¿Se puede solicitar la devolución de los aportes realizados a pensión?
Una de las consultas recurrentes de nuestros lectores, tiene que ver con la posibilidad de solicitar la devolución de los aportes realizados a pensión.
Muchas personas se preguntan si es posible que al cabo de un tiempo, cuando por alguna razón no coticen más a pensión, o no quieran seguir haciéndolo, pueden acercarse al fondo de pensión a retirar los aportes acumulados.
Desafortunadamente, hay que informarles a estas personas que eso no es posible, o sí, pero no de la forma en que nos imaginamos.
Los aportes a pensión no tienen el mismo tratamiento que las consignaciones que hacemos en una cuenta de ahorros o corriente que podemos retirar cuando se nos antoje, cuando lo necesitemos.
No. Los aportes a pensión permanecerán indefinidamente en poder del fondo o de la administradora de pensiones, hasta que el cotizante cumpla los requisitos para pensionarse, o hasta que demuestre que no le será posible cumplirlos. Mientras tanto no podrá retirarlos. Esos aportes podrán estar muchos años en manos del fondo de pensión, así nuestra necesidad sea mucha.
Quienes eligieron el régimen de prima media con prestación definida, en caso de no alcanzar los requisitos para pensionarse, no tendrán derecho a que se les devuelvan los aportes realizados, sino que tendrá derecho a lo que se conoce como indemnización sustitutiva, contemplada por el artículo 37 de la ley 199 de 1.993:
Las personas que habiendo cumplido la edad para obtener la pensión de vejez no hayan cotizado el mínimo de semanas exigidas, y declaren su imposibilidad de continuar cotizando, tendrán derecho a recibir, en sustitución, una indemnización equivalente a un salario base de liquidación promedio semanal multiplicado por el número de semanas cotizadas; al resultado así obtenido se le aplica el promedio ponderado de los porcentajes sobre los cuales haya cotizado el afiliado.
Quienes eligieron el régimen de ahorro individual, al alcanzar la edad para pensionarse según el artículo 66 de la ley 100 de 1.993 y no hayan cumplido los requisitos allí exigidos, tendrán derecho a que le devuelvan los aportes acumulados durante toda su vida, tal como lo establece el artículo 67 de la ley 100 de 1.993:
Quienes a las edades previstas en el artículo anterior no hayan cotizado el número mínimo de semanas exigidas, y no hayan acumulado el capital necesario para financiar una pensión por lo menos igual al salario mínimo, tendrán derecho a la devolución del capital acumulado en su cuenta de ahorro individual, incluidos los rendimientos financieros y el valor del bono pensional, si a éste hubiere lugar, o a continuar cotizando hasta alcanzar el derecho.
Así las cosas, las personas que no realizaron los aportes suficientes para poder pensionarse, podrán recuperar esos aportes sólo cuando cumplan la edad que establece la ley. Tendrán que esperar unos cuantos años para “retirar” lo poco o mucho que hayan aportado.


Ingrese al ISS en 31/05/1972 hasta el 31/05/2000, me traslade a un fondo privado de pensiones hasta el 01/01/2010, luego me devolví al ISS hasta la fecha y me encuentro activo cotizando, nunca deje de cotizar tanto en el fondo privado como en el ISS, nací el 04/12/1954.cumplo con la ley de transición, mi pregunta es los ahorros que realice en el fondo privado me los devuelven?, teniendo en cuenta que para la época que me traslade al fondo privado ya había cumplido con los requisitos de pensión.
Si no los devuelven como seria mi liquidación en el ISS ?
Por favor me ayudan con estas dudas, muchas gracias.
Sr. Piedrahita,
Cordial saludo. Cuando un afiliado vuelve del Fondo Privado al ISS.el Fondo devuelve todos los aportes con los rendimientos financieros al Seguro Social y esto hace parte del total de semanas cotizadas en el ISS. Como Ud. ya tiene mas de 1300 semanas cotizadas cumple con los requisitos que exige el Acto Legislativo del 2005 para pensionarse a los 60 años o sea que en Dic. 4 del 2014 cumple con el requisito de la edad para pensionarse. El reg. de transicion se acaba el 31 de Dic. del 2014, a partir del 1o. de Enero del 2015, las mujeres de pensionan a los 57 años y los hombres a los 62, tengan las semanas cotizadas que sean, pero superior a 1300. El ISS. tampoco devuelve aportes por las semanas que exceden de las 1300. El ISS. lo pensiona a Ud. con el promedio de salarios de los 10 ultimos años cotizados actualizados con el IPC. de 10 años atras y a ese promedio le aplican el 90% y esa sera su pension. Ud. por 26 dias se salvo de no pensionarse a los 62 años.
La edad de pensión para los afiliados al ISS cambia a partir del 1º de enero de 2014, así: para los varones, de 60 años a 62, y para las mujeres de 55 años a 57. Las personas amparadas por el régimen de transición conservan el derecho a pensionarse con 60 años (varones) y 55 (mujeres) hasta el 31 de diciembre de 2014.
Saludos,
Muchas Gracias
doctor
necesito saber si se puede retirar los aporte para la pension sin tener las semanas ni la edad necesarias
Para poder solicitar la devolución de los aportes (en el caso de los fondos privados) o la indemnización sustitutiva de la pensión de vejez (en el caso del ISS) es necesario tener cumplida la edad de pensión (55 años las mujeres y 60 los hombres, y partir del 1º de enero de 2014, 57 y 62 respectivamente).
Saludos,
No, mi pregunta es si teniendo ya el reconocimiento y liquidación de pensión por cajanal como funcionaria del estado, con 24 años laborados no se tuvo en cuenta 10 años anteriores a estos cotizados en el Iss, estos aportes del ISS se pueden reclamar como indennizacion. Gracias
Ya se le respondió. La respuesta es clara.
hola
mi pregunta es si puedo reclamar mis pensiones y que tengo que hacer
me gustaria invertirlas en compra de vivienda
muchas gracias
hola tenemos una duda mi hermano fallecio hace 15 años ,laboro en una empresa 10 años , mi madre tiene algun derecho q le retribuyan lo q cotizo, o eso ya caducaria,por favor muchas gracias por la orientacion
Naria Lucia:
Yo tengo mucho gusto en contestar su pregunta, es que al parecer por esta medio no dan respuestas concretas, yo hice una y no vi respuestas:
Hay que saber donde estaba afiliado.
Hay que saber si cuando murio estaba cotizando.
Su mama tenia derecho a la indemnizacion sustitutiva del ISS. pero
tenia un año para reclamar, esta clase de prestacion caduca al año.
Si Ud. lgusta, me da las respuestas a mi correo:
coralalfredo@gmail.com
Atte.
Alfredo Coral
Que debo hacer con mi tiempo trabajado en una Alcaldía Municipal y una Contraloría Departamental, ahora que deseo que se recobre mi bono pensional. Ahora también deseo saber que se debe hacer para recuperar los aportes hechos a una entidad privada de pensiones durante varios años y pasar esos recursos al instituto de seguros sociales. Gracia
mi padre cotizo 700 semanas y dejo de hacerlo, ahora el no esta en capacidad de seguir cotizando,….. puede pedir que le reintegren el dinero? y cual es el procesos a seguir
Buenas tardes,
Soy extranjero (ecuatoriano, trabajé en Bogotá unos años y tengo unos valores en los fondos de pensión obligatoria. Es posible solicitar la devolución de los fondos anticipadamente, demostrando que no sera posible alcanzar los requisitos minimos por mi condición de extranjero ??
hola , mi pregunta es la siguiente si dejo de cotizar en el fondo de pensiones , es decir me quede sin trabajo , puede retirar el valor de lo que aporte por 20 años de pension?
Aporte por pensión al ISS por diez años hasta 1988, me vincule con el estado aportando pensión a Cajanal por 24 años, con regimen especial, no se requirio para la liquidación de la pensión de jubilación los aportes del ISS, devuelven estos aportes al afiliado? Gracias
Sí, solicite la indemnización sustitutiva de la pensión de vejez.
Saludos,
s.o.s. pasen la voz…..pasen la voz.por favor le recomiendo a todas la personas que se encuentren afiliados a un fondo privado, volverse al iss. o a colpensiones. (les debe faltar 10 años o mas para tal fin)esto de los fondos privados es un engaño.al que tenga la edad no tiene el capital necesario y el que tenga el capital no tiene la edad. que belleza.
Por favor me pueden indicar cual el procedimiento para que el ISS me devuelva los aportes equivalentes a 25 semanas que a traves de una empresa privada se hicieron desde el 02/01/1987. Posteriormente me vincule laboralmente como servidor publico con el regimen salarial y prestacional que rige para la Fuerza Publica y a la fecha ya he cumplido el tiempo para obtener la asignacion de retiro o pension.
Don Hernando:
El ISS. liquida y paga la indemnizacion sustitutiva despues de un año
de haber cotizado para pensiones, por 25 semanas no reintegran ningun
valor.
PARA DOÑA ROSYMA: Debe acercarse a las Oficinas del ISS. y llenar todos
los requisitos como si fuera a solicitar la pension de vejez, segun las
normas como Ud. fue pensionada por otro regimen, el ISS. le liquida y
le paga los 10 años que aporto. Cuando el afiliado fallece, estos valores se los pagan a los integrantes del grupo familiar (Esposo, padres hijos) pero despues de un año, se pierde el derecho
Atte.
Alfredo Coral E.
hola me podrian ayudar con una duda o inquietud que tengo:
si una Empresa privada que se dedica a prestar servicios de salud, contrata medicos que prestan servicio social obligatorio ( medicos rurales) que beneficios tributarios tienen derecho tales empresas.
mil gracias
ely milet lopez
Pero Cajanal me reconocio la pensión de jubilación con el 75% pero no me tuvo en cuenta los aportes al ISS, puedo pedir indemnización al ISS por los 10 años anteriores que cotice o esto va para Cajanal? Porque el ISS social con todos estos años me hubiese liquidado hasta con el 85% creo.
Ya se le contestó su pregunta.
Bunos dias.
Por favor quiero saber lo siguiente:
Un trabajador cotizo desde 1o. de En-67 hasta Mazo 22-92,1.297 semanas
para IVM ISS. murio en Mzo.22-92, fue pensionada la viuda por arp.del iss. de esa epoca, arp liquido el ibl con el promedio de las ultimas 12
semanas en esa epoca. Tiene derecho la viuda a la indemnizacion sustitutiva porlas restantes 1.285 semanas o tiene derecho a la pension de sobrevivientes?
Muchas Gracias
Alfreo Coral
necesito informacion de cual es el procedimiento que debo hacer para solicitar la devolucion de un mes que mi mama no pudo retirar a tiempo. A ella le consignan los primeros de cada mes pero al no sacar el dinero a tiempo el seguro le saco la plata del banco. Pense que esto era ilegal.Por favor necesito su ayuda lo mas pronto posible ya que necesitamos ese dinero para la compra de medicinas y cuidados que ella necesita. Esto fue desde agosto del 2011 y hasta ahora no se le a hecho su devolucion. Gracias.
Buenas tardes, mi esposo falleció hace 2 meses, el dejó de pagar pensión mas o menos en enero de 2012, de ahí hacia atrás estaba realizando aportes a pensión en en el sistema de ahorro individual, existe la posibilidad de reclamar los aportes realizados a pensión??
Agradezco su respuesta.
Respecto a tu pregunta me gustaría saber cuantas semanas tiene cotizada tu esposo, porque tienes la posibilidad de pedir la pensión de sobreviviente. Con mucho gusto te puedo colaborar me escribes a mi correo o me llamas soy Abogado laboral especializado en pensiones mi numero es 300 4915579, mi correo es concejovalleduparmiguel@hotmail.com
Mi hermano falleció en 1997 proteccion trasladó los aportes al iss, y a mi madre le fue negada la pension por sustitución (con resolución), quiero saber si a esta fecha puedo tramitar la devolución de dichos aportes al iss.
Muchas gracias
hola margarita,
mira si tu hermano habia cotizado en el año anterior a pension y no tenia esposa ni hijos a tu madre le corresponde la pension de sobrevivientes, hay que iniciar un porceso ordinario laboral o eventualmente una tutela como mecanismo transitorio, si deseas mi mail gorqui_1@hotmail.com cel 30021021seisseis
Buenos dias,
Mis padres han cumplido, cada uno, con la edad necesaria para jubilarse, pero ninguno alcanzo las semanas minimas para tener derecho a una pension. Cual es el procedimiento para hacer el reclamo de sus aportes?
Gracias,
Mi consulta es la siguiente cuanto tiempo tienen las cooperativas para devolver el saldo capital nesecito saber es sierto que es de 6meses a un ano si alguien pudiera ayudarme llaque la cooperativa detacoop me a tramitad
o mucho tiempo
Buenas
Necesito saber cual es el procedimiento para retirar los aportes en pension que realice, ya que cumpli con la edad requerida.
muchas gracias,
magalys a