¿Se debe entregar la dotación del empleado desde el primer día de labores?

Nos ha llegado una consulta muy particular que se refiere al suministro de la dotación cuando un empleado llega a laborar en un taller u otra área de la empresa, en la que requiere que el trabajador vista prendas especiales por cuestión de seguridad industrial.

Resulta que el artículo 230 del código sustantivo del trabajo dice que el empleado tiene derecho a dotación si a la fecha de su entrega lleva laborando más tres meses, lo que hace suponer que el que apenas ingresa a trabajar no tiene derecho a dotación.

Sin embargo, en nuestra opinión, cuando para el normal desarrollo de las labores el empelado requiere de implementos especiales como casco, botas con determinadas características y overoles especiales, la empresa tiene que suministrárselos al momento de iniciar las labores. Igual ocurre cuando los empleados deben estar uniformados, como sucede con algunas  secretarias y personal administrativo.

La razón es que la empresa no le puede exigir al empleado que debe comprar sus propios elementos de trabajo, a no ser que así lo hayan pactado en el contrato, lo cual no es muy posible, de suerte que la empresa tendrá la obligación de suministrar al trabajador la dotación requerida desde el primer día de labores.

Distinto es cuando para el desarrollo del trabajo no se requieren prendas especiales, sino que basta con la ropa que el empleado use en la calle. En este caso, la dotación se entregará en arreglo al artículo 230 del código sustantivo del trabajo.

Como siempre, si alguien tiene una opinión diferente, es bienvenida.

19 / 12 / 2010

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67 Opiniones en “¿Se debe entregar la dotación del empleado desde el primer día de labores?”
  1. MARIA dice:

    LA EMPRESA PUEDE RETENER LA DOTACION POR QUE NO SE HA FIRMADO AUN EL CONTRATO?

  2. Ernesto dice:

    Buena tarde, quisiera saber si es obligatorio que la empresa de los zapatos del uniforme ya que por ejemplo en la empresa que yo trabajo me dieron 4 camisas, 1 camiseta y 2 pantalones pero no me dieron zapatos y me exigen que yo los compre, incluso me dijeron que si para el proximo pago no los compro me terminan el contrato, quisiera saber si esto es legal y que prodria hacer en este si me terminan el contrato por esto.

    Gracias y feliz tarde.

  3. jairo camacho dice:

    BUEN DIA…
    ESTOY DE ACUERDO QUE EL EMPLEADO… DEBA POR CAUSA DE SU LABOR DESDE EL PRIMER DIA DE LABOR… RECIBIR SU DOTACION… PERO SI ESTE SE RETIRA A LOS QUINCE DIAS … O AL MES… QUE SE DEBE DE HACER…. RECLAMARLE LA DOTACION…? ME PODRIAN COLABORAR EN ESTE ASUNTO…
    O TAMBIEN… SI ALGUIEN YA HA RECIBIDO SU DOTACION… Y SE RETIRA A LOS OCHOS DIAS POR EJEMPLO… LA DEBERIA DE DEVOLVER… O RECLAMARSELA… ?
    TENGO MIS DUDAS…
    MIL GRACIAS…

  4. Monica Zapata dice:

    Buenos días, Quisiera saber como es la entrega de dotación a empleados que tienen contrato a termino fijo (3 meses), pero estos contratos son prorrogados durante todo el año, esto significa que fueron 4 contratos por 3 meses cada uno. Estos empleados tienen derecho a la dotación y como sería la entrega, en qué periodos?

  5. JESUS A PALACIOS dice:

    Buenos dias, por favor me pueden aclarar si a un trabajador que ha durado incapacitado 24 meses y regresa a trabajar se le deben dar las 6 dotaciones que no recibió??? o solamente se le entrega una para que reinicie sus labores?
    Muchas gracias

    jesùs Alonso Palacios

  6. Alexander Bustos Castillo dice:

    Buenas noches,las fechas de entrega de dotación son abril,agosto y diciembre,si un empleado empieza a trabajar por ejemplo en junio o julio que seria 1ó2 meses antes de la fecha de entrega y al momento de ingresar le entrego dotación, al llegar agosto debo volverle a entregar o puede esperar hasta la proxima entrega en diciembre?

  7. lina dice:

    buenas tarde..me podrian decir ¿que se requiere para que el trabajador reciba la dotacion?

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