Será muy difícil que una persona que empezó a cotizar tarde logre una pensión por invalidez

Como está la legislación actual, es muy difícil que una persona habiendo iniciado a cotizar tarde al sistema de pensiones, logre pensionarse por invalidez causada por una enfermedad general o común.

Uno de los beneficios que ofrece la afiliación al sistema de pensiones, es la posibilidad de acceder a una pensión por invalidez cuando se ha perdido el 50% o más de la capacidad laboral.

Pero esta pensión tiene un requisito difícil de cumplir por aquellas personas que empezaron  a cotizar tarde [en cuanto a edad].

El artículo 01 de la ley 860 de 2003 contempla que:

Requisitos para obtener la pensión de invalidez. Tendrá derecho a la pensión de invalidez el afiliado al sistema que conforme a lo dispuesto en el artículo anterior sea declarado inválido y acredite las siguientes condiciones:

1. Invalidez causada por enfermedad: Que haya cotizado cincuenta (50) semanas dentro de los últimos t res (3) años inmediatamente anteriores a la fecha de estructuración y su fidelidad de cotización para con el sistema sea al menos del veinte por ciento (20%) del tiempo transcurrido entre el momento en que cumplió veinte (20) años de edad y la fecha de la primera calificación del estado de invalidez.

2. Invalidez causada por accidente: Que haya cotizado cincuenta (50) semanas dentro de los últimos tres (3) años inmediatamente anteriores al hecho causante de la misma, y su fidelidad (de cotización para con el sistema sea al menos del veinte por ciento (20%) del tiempo transcurrido entre el momento en que cumplió veinte (20) años de edad y la fecha de la primera calificación del estado de invalidez.

Parágrafo 1º. Los menores de veinte (20) años de edad sólo deberán acreditar que han cotizado veintiséis (26) semanas en el último año inmediatamente anterior al hecho causante de su invalidez o su declaratoria.

Parágrafo 2º. Cuando el afiliado haya cotizado por lo menos el 75% de las semanas mínimas requeridas para acceder a la pensión de vejez, solo se requerirá que haya cotizado 25 semanas en los últimos tres (3) años.

Esta norma introdujo algo llamado fidelidad de cotización para con el sistema, lo que implica para lograr la pensión por invalidez, el cotizante debe demostrar que ha sido fiel con el sistema de pensiones, y eso se logra demostrando que desde que cumplió 20 años de edad hasta la fecha en que se le calificó el estado de invalidez, debe haber cotizado por lo menos un 20% de las semanas transcurridas durante ese lapso de tiempo.

Así por ejemplo, una persona que se afilia el sistema de pensiones a la edad de 40 años, como es el caso de buena parte de los trabajadores independientes, no será suficiente con que haya cotizado las 50 semanas que exige la norma para tener derecho a la pensión por invalidez, sino que también debe demostrar que ha sido fiel al sistema desde que cumplió 20 años, por lo que de entrada deberá haber demostrado la cotización de por lo menos 220 semanas que es el 20% de las semanas transcurridas desde los 20 hasta los 40 años.

Este requisito impone un severo límite al acceso a la pensión de las personas que por una u otra razón empezaron a cotizar muy tarde al sistema general de pensiones, límite que parece puede llevar a violar derechos fundamentales del cotizante.

Actualización:

Por suerte lo anterior fue declarado inexequible  por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-428-09 de 1o. de julio de 2009, Magistrado Ponente Dr. Mauricio González Cuervo.

24 / 06 / 2011

Opinar o comentar

32 Opiniones en “Será muy difícil que una persona que empezó a cotizar tarde logre una pensión por invalidez”
  1. maria dice:

    HOLA DISCULPE,NO HE RECIBIDO NINGUNA INFORMACION DE MI CASO LE DIGO NUEVAMENTE,ES EL SGTE.EL 04/28/2012 TEUVE UN ACCIDENTEDE TRANSITO ESTABA EN HORARIO LABORAL,TUVE ESGUINSE DE TOBILLO IZQUIERDO,TUVE YESO DURE CUATRO MESES INCAPACITADA,EL MEDICO TRATANTE ME DIO DE ALTA,UN MES DESPUES A RAIZ DEL MISMO ACCIDENTE ME OPERO DE ROCTURA DEL TENDON DE AQUILES Y UN QUISTE LLEVO CON ESTA OPERACION 8 MESES TENGO 46 AÑOS TENGO EN LA EMPRESA 2 AÑOS ES MI PRIMERA COTIZACION NO HE QUEDADO BIEN A QUE TENGO DERECHO POR FAVOR AYUDENME GRACIAS.

  2. fernando dice:

    tengo aproximadamente 800 semanas cotizadas y tengo 62 años puedo alcanzar pension y cuanto gracias por su atencion ….

    • Diana Riveros dice:

      Buenas Tardes : Para determinar si tiene o no derecho a una pension, intuyo en su caso, a una de vejez, ya que no suministra información respecto de una patología o enfermedad; se requiere saber con precisión su fecha de nacimiento, saber si trabajó en el sector público y de serlo, el tiempo q estuvo vinculado, de igual manera es importante saber a q Régimen de Pensiones efectuó aportes al de Ahorro Individual administrado por fondos privados de pension o al de prima media con prestación definida ( ej: ISS), o en su defecto si efectuó el traslado a uno de los 2 regímenes, y entre otros aspectos, es importante determinar cuantas semanas tenía cotizadas a 28 de julio de 2005 …… Cualquier información adicional con gusto atenderé su inquietud 3112419153

  3. vitar guerrero dice:

    hola hace 5 años me dianosticaron una enfermedad catastrofica, en septiembre del año pasado volvi a recaer estoy en tratamiento de quimios y mi oncologo me dice q,son por 15 meses tengo 780 semanas cotizadad ¿tengo derecho a una pension? gracias por la ayuda q, me puedas dar.

    • Diana Riveros dice:

      Buenas tardes Pese al diagnóstico es indispensable que se haga calificar la pérdida de capacidad laboral’ bien sea de la Junta Regional de Calificación de la Junta Nacional o del Departamento de medicina Laboral de la Administradora de Fondo de Pensiones a la que haya efectuado sus últimas cotizaciones a pension. de dicho Dictamen y su Historia Laboral depende su derecho a una eventual pension de invalidez. 3112419153

  4. Mary Gloria Muñoz dice:

    Tengo 60 años. Mi fecha de nacimiento 20-10- 1952. He aportado al ISS desde 27-10-1992. Pregunto si tengo las semanas cumplidas para pensionarme y a que régimen debo acogerme?.Gracias

    • Maria Deisy Sanchez G dice:

      Doña
      MAry Gloria Muñoz

      lo primero que debe hacer es acercarse al fondo de pensiones y solicitar la historia laboral donde aparecen las semanas cotizadas si tiene 1000 o mas si puede pensionarse mas informacion 321 6085488

  5. Mary Gloria Muñoz dice:

    Tengo 60 años. Fecha de nacimiento 20-10-1952. He cotizado desde octubre 27 de 1992. Mi pregunta es si ya tengo las semanas requeridas para pensionarme, y que régimen debo acogerme. Gracias.

  6. Rafael dice:

    solicito amablemente que alguien me responda esta pregunta…
    he cotizado 600 semanas en horizontes,al servicio de entidades privadas como docente.Desde junio del 2010 estoy cotizando al fondo de prestaciones del magisterio, debido a enfermedad por mal servicio medico del magisterio llevo 8 meses incapacitado ¿como solicitar pensión por invalidez y si tengo derecho a ella?. muchas gracias

    • Diana Riveros dice:

      Amigo buenas noches, en primera instancia es necesario mandarse calificar la pérdida de capacidad laboral, en el fondo del magisterio debe haber un departamento o una dependencia encargada de hacer la valoración y diagnóstico correspondiente, si no lo hay, la entidad competente será la Junta Regional de calificación o en su defecto la Junta Nacional de calificación . Para cumplir con el primer requisito para acceder a una pension de invalidez, se requiere que tenga más de un 50% de Pérdida de Capacidad Laboral, el segundo de los requisitos es tener un mínimo de 50 semanas cotizadas en los 3 últimos años anteriores a la fecha ennla cual le hayan estructurado la invalidez. Si no cumple con los requisitos el donde le deberá reconocer una indemnización sustitutiva de la pension. Cualquier duda con gusto puedo aclarársela 3112419153.

  7. Gustavo dice:

    Hola Si en la empresa donde trabajo recibo $900000 pesos de salario, el patron debe cotizar en salud y pension sobre los $900000. Ademas si los aportes son sobre $900000 y hoy me pensiono recibo de pension los $900000 o un porcentaje de esos $900000.

  8. Nancy Leonor Suárez Jaimes dice:

    El 30 de octubre de este año cumplo los 50 años. tengo mas de 22 años cotizando pensión. A los cuantos años me pensiono?

    • Freddy dice:

      POr cambio de regimen, te cobija la jubilacion por vejez a los 57 años y 1300 semanas cotizadas. En 2012 llevas algo asi como 1100 semanas y 50 años de edad. No clasificas en los que se pensionan hasta 2014 que es régimen de transición porque deberías tener 55 años en 2014.
      Entonces pasas a pensionarte con requisito de 57 años de edad y mínimo 1300 semanas cotizadas, eso significa que debes trabar duro y parejo otros cinco años para completar las semanas y también esperar a cumplir 57 años de edad (siete años mas). O sea que debes seguir maldiciendo pasito, echarle mas semanas cotizadas a la canasta y esperar a 2019 o 2020 para hacer el stop the world, y need to get down.

    • DIANA dice:

      nancy la pensión legal de vejez se reconoce con el cumplimienro de requisitos de tiempo y edad. El regimen de transición sin excepcion alguna culmina en el año 2014 conforme lo dispuesto en el Acto Legislativo No 001 de 2005, lo que permite concluir que quien no cumplio conjuntamente con los requisios antes del 2014, se pensiona sin los beneficios del precitado regimen lo que implica para tu caso pensionarte a los 57 años de edad con un minimo de 1300 semanas

  9. Hugo granados dice:

    Tengo 45 años, he sido trabajador independiente durante 20 años, no he cotizado pensión excepto en dos ocasiones que labore en la modalidad de bolsas de empleo, cotice algunas semanas en porvenir.
    tengo dos preguntas?
    1. para pagar salud estoy obligado a pagar pensión?, si solo quiero pagar salud que debo hacer?

    2. Verifique en porvenir y tengo ahorrados algo mas de 1 millón de pesos, si no quiero seguir cotizando pensión, ese dinero puede ser devuelto?.

    Gracias.

    • Freddy dice:

      Puede que si requieras pago de pensión, porque en el Fondo Prosperar, podrías cotizar pensión y te ayudan a lograr la pensión si ejerces una profesión de recursos insuficientes. Como actualmente en los regímenes de prima media (ISS) e individual (PRIVADOS), se requieren 26 años de cotización (1300 semanas) para pensión, sospecho que por esos regímenes no alcanzas a pensión, compa. Pero para eso el Fondo Prosperar te puede dar ayuda a conseguir la meta de la pensión.

      Pero si sigues emberracado y no quieres pagar pensión, como independiente puedes pagar salud y lo solicitas a la EPS directamente. Pero si vas como empleado, te obligan a pagar de ambas, Pensión y Salud.

      Si es que ganas mucha plata, pudes afiliarte como independiente a un Fondo Privado de Pensiones y cotizas par acumular un BUEN CAPITAL y pensionarte (Actualmente debes tener como 170 0 200 millones acumulados para pensionarte) por un fondo privado.

      Ya ni modo…! Cazas en alguna de las alternativas?

  10. marisela mejia dice:

    necesito saber a quien le corresponde pagar la seguridad social de una persona que esta esperando la pencion por invalides

  11. rubi rivera dice:

    hola buenas tardes actualmente me encuentro desempleada pero solo me falta un año para completar mis semanas requeridas´para mi pension me informaron acerca de un procedimiento para yo misma pagar mis aportaciones que me faltan pero desconozco como hacerlo o a donde debo acudir o cuanto tendria que pagar

  12. jose perez dice:

    estoy cobrando una pension por una incapacidad permanente total.sigo trabajando en la misma empresa que trabaja antes de la enfermedad.ahora cotizo menos que antes,pero me van a subir de categoria y por lo tanto de sueldo.¿cuanto tiempo tengo que cotizar para poder acceder a una pension en caso de recaer de la enfermedad?gracias de antemano y un saludo

  13. Claudia Patricia González dice:

    Doctores:
    Muchas gracias de antemano por atender mi inquietud.
    Deseo saber si a pesar de haber empezado a cotizar la pensión tan tarde (a los 46 años de edad, y voy a cumplir 50 en Julio 21 de 2012,es decir,llevo 6 años cotizando al fondo de pensiones Protección).¿vale la pena seguir pagando a ver si de pronto me enfermo o me accidento en un futuro, y me la otorguen por invalidez o enfermedad? O ¿ya no tengo ninguna posibilidad de adquirirla?

    • Freddy dice:

      Creo que no es aconsejable dejar de pagar pensión, pero como comentas, por que en tu caso, que iniciaste tarde el pago de cotizaciones, uno accede apension si ha cotizado por 26 años (1300 semanas) y al tiempo tiene 57 años de edad siendo mujer, o 61 siendo hombre. Ya no acumulas las semanas y vas a cumplir la edad… Tampoco en un fondo privado alcanzas a acumular el capital requerido (170 millones), entonces, debiste afiliarte al régimen de prima media (ISS) o sino al fondo Prosperar, que ayuda para pensión cuando ejerces una labor de menores ingresos. Deberías averiguar en el fondo prosperar tu caso. Pero por el lado de Protección, no es el camino. Pregunta en Protección ese mismo caso a ver que te dicen, pero no creo que llegados los 57 años, cumplas con las 1300 semanas cotizadas, y menos con el capital mínimo para asegurar pensión mínima.

    • DIANA dice:

      para una pensión de vejez la posibilidad de acceder es dificil por la poca densidad de semanas, no obstante es importante resaltar que las cotizaciones que se efectuan a una AFP cubren tambien las contingencias derivadas de una invalidez y de la muerte. Lo anterior significa que si estando activa en el sistema cotizando sufres de una erdida de capacidad laboral superior al 50% y tiene un minimo de 50 semanas cotizadas en los 3 ultimos años anteriores a la fecha en la cual te estructuren la enfermedad que dio origen a tal invalidez, es factible un reconocimiento pensional, De igual forma en caso de muerte si existen beneficiarios que dependan economicamente de ti (hijos menores estudiantes que no sean mayores de 25 años, conyuge, o padres entre otros dependiendo del caso) . Por tal motivo en mi criterio vale la pena continuar cotizando al Sistema,

  14. Marta Ruiz dice:

    Buenos días:
    Por favor me responde mi inquietud: una persona que recibe la pensión por invalidez(edad x)puede pedir el incremento por la esposa que depende económicamente del pensionado.
    Muchas gracias,
    Marta

  15. JAIME FONSECA dice:

    LLEVO INCAPACITADO POR COMPLICACIONES POSTERIORES A LA OPERACION QUIRURGICA DESDE EL 18 D MAYO 2011. M DAN INCAPACIDADES SOLO PARA LOS DIAS HABILES. COMO HACER PARA Q ME VALGAN LOS DIAS SABADOS , DOMINGOS,FESTIVOS Q NORMA ME AYUDA EN ESTE CASO???DESEO Q ME PENSIONEN YA, mas no se que otro requisito me solicitaran o ante quien actuo para solicitar la pension. Funcionario Publico

  16. heraclio Medina dice:

    Para la pensión de invalidez se exige una cotización mínima de 50 semanas. Resulta injusta, por cuanto un evento de invalidez no es previsible. Para esta pensión, solamente debe exigirse que el acontecimiento de invalidez supere el 50%.- No más, cualquier otro requisito, resulta injusto.

  17. heraclio Medina dice:

    Para la pensión de invalidez se exige una cotización mínima de 50 semanas. Resulta injusta, por cuanto un evento de invalidez no es previsible. Para la pensión, solamente debe exigirse que el acontecimiento de invalidez supere el 50%.- No más, cualquier otro requisito, resulta injusto.

  18. heraclio Medina dice:

    Para la pensión de invalidez se exige una cotización mínima de 50 semanas. Resulta injusta, por cuanto un evento de invalidez no es previsible. Para la pensión, solamente debe exigirse el acontecimiento de invalidez que supere el 50%.- No más, cualquier otro requisito, resulta injusto.

  19. Maria Deisy Sanchez G. dice:

    Don Jose Ubaldano

    usted debe tener como máximo 1300 semanas cotizadas en el fondo de pensiones para poder pensionarse después del 1 de enero del 2015 mas información 321 6085488

  20. jose ubaldo aponte dice:

    en la actualidad tengo 49 años y tengo cotizadas al fondo de pensiones del seguro social 1256 semanas, cuantas semanas mas tengo que cotizar para tener derecho a la pension cuanto cumpla los 62 años? si por cualquie circunstancia llegara a fallecer que porcentaje de fidelidad al sistema deberia tener para que mi esposa pudiera tener derecho a la pension de sobrevivientes

    gracias.

    • DIANA dice:

      conforme lo dispone la ley 100 de 1993 modificada por la ley 797 de 2003 tendria que tener cotizado un minimo de 1300 semanas y 62 años,(esperemos que la reforma pensional no cause mas estragos) en cuento al requisito de fidelidad del 20% fue declarad0 inexequible por la corte constitucional a traves de sentencia c – 556 de 2009, lo que quiere decir que ya no es requisito ni exigencia para acceder a pension de sobrevivientes informacion 3112419153

      • fanny marin ramirez dice:

        buenos dias doctores: Desde el 4 de octubre del 2011, pasé mis papeles al seguro social, hoy colpensiones, para el reconocimiento de mi pensión por vejez.-porque había cumplido la edad de 55 años y más de 20 años de servicio. en el estado de semanas cotizadas con el seguro social, me aparecen 197 semanas al año 2011, sin incluir las semanas cotizadas de trabajo por 19 años continuos con el Congreso de la República. A la fecha no me ha salido mi pensión- Que me aconsejan, si continuo cotizando o no. tengo una inquietud:
        en colpensiones me dijeron que como yo había continuado cotizando para pensión una vez que radique mis papeles en el seguro soc., no tenía derecho a ningun pago retroactivo, que podía trabajar, pero sin cotizar para pensión, para que se me reconozca el retroactivo mes por mes hasta que me salga la resolución de pago de pensión. ustedes que me aconsejan, seguir cotizando o nO ? pues firmé un contrato de prestación de servicios a un año, en febrero y estoy con esta inquietud.

        muchas gracias.

        Fanny.

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