregunta es si se hace retencion en la fuente por compra si un regimen comun le compra a otro regimen comun
gracias
la politica es una porqueria
tengo una factura donde me venden productos derivados del petroleo, a parte incluyen un concepto de engrase, la pregunta es:
¿cuantas retenciones le practivo a la misma?
BUENOS DIAS, TENGO UNA DUDA EL AÑO PASADO CONFORME UNA S.A.S EN LOS MESES DE NOVIEMBRE Y DICIEMBRE REALICE COMPRAS CON EL MISMO PROVEEDOR, Y SE CANCELO EL VALOR RESPECTIVI D ERETENCION EN LA FUENTE. AL REALIZAR LOS RESPECTIVOS CERTFICADOS ME DI CUENTA QUE SE TRASPAPELO UNA FACTURA Y NO PAGUE LA RETENCION CORRESPONDIENTE, PUEDO PASAR ESTA FACTURA CON LAS COMPRAS DE MARZO Y PAGAR LA RETENCION EN LA FUENTE, COMO PUEDO HACER PARA EVITAR LA SANCION?
Persona Natural o Juridica REGIMEN COMUN, en todas sus operaciones con régimen simplificado debe tener en cuenta:
1) Elaborar documento equivalente a la factura, para poder soportar su gasto o compra.
2) Realizar teniendo en cuenta las bases mínimas retenciones a titulo de iva y teniendo en cuenta el iva correspondiente (ej. 16%, 10%..etc) aplicarle el 50% de retención de iva, consignar mensualmente a la Dian dichas retenciones.
3) Saber cuales de esas retenciones son deducibles o no para que en la declaración de iva descuente lo que corresponda.
4) Una persona natural no debe hacer dicha retencion de iva a otra de régimen común.
5) Una persona juridica No GraN Contribuyente no debe hacer retencion de iva o otra juridica o persona natural que sea regímen comun
6) Una persona Juridica que sea Gran Contribuyente o entidad Oficial si pueden hacer retenciones de iva a régimen comun y al simplificado.
6) Para entender esto y todo lo que hace falta… hay que leer… preguntar… investigar… ir a orientación de la Dian…y haga un resumen apropiado….
suerte…
Alguien me puede ayudar tengo un trabajo de contabilidad donde yo soy una empresa de regimen comun y tengo que vende y comprar al simplificado, comun y gran contibuyente, pero la verdad no he podido entender. Alguien me puede ayudar con ejemplos de transacciones de compra y de venta entre estos diferentes regimenes.
Muchas gracias .Andres
buenos días, cuando genero una factura debo tener en cuenta la base de 663 mil para determinar si incluyo la retefuente ó no. Existe una base para incluir el ICA, o independientemente del valor a facturar debo incluir la retención de ica en la factura?
Gracias.
Buenas Tardes mi pregunta es ¿cual es la retencion e iva para las empresas de aseo?
Agradezco su colaboracion
Servicios de aseo y vigilancia Beneficiario 2% sobre 4 Uvt ó más [$98.000]
RETEFUENTE: Servicios de aseo y vigilancia Beneficiario 2% sobre 4 Uvt ó más [$98.000]
IVA: 16%
RETEIVA :50%
Tengo una duda que me gustaria resolver, cuando una persona natural practica retefuente
buenos dias , la compañia hizo una inversion en un fondo de pensiones voluntarias en cabeza de los socios , uno de ellos se va a retirar de la empresa y asi mismo retirara sus aportes de dicho fondo , esteo dejo en cabeza de la empresa el calculo de la retencion que se debe aplicar, ya que el retiro es antes del tiempo pactado , 5 años , cual porcentaje debemos aplicar ?
gracias
Buenos dias
les quisiera solicitar su valiosa colaboración ya que mi padre solicito un pretamo a una entidad y esta atrasado en 2 cuotas por las cuales a le han hecho amenaza de embargo y son bastante groseros a la hora de cobrar. mi pregunta es cuanto tiempo se debe estar atrasado para que le embarguen los bienes? y si mi papa no tiene bienes a su nombre que podria pasar?
Buenas tardes: por favor me guian en:
inscribi mi empresa SAS en 3 febrero de este año, y no he hecho trámites aún en la dian, tengo q pagar retefuente, ya en este mes? según el calendario tributario se vence hoy x digito de verificación 7 , pero como les comenté no he ido a la Dian q debo hacer? si voy a la Dian el lunes y paso en ceros mi formulario, igual me ponen sanción?
Gracias x su valiosa infomación.
Bueno. MI estimada Carolina. … Tome nota:
a) Si la inscripcion fue el 3 de feb de 2010 al realizar su matricula en camara de comercio ya a ud le dieron su respectivo rut de la SAS. Entonces ya estaria registrada en la Dian.
b) Debe ir a la Dian para actualizar el Rut de quien estaria ejerciendo como representante legal de esa SAS
c) La primera declaración que debe presentar de retefuente por el mes de febrero vencen en el mes de marzo de 2010 periodo por el cual tambien la del Iva.
Respetados:
Por favor solicito información sobre:
Una SAS que tiene tres meses de abierta, tiene la obligación de agente retenedor pero No ha presentado una sola vez la declaración. Adicionalmente aún no tiene contabilidad organizada y no tiene información para presentar la declaración. En éste caso que es lo más conveniente,? presentarla en ceros? y adicionalmente, lo que se ha dejado de declarar?
Agradezco su amable colaboración-..
NO espere a que le llego oficio de la Dian, recordandole la obligación de presentar la Declaración de Retencion en la Fuente, aun cuando no halla realizado actividades.
El hecho es que debe presentarlas y las que no se hicieron en su momento liquidar la correspondiente sanción de contemporaneidad; y a partir de la fecha siga presentandolas para que se ahorren la sanción.
La Contabilidad debe adelantarse, inicia con el capital social con el que se constituyo, los gastos preoperativos, etc.
Llame a la linea Nacional Gratis de la Dian http://www.dian.gov.co ellos le asesoraran
Estimados:
A partir del momento que una persona Natural con Responsabilidad Iva Regimen Comun y todas las Personas Juridicas desde el momento que se inscriba en la Dian, son responsables de Presentar por lo menos las Declaraciones de Retencion en la fuente en Ceros, si no ha tenido actividad alguna que halla lugar a efectuar retenciones (en la fuente y/o rete iva). Asi por ejemplo si su empresa se registro en la Dian el 28 de enero de 2010 ya debe presentar en febrero la respectiva declaración. Es mejor que lo haga. Evitese sanciones.
Tengo la misma inquietud de mauricio sobre pago de retefuente de cuatro años anteriores en los cuales nunca presenté declaración. Que puedo hacer para evitar el pago de sanciones por 240 mil pesos mensuales durante los 4 años?
hola buena tarde, muy atentamente me permito consultar sobre un inconveniente que se le presenta a una empresa la cual hizo su inscripcion en la dian en abril 28 de 2009 y en la fecha de inicio de actividades el funcionario le colocó el dia 15 de mayo de 2009, le manifestaron a la representante legal que apartir del mes de mayo iniciaban sus obligaciones en cuanto a impuestos, por lo cual se inicio la presentacion de declaraciones en el mes de junio con base a mayo y ahora llega un oficio de la dian diciendo que debe el mes de abril de rte fte… en base a lo anterior, quisiera saber quien tiene la razon ya que el inicio de actividades fue posterior a la inscripción y no creo que sea justo ya que el mismo funcionario de la dian le indico al responsable lo contrario de este oficio. Agradezco inmensamente la respuesta a esta solicitud.
UNA ENTIDAD SIN ANIMO DE LUCRO CUYOS INGRESOS MENSUALES SON DE UN MILLON QUINIENTOS MIL PESOS NUNCA HA PRESENTADO LA RETENCION EN LA FUENTE LE LLEGA UN REQUERIMIENTO POR PARTE DE D.I.A.N. POR NO PRESENTACION DE LOS FORMULARIOS AÑO 2008 2009 NUNCA LO HA RESENTADO PREGUNTA HAY ALGUN ARTICULO QUE FAVORESCA A ESTE TIPO DE ENTIDADES
Que pasa si presento la retencion en la fuente de una empresa sin la firma del contador?