Salario integral
El Salario integral es aquel salario en el que se considera que ya esta incluido dentro del valor total del salario, además del trabajo ordinario, las prestaciones, recargos y beneficios tales como el correspondiente al trabajo nocturno, extraordinario, dominical y festivo, el de primas legales, extralegales, las cesantías y sus intereses, subsidios y suministros en especie; y en general, las que se incluyan en dicha estipulación.
Dentro del salario integral, no se considera incluidas ni remuneradas las vacaciones, por lo que un empleado, aun con la figura de salario integral, tiene todo el derecho de disfrutar sus vacaciones plenamente según lo estipulado por el código sustantivo del trabajo.
Igualmente, el Salario integral no esta exento de los aportes a seguridad social y los Aportes parafiscales, lo cuales se deben aportar según establece la norma.
Ahora, para que se pueda considerar un salario integral, este no puede ser inferior a 10 salarios mínimos legales [5.895.000 para el 2013], mas un 30% considerado factor prestacional [1,768,500 para el 2013], es decir, que un salario para que sea considerado legalmente como salario integral, debe ser de por lo menos 13 salarios mínimos legales, que para el 2013 equivale a $7.663.500. [Salario mínimo 2013 $589.500]
Como el salario integral debe aportar igualmente parafiscales y sobre Seguridad social, la base para estos, es el 70% del salario integral, entendiéndose este como el 100% mas el 30% de factor prestacional, por lo que este se dividirá por 1.3 para determinar la base sobre la cual se aportaran los pagos parafiscales y a seguridad social.
Para ser mas precisos, a continuación se transcribe el concepto del Consejo de estado sobre los aportes sobre los salarios considerados integrales:
“El Salario integral no puede ser inferior a diez (10) salarios mínimos legales mensuales, más el factor prestacional, que no puede ser inferior al 30% de dicha cuantía. En consecuencia el salario integral corresponde al 100% de sueldos, más el 30% de factor prestacional de la empresa, lo que arroja un porcentaje de 130%. Esto implica que el porcentaje del factor prestacional pactado no se entiende incorporado en el salario integral igualmente acordado. Así las cosas la proposición matemática que toma el total del salario integral reportado por la empresa como una unidad y lo divide por el 1.3 (100% factor salarial + 30% factor prestacional), permite establecer la base salarial mínima de la cual se partió para llegar al salario integral pactado, o lo que es lo mismo, a la base para liquidar los aportes, ya que el 30% que la norma ordena deducir de los aportes equivale al factor prestacional .Se tiene entonces que si en el ejemplo propuesto por el SENA que cita el recurrente, el salario integral reportado para 1994 es de $1.383.100, aplicando la proposición matemática a que se ha hecho referencia, este se divide en 1.3. se obtiene la base salarial mínima de la cual se partió para llegar al salario integral pactado, o sea $987.000, sobre el cual se aplica el aporte el 2%, resultando por concepto del mismo un valor de $19.740”.
Es de tener en cuenta que el hecho de existir la figura de salario integral, no afecta en lo absoluto la condición del empleado como tal, es decir, que el vinculo laboral se sigue presentando, con todo las obligaciones y deberes establecidos por el código sustantivo del trabajo.
Frente a las obligaciones tributarias de los empleados que gozan de la figura del salario integral, el factor prestacional (El 30%) No esta exento de impuestos y por consiguiente esta sometido a Retención en la fuente, además de los beneficios que le confiere la ley tributaria a los ingresos laborales.
Recordemos que para el efecto de retención en la fuente son aplicables dos procedimientos diferentes y que para determinar la base sobre la cual se le aplicara la tarifa de retención, se le deben, y pueden aplicar varios conceptos que permiten, precisamente disminuir esa base impositiva sobre los ingresos laborales.


Saludos al equipo de trabajo.Magnifica pagina infomativa.Trabaje como mensajero en cicla por tres años y medio donde se nos pagaba por correo entregado o produccion el cual tenia un precio estipulado.Me sali tengo derecho a liquidacion.
soy trabajador independiente, y he recibido un requerimiento informativo de una unidad de parafiscales en el cual me dicen que en mi declaración de renta del 2009, he reportado unos ingresos por valor de 299.000.000, también reporte unos gastos de 255.000.000, mi actividad en el rut es de construcción de inmuebles, soy casado y no estoy afiliado a salud ni a pensión y soy beneficiario en salud de mi esposa quien si está asegurada, mi pregunta es debo afiliarme yo también a salud y pensión, gracias.
Ingrese a trabajar en una empresa de servicios públicos como independiente, tengo contrato integral de 832.700 pero al momento de realizarme el pago, unicamente me cancelan 566.700. Me gustaría saber si el descuento de 266.000 está correcto y a qué corresponde tal descuento %. Además los porcentajes de cada uno de los descuentos de Ley… Mil gracias
“William Che:”
Si estás hablando de que trabajas en Colombia, no conozco ningún contrato integral de $832,700; eso no existe!
Solo a título de comparación y suponiendo un contratado con un sueldo mensual (básico) de $764,900, tendrías lo siguiente:
Ingresos:
Sueldo: $764,900.00
Transporte: 67,800.00
Total: $832,700.00
Menos descuentos:
4% para salud: $ 30,596.00
4% para pensiones: $ 30,596.00
Total descuentos: $ 61,192.00
Pago neto $771,508.00
Más bien, puede tratarse de un contrato de servicios (que están de moda para no pagar prestaciones, eludir aportes patronales y ‘hacer mas eficientes los costos de mano de obra’) en cuyo caso solo deberían hacerte una retención en la fuente como del 11% (impuesto anticipado), pero te están descontando algo así como un 31.94%, alque no le encuentro explicación alguna.
Salvo mejor opinión (que aquí, en este portal hay muchas y muy autorizadas), te están tumbando E’Che’verry!
Buenos dias quisiera saber cuanto es el maximo de salario integral
ELBA MARINA:
Un ‘máximo’ así como que digamos ‘máximo’, no existe en la ley y menos en la vida real.
Por ejemplo, conocí a una especie de genio al que le pagaban un salario integral de Cop 127,000,000 al mes; si! leyó bien ciento veintisiete millones de pesos colombianos mensuales.
Pero hay muchos ejemplos; basta mirar los salarios de algunos destacados deportistas y de uno que otro gerente comercial y claro, de uno que otro financiero, pero no son muchos.
Hola soy Ecuatoriano me estan ofreciendo un trabajo en Colombia con un salario Equivalente a un Salario Integral, favor quisiera que alguién me ayuda para saber cuanto seria mi salario en mano es decir cuanto seria despues de todos los descuentos de salud y otros.
Gracias.
Luis Alberto:
Neto recibirias $6,243,973 (aprox), que equivalen a unos US$3,500
Si quiero que mi salario sea de 4000 cuanto deberia ser el ingreso total del cual se realizarán los descuentos y recibiré 4000 en mano.
Saludos
Necesitas -”que te hagan el favor”- de calcular que?
Si mil disculpas la verdad si tuvieran la gentileza de ayudarme a calcular el valor de mi salario Bruto que luego de descuentos tendria un salario neto de $4000(dollares usa). La verdad soy Ecuatoriano y no se que rubros se aplican en Colombia.
Les agradesco por su ayuda.
Saludos desde Ecuador.
COP$8,540,000
En Colombia Salario mínimo INTEGRAL vigente, para el 2012 (COP 7,367,100), es el resultado de tomar el salario mínimo LEGAL vigente COP 566,700 (SMLV), multiplicarlo por 10 (COP 5,667,000) e incrementarlo en un 30% (COP 1,700,100), que remunera dominicales, recargos, horas extras, prestaciones sociales y otros conceptos integrados en este tipo de salario.
Sobre el 70% del salario integral (COP 7,367,100 * 70% = COP 5,156,975), se descuenta al trabajador un 4% destinado al POS (Plan Obligatorio de Salud) de salud y otro 4% con destino a la futura pensión de jubilación, cifra esta que se incrementa en un 1% (> 4SMLV)con destino al Fondo de Solidaridad Pensional (es decir, para contribuirle a la pensión de otros menos favorecidos).
Adicionalmente se descuenta anticipadamente (retención en la fuente) el impuesto por el ingreso tributario originado en el ingreso salarial, que en el caso del salario mínimo integral vigente, puede ser del orden COP 659,000, cifra sujeta a disminuir por deducciones si se pagan intereses de vivienda o gastos por salud o educación (el cálculo cuenta con procedimientos algo complejos para citarlos aquí).
Como la tasa de cambio (pesos/dollar) o TRM (tasa Representativa de Mercado) anda por los COP 1,776.11, debes pedir COP 8,540,000 para que recibas una cifra muy cercana a los US$4,000.00
Hombre, No seas acomplejado
Necesito saber a cuanto equivale la hora de un salario integral de $1.000.000
kelly la hora de un salario de 1.000.000 equivale a 4.167 pesos, pero un salario de 1.000.000 no es un salario integral, deben pagarse todas las prestaciones y hasta auxilio de trabajo ya que es menor a 2 salarios y por lo tanto no mayor a 10 SMLMV entonces no se configura como un salario integral
buenas tardes quien me puede ayudar, es para saber si la ley de politica habitacional se descuenta el 1% del beneficio de utlidades anuales..
Buenos Días
Solicito el favor, si me pueden guiar, cuando una empresa es nueva se registro en camara en el año 2011, pero inicio actividades, en enero 2012, y tiene un solo funcionario actualmente y es menor de 28 años, la pregunta es como puedo pagar los aportes parafiscales teniendo en cuenta la ley 1429, donde indica que para las empresas que cumplan esta condicion su % en ICBF, CAJA, SENA y SALUD corresponde al 0%, lo pregunto en la caja y no me saben dar respuesta.
Mil Gracias por su colaboración
hola:
Trabajo como mensajero con moto para 4 empresas de un solo dueño,
una de estas empresas me paga las prestaciones sociales,tengo un salario mensual de 580.000 mas el rodamiento por mi moto de 320.000
me gustaría saber si estoy bien pago o si podría solicitar un aumento de sueldo y rodamiento.
gracias
hola quisiera me ayudaran ahora mismo tengo problemas con la empresa donde labore por q no me quieren liquidar trabaje por 2 años y hace seis meses firme un contrato de salario integral y antes solo era contrato verbal por supuesto yo lo rechaze porq yo no ganaba sino 1200000 quiero saber en que perjudica este contarto con el tiempo anterir q labore y si es valido ya q mi sueldo no era el correspondiente a un salario integral..
Buenas Tardes:
Voy a contratar una niñera, ella nos dice que le pagemos 600.000 mensuales que ella se encarga de pagarse su salud,pension, cesantias y transporte, pero creo que ella no tiene en cuenta sus almuerzos. Si yo le quiero pagar un salario integral cuanto seria este para el año 2012?. Me convendra entonces mejor pagarle salario minimo legal y yo encargarme de pagarle su salud, pension y cesantias. Puedo tambien pagarle en especie parte del salario integral, es decir darle almuerzo,su transporte y pagarle su salud como si fuera independiente que creo es solo $65.000. Muchas gracias por responder. La niñera empieza en febrero.
Para empezar creo que estas confundida con que es un salario integral; nel salario integral es aquel salario en el que se considera que ya esta incluido dentro del valor total del salario, además del trabajo ordinario, las prestaciones, recargos y beneficios tales como el correspondiente al trabajo nocturno, extraordinario, dominical y festivo, el de primas legales, extralegales, las cesantías y sus intereses, subsidios y suministros en especie; y en general, las que se incluyan en dicha estipulación. Dentro del salario no se considera incluidas ni remuneradas las vacaciones, y tampoco está exento de los pagos a seguridad social y parafiscales (que en su caso parafiscales no aplicaria) El salario integral no puede ser inferior a 10 SMLMV + un 30% de factor prestacional, es decir no puede ser inferior a 13 SMLMV que para el 2012 sería de $ 7,368,387,
Lo mejor es pagarle el mínimo y afiliarla al sistema de seguridad social, o si convienen una especia de contrato en dinero y en especie.
Lo mas importante es no confundir la figura de salario integral con una donde se excluye de todo al empleador.
Buenas tardes
Tengo una negocio pequeño donde doy trabajo a dos personas, de común acuerdo pagamos el mínimo de forma semanal, pero la semana incluye un porcentaje por vacaciones, cesantias, primas,…es decir al rededor de $150.000 semanal y $ 600.000 o 700.000 mensuales de acuerdo a las semanas.
Estoy dudosa de si estoy haciendo lo correcto o si debo tener en cuenta otros rubros. A quien me pueda colaborar muchas gracias.
cordial saludo
trabajo en una empresa de ornamentación en la cual me dicen que gano un salario integral.
no se del tema pero creo que me están tumbando.
gano $771000 me pagan prima de mitad de año y de final de año me pagan horas extras dominicales y festivos, no me pagan liquidación, subsidio de transportes,cesantias,no me dan vacaciones ni me las pagan.
creo que esto no es un salario integral,quiero que me asesoren para saber cuanto tengo que ganar este año, ya que la empresa me dice que tengo un salario integral,y si la empresa se reusa a solucionarme que puedo hacer.
espero una pronta respuesta para solucionar mi problema,gracias.
En efecto no ganas un salario integral. Y la empresa no está haciendo la cosas bien, y tienes todo el derecho a reclamar. abo.vargas@solucionesalderecho.com
El contrato de trabajo a termino indefinido se debe indenmizar si se despide con salario integral ??
cual es el valor de la indemnizaciòn con el minimo integral ??
Claro que se debe indemnizar en caso de despido sin justa causa. La indemnización depende del tiempo laborado en la empresa, y se liquida sin tener en cuenta el factor prestacional. abo.vargas@solucionesalderecho.com
Buenas tardes, a febrero del 2012 ya no es vigente la norma en que indicaba que la indemnización era la totalidad del salario cuando era Integral. Gracias
Buenas tardes,
Mi situacion es la siguiente:
Hoy en dia, gano 5.175.000COP por mes de salario + un rodamiento de 870.000COP. Mi empresa deberia inmpactar la inflacion de 3.6% sobre nuestros sueldos lo que suma a 5.360.000COP + 900.000COP de rodamiento + primas (medio sueldo en Julio, medio sueldo en Diciembre) + cesantias cada ano, pero no llego al limite legal de 10 salarios minimos para considerarlo como un salario integral.
Tengo entendido que uno no recibe ni prima ni cesantias si le pasan con un salario integral. Si entiendo bien, el beneficio que trae el salario integral para el empleado es el flujo de caja porque uno recibe mas cada mes pero no recibe primas ni cesentias con los intereses anuales. Tengo tambien entendido que uno tiene que cotizar a un fondo de cesentias sino el estado le retiene an la fuente un % importante, cierto?
Quisiera saber que opcion es la mejor: Quedarme con este aumento de la inflacion o negociar con mi empresa para llegar al salario integral.
Dependiendo de esta respuesta y si la mejor opcion resulta ser la segunda, como puedo convencer a mi empresa que me pase bajo este con trato? Que son los beneficios de esta figura para la empresa?
Muchas gracias y cordial saludo,
Jeff
Efectivamente no es salario integral, pero si te lo pagan como tal, te están debiendo las prestaciones que acabas de mencionar. Pues no existe un salario integral por debajo del tope legal. De otro lado, las empresas privadas no están obligadas a indexar los salarios de sus trabajadores con el i.p.c., cuando estos salarios son superiores al S.M.L.M.V. (salario mínimo mensual legal vigente).
Sin embargo, en caso de ser salario integral y pagarse este en el mínimo permitido, debe ajustarse de acuerdo con el nuevo monto del S.M.L.M.V.
Te recomiendo que hables con la empresa para que te paguen un verdadero salario integral que para el 2012 no debe ser inferior a $7.367.100.
Si lo que quieres decir es que ganas eso como salario no integral, más las prestaciones de ley, y estás interesado en que conviertan tu salario en integral, talvez dejes de recibir el rodamiento del vehículo, que no es obligación del empleador.
Las ventajas para la empresa es que no debe asumir la engorrosa tarea de liquidar la carga prestacional que periódicamente debería efectuar.
Para el trabajador significa mayor liquidez pero menor ahorro y provisiones para imprevistos.
En fin, creo que estás bien así. abo.vargas@solucionesalderecho.com
Te había respondido tu pregunta pero no sé por qué no salió. Escríbeme al abo.vargas@solucionesalderecho.com
Quería decirte que así como estás, estás bien.
Necesito saber a cuanto equivale mis cesantias si he trabajado 3 años para una empresa si gano un salario minimo mensual tambiem deseo saber como retirarlas gracias
Liliana, las cesantías corresponden a un salario por año la base de liquidacion es salario x dias trabajados / 360, tendrias que hacer el calculo de acuerdo al salario minimo de cada año.recuerda que las cesantias se liquidan con el auxilio de transporte, anualmnente especificamente el 14 de febrero de cada año tu empresa realiza el aporte al fondo de pensiones, y para retirarlas, debes haber terminado el contrato con tu empresa o si las quieres retirar (parcialmente) para estudio o vivienda, éxitos!
Para retirar las cesantías debes dirigirte al fondo de cesantías donde te consignan las mismas. Para el retiro debes acreditar estudios formales o para compra o remodelaciòn de vivienda. Si la empresa no te ha consignado las cesantías a ningún fondo, así te las pague al final del contrato o cuando las pidas, tienes derecho a reclamar un día de salario por cada día de retardo en la consignaciòn de tus cesantías a un fondo, cuya fecha límite para cada año es el 14 de febrero. Las cesantías corresponden a un salario devengado por año de trabajo, o proporcional al tiempo trabajado si es inferior a un año. abo.vargas@solucionesalderecho.com
Buenas tardes me gustaría saber si estoy recibiendo el sueldo correspondiente: Soy bacteriologa, trabajo en una E.S.E y tengo un contrato por prestación de servicios por $ 2.270.000 mensuales el contrato es d Julio a Dic de 2011. Por este tipo de contrato yo asumo salud, pensión y ARP y mi disponibilidad es 24 horas todo el mes. Se justificaria este tipo de contrato o deberia ser con salario integral??
Buenas tardes Carolina
Para que haya un salario integral como remuneración por tu trabajo, debe haber un contrato de trabajo y para que este se de, debe haber una subordinación (ademas del pago o salario y la prestación personal de la labor). Si estos 3 factores se dan en tu caso, debes buscar la manera de que se te cambie el tipo de contrato actual a un contrato de trabajo (menor a un año o mayor si la empresa considera que necesita mas tiempo de tus servicios), pero ten en cuenta que empezarías a cumplir con un horario y tendrías un jefe.
Con un contrato de trabajo tendrías derecho a tu seguridad social y prestaciones sociales, y la empresa estaría obligada a pagar tu ARP así como la seguridad social que le corresponde y los aportes parafiscales, y es por estos dos últimos que muchas compañías prefieren contratar al personal por servicios y evitarse estos pagos.
Espero te haya servido de algo mi aporte. Saludos
Puede que en tu caso estemos ante un verdadero contrato de trabajo disfrazado en un contrato de prestación de servicios. Es una práctica muy habitual en el sector salud. Ya existen varias sentencias de la Corte respecto de la existencia de un contrato realidad en este tipo de actividades que generalmente involucran por parte del profesional con la institución de salud, el elemento de subordinación, que es primordial para que pueda hablarse de un contrato de trabajo. abo.vargas@solucionesalderecho.com
Es decir que el salario integral es cuanto mensual
Para el 2012 es de por lo menos $7.367.100 mensuales. abo.vargas@solucionesalderecho.com
si tengo una empleada para aseo en un edificio, pero solo 4 horas diarias entre semana y sabados y domingos si jornada completa màs 4 horas extras tanto en sabado y domingo, como le debo liquidar
Tienes que liquidarla con el salario que recibe en el mes, teniendo en cuenta el valor de los dominicales y horas extras diurnas o nocturnas, recargos y demás, si los hay. abo.vargas@solucionesalderecho.com
Hola:
Estoy vinculada a una empresa y mi salario es integral. En este momento me encuentro en licencia de maternidad. Como esta licencia la paga la EPS, recibí mucho menos salario que lo que habitualmente recibo, pues me están pagando con base en los aportes a salud (salario integral/1.3). Quisiera saber si esto es correcto o si la empresa debe pagame la diferencia que hace falta para igualar mi salario habitual.
Muchas gracias.
Pues a mi me ha pasado lo mismo, sin embargo, el articulo 236 del C.S.T dice 1. Toda trabajadora en estado de embarazo tiene derecho a una licencia de catorce (14) semanas en la época de parto, remunerada con el salario que devengue al entrar a disfrutar del descanso.
y si el salario que se debenga es el minimo integral entonces considero que la empresa debe pagar lo que falta.
Es correcto. De lo contrario, la empresa deberá liquidarte proporcional al tiempo de la licencia, las prestaciones sociales tales como primas, vacaciones, cesantías e intereses de cesantías, pues constituyen un derecho mínimo irrenunciable de todo trabajador. abo.vargas@solucionesalderecho.com